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    <identificador>DOUE-L-1983-80534</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
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    <fecha_disposicion>19831114</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>3351/1983</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 3351/83 del Consejo, de 14 de noviembre de 1983, relativo al procedimiento destinado a facilitar la expedición de los certificados de circulación de mercancías EUR 1 y la extensión de los formularios EUR 2, previsto por las disposiciones que regulan los intercambios preferenciales entre la Comunidad Económica Europea y determinados países.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19831205</fecha_publicacion>
    <diario_numero>339</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>19</pagina_inicial>
    <pagina_final>27</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1983/339/L00019-00027.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19840301</fecha_vigencia>
    <estatus_derogacion>S</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion>20010711</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="817" orden="1">Certificaciones</materia>
      <materia codigo="1003" orden="2">Comercio extracomunitario</materia>
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      <materia codigo="4935" orden="4">Mercancías</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1973-80097" orden="1010">
          <palabra codigo="210">DEROGA</palabra>
          <texto>Reglamento 1908/73, de 4 de julio</texto>
        </anterior>
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        <posterior referencia="DOUE-L-2001-81535" orden="1">
          <palabra codigo="210">SE DEROGA</palabra>
          <texto>, por Reglamento 1207/2001, de 11 de junio</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-1986-81581" orden="2">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>el Anexo, por Reglamento 3443/86, de 12 de noviembre</texto>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad  Economica  Europea  y  , en particular , su articulo 113 ,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comision</p>
    <p class="parrafo">Considerando    que    las    disposiciones   que   regulan   los   intercambios preferenciales  entre  la  Comunidad  Economica  Europea  y  determinados paises prevén  que  el  caracter  originario  preferencial  de  los  productos  se debe probar   en   el   momento   de  la  importacion  mediante  la  presentacion  de certificados  de  circulacion  de  mercancias EUR 1 o de formularios EUR 2 ; que estos  certificados  de  circulacion  de  mercancias EUR 1 son expedidos por las autoridades  aduaneras  de  los  Estados miembros a peticion de los exportadores comunitarios  y  que  los  formularios  EUR  2  deben  ser  presentados  por los exportadores comunitarios ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  mercancias  pueden  adquirir  el  caracter  "  productos originarios   "   a  titulo  preferencial  a  consecuencia  de  elaboraciones  o transformaciones efectuadas en mas de un Estado miembro ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  de  ello  resulta  que  las  informaciones  relativas  a  las elaboraciones  o  transformaciones  efectuadas  en  un Estado miembro pueden ser solicitadas por un exportador comunitario en otro Estado miembro ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  mercancias  importadas en un Estado miembro pueden tener el  caracter  originario  a  titulo preferencial y destinarse a su elaboracion o transformacion  en  otro  Estado  miembro  ,  o  bien  a  su  reexportacion  sin transformar  desde  otro  Estado  miembro  ;  que  es , por tanto , evidente que las  informaciones  relativas  a  su  caracter  deben  transmitirse de un Estado miembro a otro ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  mismas  consideraciones  se aplican " mutatis mutandis " a  las  transacciones  que  tienen  lugar  en  el  interior  de  un  solo Estado</p>
