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    <identificador>DOUE-L-1983-80569</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19831212</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>3521/1983</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 3521/83 del Consejo, de 12 de diciembre de 1983, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 985/68 en lo que se refiere a la clasificación de la mantequilla y de la nata.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19831215</fecha_publicacion>
    <diario_numero>352</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <fecha_vigencia>19831218</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="207" orden="1">Almacenes</materia>
      <materia codigo="420" orden="2">Ayudas</materia>
      <materia codigo="1664" orden="4">Contratos</materia>
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      <materia codigo="5140" orden="6">Nata</materia>
      <materia codigo="5163" orden="7">Normas de calidad</materia>
      <materia codigo="5262" orden="8">Organismo de intervención</materia>
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      <materia codigo="5743" orden="10">Productos lácteos</materia>
      <materia codigo="7121" orden="11">Venta</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1968-80049" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 1.3 del Reglamento 985/68, de 15 de julio</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">REGLAMENTO ( CEE ) N º 3521/83 DEL CONSEJO</p>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (  CEE  ) n º 804/68 del Consejo , de 27 de junio de 1968 ,  sobre  organización  común  de  mercados  en  el  sector de la leche y de los productos  lácteos  (1)  ,  modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 1600/83 (2) y , en particular , el apartado 6 de su artículo 6 ,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (  CEE  )  n  º 985/68 del Consejo , de 15 de julio  de  1968  ,  por  el  que  se establecen las normas generales relativas a las  medidas  de  intervención  en el mercado de la mantequilla y de la nata (3) ,  modificado  en  último  lugar  por el Acta de adhesión de 1979 , prevé que la mantequilla  que  compren  los  organismos  de  intervención  debe  responder  a determinadas  exigencias  ;  que  una de dichas exigencias es que la mantequilla esté  clasificada  como  de  primera  calidad en el Estado miembro en el cual se produce  ;  que  la  denominación  de mantequilla neerlandesa de primera calidad se   ha   modificado   ;   que   conviene  ,  en  consecuencia  ,  modificar  la denominación  para  dicha  mantequilla  en  el  artículo 1 del Reglamento que se contempla ,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El  guión  octavo  de  la  letra b ) del apartado 3 del artículo 1 se sustituirá por el siguiente texto :</p>
    <p class="parrafo">«  -  clasificado  «  Extra  kwaliteit  »  en lo que se refiere a la mantequilla neerlandesa » .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  tercer  día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas , el 12 de diciembre de 1983 .</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">C. SIMITIS</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n º L 148 de 28 . 6 . 1968 , p. 13 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n º L 163 de 22 . 6 . 1983 , p. 56 .</p>
    <p class="parrafo">(3) DO n º L 169 de 18 . 7 . 1968 , p. 1 .</p>
  </texto>
</documento>
