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<documento fecha_actualizacion="20241021170643">
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    <identificador>DOUE-L-1982-80608</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19821217</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>3617/1982</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 3617/82 del Consejo, de 17 de diciembre de 1982, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 222/77 relativo al tránsito comunitario.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19821231</fecha_publicacion>
    <diario_numero>382</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
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    <url_pdf>https://www.boe.es/doue/1982/382/L00006-00012.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>19840101</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="98" orden="1">Aduanas</materia>
      <materia codigo="817" orden="2">Certificaciones</materia>
      <materia codigo="1262" orden="3">Comités consultivos</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1977-80033" orden="2050">
          <palabra codigo="245">SUSTITUYE</palabra>
          <texto>el Anexo del Reglamento 222/77, de 13 de diciembre</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad  Economica  Europea  y  , en particular , su articulo 235 ,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comision (1) ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2) ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Comité economico y social (3) ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando   que   el   Reglamento  (  CEE  )  n  222/77  (4)  ,  cuya  ultima modificacion  la  constituye  el  Reglamento  (  CEE ) n 3813/81 (5) , prevé que la  garantia  que  debe  ,  en principio , ser depositada con el fin de asegurar la  percepcion  de  los  derechos y demas gravamenes eventualmente exigibles con ocasion  de  una  operacion  de  transito  comunitario , consiste principalmente en  la  fianza  solidaria  de una tercera persona fisica o juridica , fianza que debe  ser  formalizada  en  un  documento  establecido  , dependiendo del caso , segun uno de los modelos que figuran en el anexo de dicho Reglamento ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  estos  modelos  de  documento  de  fianza disponen , ademas , que  el  fiador  esta  obligado  a efectuar el pago de las cantidades reclamadas al  primer  requerimiento  por  escrito  de  las  autoridades  competentes y sin poder diferirlo ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  experiencia  ha  demostrado  el caracter excesivo de esta obligacion   y  hecho  aparecer  la  necesidad  de  permitir  que  los  fiadores dispongan  de  un  cierto  plazo  para  atender  el  pago  ,  plazo  que  parece razonable fijar en treinta dias ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  introduccion  de  este  plazo  requiere una adaptacion de los  documentos  de  fianza  en  materia  de  transito  comunitario  y  que  los modelos de dichos documentos deben ser modificados en consecuencia ,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :</p>
    <p class="parrafo">Articulo 1</p>
    <p class="parrafo">Los  modelos  de  documentos  de fianza que figuran en el Anexo del Reglamento ( CEE  )  n  222/77  seran sustituidos por los modelos que figuran en el Anexo del presente Reglamento .</p>
    <p class="parrafo">Articulo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrara en vigor el 1 de enero de 1984 .</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   sera   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas , el 17 de diciembre de 1982 .</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">H. CHRISTOPHERSEN</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n C 33 de 10 . 2 . 1982 , p. 5 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n C 327 de 14 . 12 . 1981 , p. 136 .</p>
    <p class="parrafo">(3) DO n C 189 de 30 . 7 . 1981 , p. 13 .</p>
    <p class="parrafo">(4) DO n L 38 de 9 . 2 . 1977 , p. 1 .</p>
    <p class="parrafo">(5) DO n L 383 de 31 . 12 . 1981 , p. 28 .</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">MODELO I</p>
    <p class="parrafo">TRANSITO COMUNITARIO</p>
    <p class="parrafo">DOCUMENTO DE FIANZA</p>
    <p class="parrafo">( Garantia global para varias operaciones de transito comunitario )</p>