    <p class="parrafo">miembro  y  que  el  procedimiento  destinado  a  facilitar  la  transmision  de informacion  entre  empresas  de  distintos  Estados  miembros  debe aplicarse a este tipo de transacciones ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  experiencia  ha puesto de manifiesto que el procedimiento establecido  por  el  Reglamento  (  CEE ) n 1908/73 del Consejo , de 4 de julio de  1973  ,  relativo  al  procedimiento  destinado a facilitar la expedicion de los  certificados  de  circulacion  de mercancias previsto por las disposiciones que   regulan   los   intercambios   entre  la  Comunidad  Economica  Europea  y determinados  paises  (1)  ,  para la utilizacion de declaraciones del proveedor y  de  fichas  informativas  debe modificarse y presentarse de forma mas clara , y  que  debe  revisarse  la  forma  de las declaraciones de los proveedores y de las fichas informativas ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  ,  en  virtud del procedimiento actual , cada declaracion del proveedor  solo  puede  amparar  una  unica  expedicion  de mercancias , incluso cuando   durante   cierto  periodo  de  tiempo  el  proveedor  suministra  a  un determinado  cliente  productos  cuyo  caracter  originario permanece inalterado ,  que  es  ,  por  tanto  ,  razonable  prever  que  las  declaraciones  de los proveedores puedan ser realizadas a largo plazo ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  ,  la  exigencia  de una firma manuscrita en cada declaracion del  proveedor  ,  que  generalmente  figura  en  la factura comercial , resulta particularmente  gravosa  cuando  las  facturas  se confeccionan por ordenador , dado  que  se  ha  difundido  la  practica  de  no  firmar a mano las facturas a efectos  comerciales  ;  que  ,  por ello , cabe renunciar a la exigencia de una firma  manuscrita  para  las  declaraciones  del  proveedor  confeccionadas  por ordenador ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  experiencia  ha mostrado también la necesidad de utilizar los   procedimientos   de   control  aduanero  apropiados  establecidos  por  el Reglamento  (  CEE  )  n  1468/81 del Consejo , de 19 de mayo de 1981 , relativo a  la  asistencia  mutua  entre  las  autoridades administrativas de los Estados miembros  y  a  la  colaboracion  entre éstos y la Comision a fin de asegurar la correcta aplicacion de las regulaciones aduanera o agricola (2) ,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :</p>
    <p class="parrafo">TITULO I</p>
    <p class="parrafo">DISPOSICIONES GENERALES</p>
    <p class="parrafo">Articulo 1</p>
    <p class="parrafo">Utilizacion de las declaraciones de los proveedores</p>
    <p class="parrafo">1  .  El  proveedor  de  productos  que se destinen a ser exportados fuera de la Comunidad   sin   transformar  o  tras  una  elaboracion  o  una  transformacion complementarias  ,  podra  entregar  una declaracion relativa al caracter de los productos  suministrados  de  acuerdo  con las normas comunitarias en materia de origen preferencial , en adelante denominada " declaracion del proveedor " .</p>
    <p class="parrafo">2  .  La  declaracion  del  proveedor  podra  utilizarse  por el exportador como prueba   en   apoyo   de  su  solicitud  de  expedicion  de  un  certificado  de circulacion  de  mercancias  EUR  1  o como base para cumplimentar un formulario EUR 2 .</p>
    <p class="parrafo">Articulo 2</p>
    <p class="parrafo">Utilizacion de los certificados de informacion INF 4</p>
    <p class="parrafo">1  .  Las  autoridades  aduaneras  podran  pedir  al  exportador que presente un</p>
    <p class="parrafo">boletin  de  informacion  INF  4  para  verificar la autenticidad y exactitud de una declaracion del proveedor .</p>
    <p class="parrafo">2  .  Las  autoridades  aduaneras  tendran derecho a reclamar cualquier elemento justificativo   o   a  proceder  a  cualquier  control  que  juzguen  util  para comprobar  la  exactitud  de  una  declaracion del proveedor o de un certificado de informacion .</p>
    <p class="parrafo">TITULO II</p>
    <p class="parrafo">DECLARACION DEL PROVEEDOR</p>
    <p class="parrafo">Articulo 3</p>
    <p class="parrafo">Entrega de la declaracion del proveedor</p>
    <p class="parrafo">Salvo  en  los  casos  previstos en el articulo 4 , el proveedor debera entregar para  cada  envio  de  mercancias una declaracion del proveedor , inscrita en la factura  comercial  referente  al  envio o en un anexo de la factura , o bien en un  albaran  o  en  cualquier  otro  documento  comercial que se refiera a dicho envio  y  descrita  las  mercancias  con  suficiente  detalle  para  permitir su identificacion .</p>
    <p class="parrafo">Articulo 4</p>
    <p class="parrafo">Declaracion del proveedor a largo plazo</p>
    <p class="parrafo">1  .  Cuando  un  proveedor  suministre  regularmente a un comprador determinado mercancias   cuyo  caracter  originario  se  prevea  que  permanecera  constante durante  un  periodo  de  tiempo  considerable  , podra entregar una declaracion del  proveedor  unica  ,  en  adelante  denominada " declaracion del proveedor a largo plazo " , que ampare los posteriores envios de dichas mercancias .</p>
    <p class="parrafo">2  .  Normalmente  la  declaracion  del proveedor a largo plazo podra entregarse para  un  periodo  maximo  de  un ano a contar desde la fecha de presentacion de la  declaracion  .  Las  autoridades aduaneras podran establecer las condiciones en que pueda concederse un periodo mas largo de tiempo .</p>
    <p class="parrafo">3  .  El  proveedor  informara inmediatamente al comprador si la declaracion del proveedor a largo plazo no fuera valida para las mercancias expedidas .</p>
    <p class="parrafo">Articulo 5</p>
    <p class="parrafo">Forma y extension de la declaracion del proveedor</p>
    <p class="parrafo">1  .  La  declaracion  del proveedor relativa a productos que hayan adquirido el caracter   originario   a   titulo   preferencial   debera   respetar  la  forma establecida  en  el  Anexo  I o , en caso de declaraciones a largo plazo , en el Anexo II .</p>
    <p class="parrafo">2  .  La  declaracion  del  proveedor relativa a productos que hayan sido objeto de  una  elaboracion  o  transformacion  en  la Comunidad sin haber adquirido el caracter   originario   a   titulo   preferencial   debera   respetar  la  forma establecida  en  el  Anexo  III  o , en caso de declaraciones a largo plazo , en el Anexo IV .</p>
    <p class="parrafo">3 . La declaracion del proveedor podra extenderse en un formulario impreso .</p>
    <p class="parrafo">Articulo 6</p>
    <p class="parrafo">Firma</p>
    <p class="parrafo">1 . La declaracion del proveedor ira firmada a mano .</p>
    <p class="parrafo">2  .  Sin  embargo  ,  cuando  la  factura  y  la  declaracion  del proveedor se confecionen  por  ordenador  ,  la  declaracion  del  proveedor no tendra que ir necesariamente  firmada  a  mano  si  la identificacion del empleado responsable de   la  empresa  proveedora  se  realiza  a  satisfaccion  de  las  autoridades</p>
    <p class="parrafo">aduaneras  del  Estado  miembro  en  el que se extienda tal declaracion . Dichas autoridades  aduaneras  podran  establecer  condiciones  para  la aplicacion del presente apartado .</p>