    <p class="parrafo">I . COMPROMISO DEL FIADOR</p>
    <p class="parrafo">1  .  El(la)  infrascrito(a)  ... (1) domiciliado(a) en ... (2) se constituye en fiador  solidario  en  la  aduana  de  garantia  de ... por un importe maximo de ...  con  respecto  al  Reino  de  Bélgica  ,  al  Reino  de  Dinamarca  ,  a la Republica  Federal  de  Alemania  ,  a  la  Republica  Helénica , a la Republica Francesa   ,  a  Irlanda  ,  a  la  Republica  Italiana  ,  al  Gran  Ducado  de Luxemburgo  ,  al  Reino  de los Paises Bajos y al Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda  del  Norte  (3)  ,  por  todo lo que ... (4) deba o pudiere deber a los citados  Estados  ,  tanto  respecto  de  la  suma principal y adicional como de los  gastos  y  accesorios  ,  con  exclusion  de las sanciones pecuniarias , en concepto  de  derechos  ,  tributos  ,  exacciones reguladoras agricolas y otros gravamenes  ,  por  infracciones  o  irregularidades  cometidas  durante  o  con ocasion   de   las   operaciones  de  transito  comunitario  efectuadas  por  el obligado principal .</p>
    <p class="parrafo">2  .  El(la)  infrascrito(a)  se  obliga  a  efectuar  el pago de las cantidades exigidas  al  primer  requerimiento  por  escrito de las autoridades competentes de  los  Estados  mencionados  en  el  apartado  1 , hasta el limite del importe maximo  citado  ,  y  sin poder diferirlo mas alla de un plazo de treinta dias a contar  desde  la  fecha  del  requerimiento  , a menos que él(ella) o cualquier otra  persona  interesada  demuestren  antes  de la expiracion de este plazo , a satisfaccion  de  las  autoridades  competentes  ,  que la operacion de transito comunitario  se  ha  desarrollado  sin  ninguna infraccion o irregularidad a las que se refiere el apartado 1 .</p>
    <p class="parrafo">Las   autoridades   competentes   podran   ,   previa   solicitud   del(de   la) infrascrito(a)  y  por  cualquier  motivo  que  estimen  valido  , prorrogar mas alla  del  plazo  de  treinta  dias a contar desde la fecha del requerimiento de pago  ,  el  plazo  en  el que el(la) infrascrito(a) esta obligado(a) a efectuar el  pago  de  las  cantidades exigidas . Los gastos que resulten de la concesion de  este  plazo  suplementario  ,  en  especial  los  intereses  ,  deberan  ser calculados  de  tal  manera  que su importe sea equivalente al que seria exigido con tal fin en el mercado monetario y financiero nacional .</p>
    <p class="parrafo">De  dicho  importe  se  podran  deducir  las  sumas  ya  pagadas  en  virtud del presente  compromiso  solamente  en  el  caso  de  que el(la) infrascrito(a) sea requerido(a)  como  consecuencia  de  una  operacion de transito comunitario que haya  comenzado  antes  de  la  recepcion del requerimiento de pago precedente o en los 30 dias siguientes a dicha recepcion .</p>
    <p class="parrafo">3  .  El  presente  compromiso sera valido a partir del dia de su aceptacion por la aduana de garantia .</p>
    <p class="parrafo">El  contrato  de  fianza  podra  ser  rescindido en cualquier momento por el(la) infrascrito(a)  asi  como  por  el  Estado  en  cuyo  territorio esté situada la aduana de garantia .</p>
    <p class="parrafo">La  rescision  surtira  efecto  a  los  dieciséis  dias  de su notificacion a la otra parte .</p>
    <p class="parrafo">El(la)  infrascrito(a)  seguira  siendo  responsable  del pago de las cantidades exigibles  como  consecuencia  de  las  operaciones  de  transito  comunitario , cubiertas  por  el  presente  compromiso  , que hayan comenzado con anterioridad a  la  fecha  en  que surta sus efectos la rescision , incluso cuando el pago se exija con posterioridad .</p>
    <p class="parrafo">4  .  (5)  A  efectos del presente compromiso , el(la) infrascrito(a) elige como domicilio  ...  (6)  y  como domicilio en cada uno de los demas Estados miembros citados en el apartado 1 . :</p>
    <p class="parrafo">Estado Apellidos y nombre , o razon social , y direccion completa</p>
    <p class="parrafo">... ...</p>
    <p class="parrafo">El(la)  infrascrito(a)  reconoce  que  toda  la correspondencia , notificaciones y  ,  en  general  ,  todas  las  formalidades  o tramites relativos al presente compromiso   dirigidos   o  evacuados  por  escrito  a  uno  de  los  domicilios senalados se consideraran como hechos a él(ella) en persona .</p>