    <p class="parrafo">TITULO III</p>
    <p class="parrafo">CERTIFICADO DE INFORMACION INF 4</p>
    <p class="parrafo">Articulo 7</p>
    <p class="parrafo">Solicitud y expedicion del certificado de informacion</p>
    <p class="parrafo">1  .  La  aduana  competente  expedira  el certificado de informacion INF 4 tras realizar  las  comprobaciones  necesarias  para  asegurarse  de  que  los  datos consignados  en  él  y  en  la correspondiente solicitud de expedicion realizada por  el  proveedor  son  exactos  en lo referente a las mercancias suministradas .</p>
    <p class="parrafo">2  .  El  certificado  se  entregara  o enviara al proveedor , quien lo remitira al comprador o a la aduana que haya solicitado su presentacion .</p>
    <p class="parrafo">3  .  La  aduana  de expedicion debera conservar la solicitud durante un periodo minimo de dos anos .</p>
    <p class="parrafo">Articulo 8</p>
    <p class="parrafo">Forma del certificado de informacion</p>
    <p class="parrafo">1  .  Para  el  formulario  del  certificado  de  informacion  y la solicitud de expedicion  de  un  certificado  de  informacion  ,  se  utilizara el modelo que figura  en  el  Anexo  V  ; los formularios se imprimiran en una o varias de las lenguas  oficiales  de  la  Comunidad  .  Los  boletines de informacion INF 4 se cumplimentaran  en  una  de  estos  idiomas  , de acuerdo con la legislacion del Estado  de  exportacion  ;  si  se  rellena  a  mano  ,  se  hara  a  tinta y en caracteres  de  imprenta  .  Deberan  llevar un numero de serie , impreso o no , destinado a identificarlos .</p>
    <p class="parrafo">2  .  El  certificado  de  informacion  INF  4 debera tener un formato A 4 ( 210 por  297  milimetros  )  ; sin embargo , se admitira una tolerancia maxima en su longitud  de  -  5  mm  a  +  8  mm  .  Se  utilizara un papel de color blanco , encolado  para  escritura  ,  sin  pastas  mecanicas y de un peso de al menos 25 gramos por metro cuadrado .</p>
    <p class="parrafo">3  .  Los  Estados  miembros podran reservarse la fabricacion de los formularios o  encargar  su  realizacion  a imprentas autorizadas . En este ultimo caso , en cada  certificado  debera  aparecer  una  referencia a la autorizacion . En cada formulario  debera  figurar  el  nombre y la direccion del fabricante o un signo que permita su identificacion .</p>
    <p class="parrafo">TITULO IV</p>
    <p class="parrafo">DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS Y TRANSITORIAS</p>
    <p class="parrafo">Articulo 9</p>
    <p class="parrafo">Informacion</p>
    <p class="parrafo">Cada  Estado  miembro  informara  a  la  Comision de las medidas que adopte para la   aplicacion   del   presente  Reglamento  asi  como  de  cualquier  problema importante  que  surja  en  relacion  con  su aplicacion . La Comision mantendra informados a los demas Estados miembros .</p>
    <p class="parrafo">Articulo 10</p>
    <p class="parrafo">Derogacion de disposiciones anteriores</p>
    <p class="parrafo">1 . Queda derogado el Reglamento ( CEE ) n 1908/73 .</p>
    <p class="parrafo">2  .  Las  declaraciones  del  proveedor  y  las  fichas  informativas expedidas</p>
    <p class="parrafo">antes  de  la  fecha  de  entrada  en  vigor  del  presente  Reglamento seguiran siendo validas .</p>
    <p class="parrafo">3  .  En  las  condiciones  previstas  por  el  presente Reglamento y durante un periodo  de  doce  meses  a  contar  desde  su  entrada  en  vigor  ,  se  podra continuar  utilizando  el  formulario  de fichas informativas cuyo modelo figura en el Anexo II del Reglamento ( CEE ) n 1908/73 .</p>
    <p class="parrafo">Articulo 11</p>
    <p class="parrafo">Entrada en vigor</p>
    <p class="parrafo">El   presente  Reglamento  entrara  en  vigor  el  primer  dia  del  tercer  mes siguiente  al  de  su  publicacion  en  el  Diario  Oficial  de  las Comunidades Europeas .</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   sera   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas , el 14 de noviembre de 1983 .</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">C. SIMITIS</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n L 197 de 17 . 7 . 1973 , p. 1 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n L 144 de 2 . 6 . 1981 , p. 1 .</p>
    <p class="parrafo">ANEXO I</p>
    <p class="parrafo">DECLARACION  PARA  PRODUCTOS  QUE  TIENEN  EL  CARACTER  DE ORIGINARIOS A TITULO PREFERENCIAL</p>
    <p class="parrafo">El  que  suscribe  declara  que las mercancias enumeradas en la presente factura ...  (1)  han  sido  obtenidas  en  ...  (2)  y cumplen las normas de origen que regulan los intercambios preferenciales con ... (3)</p>
    <p class="parrafo">Me   comprometo   a   aportar  a  las  autoridades  aduaneras  cualquier  prueba complementaria que consideren necesaria .</p>
    <p class="parrafo">... (4)</p>
    <p class="parrafo">... (5)</p>
    <p class="parrafo">... (6)</p>
    <p class="parrafo">Nota</p>
    <p class="parrafo">El  texto  anterior  ,  completado de acuerdo con las instrucciones de las notas de  pie  de  pagina  ,  constituye  una declaracion del proveedor . Las notas de pie de pagina no deberan ser reproducidas .</p>
    <p class="parrafo">(1)  -  Si  la  declaracion  solo  afecta a algunas de las mercancias enumeradas en  la  factura  ,  éstas  deberan  llevar un signo o una marca que las distinga claramente y que se mencionara en la declaracion como sigue :</p>
    <p class="parrafo">"  ...  enumeradas  en  la  presente  factura y que llevan la marca ... han sido obtenidas en ... " .</p>
    <p class="parrafo">-  Si  el  documento  empleado  no  es ni la factura ni un anexo de la factura , la  palabra  "  factura  "  se  sustituira  por  el  nombre de dicho documento ( véase articulo 3 ) .</p>
    <p class="parrafo">(2)  Comunidad  ,  Estado  miembro  o Estado contratante . Cuando se trate de un Estado  contratante  ,  se  debera  hacer referencia a la aduana de la Comunidad en  cuyo  poder  obre  el  (  los  )  correspondiente(s)  certificado(s) EUR 1 o formulario(s)  EUR  2  ,  indicando  el numero de tal(es) documento(s) y , si es posible , el numero de la declaracion en aduana .</p>
    <p class="parrafo">(3) Indiquese el o los Estados contratantes de que se trate .</p>
    <p class="parrafo">(4) Lugar y fecha .</p>
    <p class="parrafo">(5) Nombre y cargo en la sociedad .</p>
    <p class="parrafo">(6) Firma .</p>
    <p class="parrafo">ANEXO II</p>
    <p class="parrafo">DECLARACION   A   LARGO   PLAZO   PARA  PRODUCTOS  QUE  TIENEN  EL  CARACTER  DE ORIGINARIOS A TITULO PREFERENCIAL</p>
    <p class="parrafo">El que suscribe declara que las mercancias descritas a continuacion :</p>
    <p class="parrafo">... (1)</p>
    <p class="parrafo">... (2)</p>
    <p class="parrafo">que  se  suministran  regularmente  a  ... (3) , han sido obtenidas en ... (4) y cumplen  las  normas  de  origen que regulan los intercambios preferenciales con ... (5) .</p>
    <p class="parrafo">La  presente  declaracion  es  valida  para  todas  las  expediciones futuras de estos   productos  efectuadas  desde  ...  hasta  ...  (6)  .  Me  comprometo  a comunicar  inmediatamente  a  ...  (3)  el  eventual  cese  de  la validez de la presente declaracion .</p>
    <p class="parrafo">Me   comprometo   a   aportar  a  las  autoridades  aduaneras  cualquier  prueba complementaria que consideren necesaria .</p>
    <p class="parrafo">... (7)</p>
    <p class="parrafo">... (8)</p>
    <p class="parrafo">... (9)</p>
    <p class="parrafo">Nota</p>