    <p class="parrafo">El(la)    infrascrito(a)    reconoce    la    competencia    de    los   organos jurisdiccionales  correspondientes  a  los  lugares  que  él(ella)  ha  senalado como domicilio .</p>
    <p class="parrafo">El(la)  infrascrito(a)  se  compromete  a conservar los domicilios senalados o , si  tuviera  que  cambiar  uno  o  mas  de los domicilios senalados , a informar previamente a la aduana de garantia .</p>
    <p class="parrafo">En ... a ...</p>
    <p class="parrafo">... Firma (7)</p>
    <p class="parrafo">II . ACEPTACION POR LA ADUANA DE GARANTIA</p>
    <p class="parrafo">Aduana de garantia ...</p>
    <p class="parrafo">Aceptado el compromiso de fianza el ...</p>
    <p class="parrafo">... Sello y firma</p>
    <p class="parrafo">(1) Apellido(s) y nombre , o razon social .</p>
    <p class="parrafo">(2) Direccion completa .</p>
    <p class="parrafo">(3)  Tachar  el  nombre  del  Estado  o  de  los Estados cuyo territorio no sera utilizado .</p>
    <p class="parrafo">(4)  Apellido(s)  y  nombre  ,  o razon social y direccion completa del obligado principal .</p>
    <p class="parrafo">(5)  Cuando  la  posibilidad  de  eleccion  de  domicilio no esté prevista en la legislacion  de  uno  de  estos Estados , el fiador designara en cada uno de los demas  Estados  mencionados  en  el  apartado  1  un  mandatario autorizado para recibir   todas   las  comunicaciones  que  le  sean  dirigidas  .  Los  organos jurisdiccionales   correspondientes  a  los  domicilios  del  fiador  y  de  los mandatarios  seran  competentes  para  conocer  de los litigios relacionados con la  presente  garantia  .  Los  compromisos  senalados en los parrafos segundo y cuarto del apartado 4 , se estipularan mutatis mutandis .</p>
    <p class="parrafo">(6) Direccion completa .</p>
    <p class="parrafo">(7)  La  firma  debera  ir  precedida  de la siguiente indicacion manuscrita por parte  del  firmante  :  "  Vale en concepto de fianza por el importe de ... " , indicando el importe en letras .</p>
    <p class="parrafo">MODELO II</p>
    <p class="parrafo">TRANSITO COMUNITARIO</p>
    <p class="parrafo">DOCUMENTO DE FIANZA</p>
    <p class="parrafo">( Garantia para una sola operacion de transito comunitario )</p>
    <p class="parrafo">I . COMPROMISO DEL FIADOR</p>
    <p class="parrafo">1  .  El(la)  infrascrito(a)  ... (1) domiciliado(a) en ... (2) se constituye en fiador  solidario  en  la  aduana  de  partida  de  ... con respecto al Reino de Bélgica  ,  al  Reino  de  Dinamarca , a la Republica Federal de Alemania , a la Republica  Helénica  ,  a  la  Republica  Francesa  , a Irlanda , a la Republica Italiana  ,  al  Gran  Ducado  de Luxemburgo , al Reino de los Paises Bajos y al Reino  Unido  de  Gran  Bretana  e  Irlanda  del Norte (3) , por todo lo que ... (4)  deba  o  pudiere  deber  a  los citados Estados , tanto respecto de la suma principal  y  adicional  como  de los gastos y accesorios , con exclusion de las sanciones  pecuniarias  ,  en  concepto  de  derechos  ,  tributos  , exacciones reguladoras    agricolas    y    otros   gravamenes   ,   por   infracciones   o irregularidades   cometidas   durante  o  con  ocasion  de  las  operaciones  de transito  comunitario  efectuadas  por  el  obligado  principal  de la aduana de partida  de  ...  a  la  aduana  de  destino de ... en relacion a las mercancias que a continuacion se designan :</p>
    <p class="parrafo">2  .  El(la)  infrascrito(a)  se  obliga  a  efectuar  el pago de las cantidades exigidas   ,   al   primer   requerimiento   por   escrito  de  las  autoridades competentes   de   los  Estados  mencionados  en  el  apartado  1  ,  sin  poder diferirlo  mas  alla  de  un  plazo  de treinta dias a contar desde la fecha del requerimiento  de  pago  ,  a  menos  que  él(ella)  o  cualquier  otra  persona interesada  demuestren  antes  de  la  expiracion de este plazo , a satisfaccion de  las  autoridades  competentes  , que la operacion de transito comunitario se ha  desarrollado  sin  ninguna  infraccion  o irregularidad a las que se refiere el apartado 1 .</p>
    <p class="parrafo">Las   autoridades   competentes   podran   ,   previa   solicitud   del(de   la) infrascrito(a)  y  por  cualquier  motivo  que  estimen  valido  , prorrogar mas alla  del  plazo  de  treinta  dias a contar desde la fecha del requerimiento de pago  ,  el  plazo  en  el que el(la) infrascrito(a) esta obligado(a) a efectuar el  pago  de  las  cantidades exigidas . Los gastos que resulten de la concesion de  este  plazo  suplementario  ,  en  especial  los  intereses  ,  deberan  ser calculados  de  tal  manera  que su importe sea equivalente al que seria exigido con tal fin en el mercado monetario y financiero nacional .</p>