    <p class="parrafo">El  texto  anterior  ,  completado de acuerdo con las instrucciones de las notas de  pie  de  pagina  ,  constituye  una declaracion del proveedor . Las notas de pie de pagina no deberan ser reproducidas .</p>
    <p class="parrafo">(1) Descripcion .</p>
    <p class="parrafo">(2)  Denominacion  comercial  que  figure  en  la factura , por ejemplo , numero del modelo .</p>
    <p class="parrafo">(3) Nombre de la sociedad a la que se suministra .</p>
    <p class="parrafo">(4)  Comunidad  ,  Estado  miembro  o Estado contratante . Cuando se trate de un Estado  contratante  .  Se  debera  hacer referencia a la aduana de la Comunidad en cuyo poder obre el(los) correspondiente(s) EUR 1 o EUR 2 .</p>
    <p class="parrafo">(5) Indiquense el o los Estados contratantes de que se trate .</p>
    <p class="parrafo">(6)  Indiquense  las  fechas  .  Normalmente  el plazo no debera exceder de doce meses  ,  sin  perjuicio  de  las  condiciones  establecidas por las autoridades aduaneras .</p>
    <p class="parrafo">(7) Lugar y fecha .</p>
    <p class="parrafo">(8) Nombre y cargo , nombre y direccion de la sociedad .</p>
    <p class="parrafo">(9) Firma .</p>
    <p class="parrafo">ANEXO III</p>
    <p class="parrafo">DECLARACION  PARA  PRODUCTOS  QUE  TIENEN  EL  CARACTER  DE ORIGINARIOS A TITULO PREFERENCIAL</p>
    <p class="parrafo">El  que  suscribe  declara  que las mercancias enumeradas en la presente factura ...  (1)  han  sido  obtenidas en ... (2) y contienen los siguientes elementos o materiales  que  no  tienen  el  caracter  de  originarios de la Comunidad en el marco de los intercambios preferenciales :</p>
    <p class="parrafo">... (3)</p>
    <p class="parrafo">... (4)</p>
    <p class="parrafo">... (5)</p>
    <p class="parrafo">... (6)</p>
    <p class="parrafo">Me   comprometo   a   aportar  a  las  autoridades  aduaneras  cualquier  prueba complementaria que consideren necesaria .</p>
    <p class="parrafo">... (7)</p>
    <p class="parrafo">... (8)</p>
    <p class="parrafo">... (9)</p>
    <p class="parrafo">Nota</p>
    <p class="parrafo">El  texto  anterior  ,  completado de acuerdo con las instrucciones de las notas de  pie  de  pagina  ,  constituye  una declaracion del proveedor . Las notas de pie de pagina no deberan ser reproducidas .</p>
    <p class="parrafo">(1)  -  Si  la  declaracion  solo  afecta a algunas de las mercancias enumeradas en  la  factura  ,  éstas  deberan  llevar un signo o una marca que las distinga claramente y que se mencionara en la declaracion como sigue :</p>
    <p class="parrafo">"  enumeradas  en  la  presente  factura  y  que  llevan  la  marca ... han sido obtenidas en ... " .</p>
    <p class="parrafo">-  Si  el  documento  empleado  no  es ni la factura ni un anexo de la factura , la  palabra  factura  se  sustituira  por  el  nombre de dicho documento ( véase articulo 3 ) .</p>
    <p class="parrafo">(2) Comunidad o Estado miembro .</p>
    <p class="parrafo">(3)  La  descripcion  del  producto  se  debera  consignar en todo caso . Debera ser   completa   y   suficientemente   detallada  para  permitir  determinar  la clasificacion arancelaria de las mercancias .</p>
    <p class="parrafo">(4) El valor en aduana se debera indicar unicamente cuando se exija .</p>
    <p class="parrafo">(5)  El  pais  de  origen solo debera indicarse cuando se pida . En este caso se debera  tratar  de  un  origen  preferencial  ;  todos  los  demas  origenes  se consignaran como " tercer pais " .</p>
    <p class="parrafo">(6)   Se   anadira   la   frase  siguiente  :  "  y  han  sufrido  la  siguiente transformacion  en  (  la  Comunidad  )  (  Estado  miembro ) ... " asi como una descripcion  de  la  transformacion  efectuada , cuando se exija tal informacion .</p>
    <p class="parrafo">(7) Lugar y fecha .</p>
    <p class="parrafo">(8) Nombre y cargo en la sociedad .</p>
    <p class="parrafo">(9) Firma .</p>
    <p class="parrafo">ANEXO IV</p>
    <p class="parrafo">DECLARACION  PARA  PRODUCTOS  QUE  NO TIENEN EL CARACTER DE ORIGINARIOS A TITULO PREFERENCIAL</p>
    <p class="parrafo">El  que  suscribe  declara  que  las mercancias descritas a continuacion ... (1) ...  (2)  ,  que  se  suministran regularmente a ... (3) , han sido obtenidas en ...  (4)  y  contienen  los  siguientes  elementos  o productos que no tienen el caracter  de  originarios  de  la  Comunidad  en  el  marco  de los intercambios preferenciales :</p>
    <p class="parrafo">... (5)</p>
    <p class="parrafo">... (6)</p>
    <p class="parrafo">... (7)</p>
    <p class="parrafo">... (8)</p>
    <p class="parrafo">La  presente  declaracion  es  valida  para  todas  las  expediciones futuras de estos   productos  efectuadas  desde  ...  hasta  ...  (9)  .  Me  comprometo  a</p>
    <p class="parrafo">comunicar  inmediatamente  a  ...  (3)  el  eventual  cese  de  la validez de la presente declaracion .</p>
    <p class="parrafo">Me   comprometo   a   aportar  a  las  autoridades  aduaneras  cualquier  prueba complementaria que consideren necesaria .</p>
    <p class="parrafo">... (10)</p>
    <p class="parrafo">... (11)</p>
    <p class="parrafo">... (12)</p>
    <p class="parrafo">Nota</p>
    <p class="parrafo">El  texto  anterior  ,  completado de acuerdo con las instrucciones de las notas de  pie  de  pagina  ,  constituye  una declaracion del proveedor . Las notas de pie de pagina no deberan ser reproducidas .</p>
    <p class="parrafo">(1) Descripcion .</p>
    <p class="parrafo">(2)  Denominacion  comercial  que  figura  en  la factura , por ejemplo , numero del modelo .</p>
    <p class="parrafo">(3) Nombre de la sociedad a la que se suministra .</p>
    <p class="parrafo">(4) Comunidad o Estado miembro .</p>
    <p class="parrafo">(5)  La  descripcion  del  producto  se  debera  consignar en todo caso . Debera ser   completa   y   suficientemente   detallada  para  permitir  determinar  la clasificacion arancelaria de las mercancias .</p>
    <p class="parrafo">(6) El valor en aduana se debera indicar unicamente cuando se exija .</p>
    <p class="parrafo">(7)  El  pais  de  origen  no  debera indicarse mas que cuando se pida . En este caso  se  debera  tratar  de  un  origen preferencial ; todos los demas origenes se consignaran como de " tercer pais " .</p>
    <p class="parrafo">(8)   Se   anadira   la   frase  siguiente  :  "  y  han  sufrido  la  siguiente transformacion  en  (  la  Comunidad  )  (  Estado  miembro ) ... " asi como una descripcion  de  la  transformacion  efectuada , cuando se exija tal informacion .</p>
    <p class="parrafo">(9)  Indiquense  las  fechas  .  El  plazo no debera exceder normalmente de doce meses , sin perjuicio de las condiciones establecidas por las autoridades .</p>
    <p class="parrafo">(10) Lugar y fecha .</p>
    <p class="parrafo">(11) Nombre y cargo , nombre y direccion de la sociedad .</p>
    <p class="parrafo">(12) Firma .</p>
    <p class="parrafo">ANEXO V</p>
    <p class="parrafo">1 . Proveedor ( Nombre , direccion completa , pais ) ...</p>
    <p class="parrafo">2 . INF 4 N ...</p>
    <p class="parrafo">CERTIFICADO DE INFORMACION</p>
    <p class="parrafo">Para facilitar los intercambios preferenciales entre la Comunidad Europea</p>
    <p class="parrafo">y ... ( Indiquese el pais o paises y el acuerdo preferencial )</p>
    <p class="parrafo">3 . Destinatario ( Nombre , direccion completa y pais ) ...</p>
    <p class="parrafo">NOTAS</p>
    <p class="parrafo">(1)  El  término  "  factura  "  abarca  también  los albaranes u otro documento comercial  relativo  a  la(s)  expedicion(es)  de  que  se  trate  a  los que se refiere la(s) correspondiente(s) declaracion(es) .</p>
    <p class="parrafo">(2)  Para  las  declaraciones  a  largo  plazo  no  sera necesario rellenar esta casilla .</p>
    <p class="parrafo">(3)  Las  mercancias  que  figuran en la casilla 6 se deberan designar segun los usos   de   comercio   de   forma   suficientemente  precisa  para  permitir  su identificacion .</p>
    <p class="parrafo">(4) Senalese la mencion exacta .</p>
    <p class="parrafo">4 . Observaciones ...</p>
    <p class="parrafo">5 . Facturas(s) n (s) (1) (2) ...</p>
    <p class="parrafo">6  .  Numero  de  orden  -  Marcas  ,  numeracion  -  Numero y naturaleza de los bultos - Designacion de la mercancia (3) 7 . Cantidad neta . ( kg )</p>
    <p class="parrafo">8  .  La  declaracion  o  declaraciones  relativas al caracter originario de las mercancias descritas en la casilla 6 emitidas (4) :</p>
    <p class="parrafo">...  en  la(s)  factura(s)  mencionada(s)  en  la casilla 5 adjuntas al presente certificado</p>
    <p class="parrafo">... en mi declaracion a largo plazo de ... ( fecha )</p>
    <p class="parrafo">es/son exactas(s)</p>
    <p class="parrafo">Lugar : ...</p>
    <p class="parrafo">Fecha : ...</p>
    <p class="parrafo">Nombre y firma : ...</p>
    <p class="parrafo">9 . VISADO DE LA ADUANA</p>
    <p class="parrafo">Declaracion certificado conforme ...</p>
    <p class="parrafo">Documento aduanero ( en caso necesario ) : ...</p>
    <p class="parrafo">Aduana : ...</p>
    <p class="parrafo">Clase : ...</p>
    <p class="parrafo">Pais o territorio de expedicion del certificado : ...</p>
    <p class="parrafo">Fecha : ...</p>
    <p class="parrafo">Sello : ...</p>
    <p class="parrafo">Tipo : ...</p>
    <p class="parrafo">Firma : ...</p>
    <p class="parrafo">1 . Proveedor ( Nombre , direccion completa , pais ) ...</p>
    <p class="parrafo">2 . INF 4 N ...</p>
    <p class="parrafo">SOLICITUD DE CERTIFICADO DE INFORMACION</p>
    <p class="parrafo">Para facilitar los intercambios preferenciales entre la Comunidad Europea</p>
    <p class="parrafo">y ... ( Indiquese el pais o paises y el acuerdo preferencial ) ...</p>
    <p class="parrafo">3 . Destinatario ( Nombre , direccion completa y pais ) ...</p>
    <p class="parrafo">NOTAS</p>
    <p class="parrafo">(1)  El  término  "  factura  "  abarca  también  los albaranes u otro documento comercial  relativo  a  la(s)  expedicion(es)  de  que  se  trate  a  los que se refiere la(s) correspondiente(s) declaracion(es) .</p>
    <p class="parrafo">(2)  Para  las  declaraciones  a  largo  plazo  no  sera necesario rellenar esta casilla .</p>
    <p class="parrafo">(3)  Las  mercancias  que  figuran en la casilla 6 se deberan designar segun los usos   de   comercio   de   forma   suficientemente  precisa  para  permitir  su identificacion .</p>
    <p class="parrafo">(4) Senalese la mencion exacta .</p>
    <p class="parrafo">4 . Observaciones ...</p>
    <p class="parrafo">5 . Facturas(s) n (s) (1) (2) ...</p>
    <p class="parrafo">6  .  Numero  de  orden  -  Marcas  ,  numeracion  -  Numero y naturaleza de los bultos - Designacion de la mercancia (3) 7 . Cantidad neta . ( kg )</p>
    <p class="parrafo">8  .  La  declaracion  o  declaraciones  relativas al caracter originario de las mercancias descritas en la casilla 6 emitidas (4) :</p>
    <p class="parrafo">...  en  la(s)  factura(s)  mencionada(s)  en  la casilla 5 adjuntas al presente certificado</p>
    <p class="parrafo">... en mi declaracion a largo plazo de ... ( fecha )</p>
    <p class="parrafo">es/son exacta(s)</p>
    <p class="parrafo">Lugar : ...</p>
    <p class="parrafo">Fecha : ...</p>
    <p class="parrafo">Nombre y firma : ...</p>
  </texto>
</documento>