    <p class="parrafo">3  .  El  presente  compromiso sera valido a partir del dia de su aceptacion por la aduana de partida .</p>
    <p class="parrafo">4  .  (5)  A  efectos del presente compromiso , el(la) infrascrito(a) elige como domicilio  ...  (2)  y  como domicilio en cada uno de los demas Estados miembros citados en el apartado 1 . :</p>
    <p class="parrafo">Estado Apellidos y nombre , o razon social , y direccion completa</p>
    <p class="parrafo">... ...</p>
    <p class="parrafo">El(la)  infrascrito(a)  reconoce  que  toda  la correspondencia , notificaciones y  ,  en  general  ,  todas  las  formalidades  o tramites relativos al presente</p>
    <p class="parrafo">compromiso   dirigidos   o  evacuados  por  escrito  a  uno  de  los  domicilios senalados se consideraran como hechos a él(ella) en persona .</p>
    <p class="parrafo">El(la)    infrascrito(a)    reconoce    la    competencia    de    los   organos jurisdiccionales  correspondientes  a  los  lugares  que  él(ella)  ha  senalado como domicilio .</p>
    <p class="parrafo">El(la)  infrascrito(a)  se  compromete  a conservar los domicilios senalados o , si  tuviera  que  cambiar  uno  o  mas  de los domicilios senalados , a informar previamente a la aduana de partida .</p>
    <p class="parrafo">En ... a ...</p>
    <p class="parrafo">... Firma (6)</p>
    <p class="parrafo">II . ACEPTACION DE LA ADUANA DE PARTIDA</p>
    <p class="parrafo">Aduana de partida ...</p>
    <p class="parrafo">Aceptado  el  compromiso  de  fianza el ... para cubrir la operacion de transito comunitario  objeto  del  documento  T  1/T  2 (7) expedido el ... con el numero ...</p>
    <p class="parrafo">... Sello y firma</p>
    <p class="parrafo">(1) Apellido(s) y nombre , o razon social .</p>
    <p class="parrafo">(2) Direccion completa .</p>
    <p class="parrafo">(3)  Tachar  el  nombre  del  Estado  o  de  los Estados cuyo territorio no sera utilizado .</p>
    <p class="parrafo">(4)  Apellido(s)  y  nombre  ,  o  razon  social  ,  y  direccion  completa  del obligado principal .</p>
    <p class="parrafo">(5)  Cuando  la  posibilidad  de  eleccion  de  domicilio no esté prevista en la legislacion  de  uno  de  estos Estados , el fiador designara en cada uno de los demas  Estados  mencionados  en  el  apartado  1  un  mandatario autorizado para recibir   todas   las  comunicaciones  que  le  sean  dirigidas  .  Los  organos jurisdiccionales   correspondientes  a  los  domicilios  del  fiador  y  de  los mandatarios  seran  competentes  para  conocer  de los litigios relacionados con la  presente  fianza  .  Los  compromisos  senalados  en  los parrafos segundo y cuarto del apartado 4 , se estipularan mutatis mutandis .</p>
    <p class="parrafo">(6) Direccion completa .</p>
    <p class="parrafo">(7)  La  firma  debera  ir  precedida  de la siguiente indicacion manuscrita por parte del firmante : " Vale en concepto de fianza " .</p>
    <p class="parrafo">MODELO III</p>
    <p class="parrafo">TRANSITO COMUNITARIO</p>
    <p class="parrafo">DOCUMENTO DE FIANZA</p>
    <p class="parrafo">( Sistema de garantia a tanto alzado )</p>
    <p class="parrafo">I . COMPROMISO DEL FIADOR</p>
    <p class="parrafo">1  .  El(la)  infrascrito(a)  ... (1) domiciliado(a) en ... (2) se constituye en fiador  solidario  en  la  aduana  de  garantia  de ... con respecto al Reino de Bélgica  ,  al  Reino  de  Dinamarca , a la Republica Federal de Alemania , a la Republica  Helénica  ,  a  la  Republica  Francesa  , a Irlanda , a la Republica Italiana  ,  al  Gran  Ducado  de Luxemburgo , al Reino de los Paises Bajos y al Reino  Unido  de  Gran  Bretana  e Irlanda del Norte por todo lo que un obligado principal  deba  o  pudiere  deber  a los citados Estados , tanto respecto de la suma  principal  y  adicional  como  de  los gastos y accesorios , con exclusion de   las   sanciones  pecuniarias  ,  en  concepto  de  derechos  ,  tributos  , exacciones  reguladoras  agricolas  y  otros  gravamenes  , y por infracciones o</p>
    <p class="parrafo">irregularidades   cometidas   durante  o  con  ocasion  de  las  operaciones  de transito  comunitario  en  relacion  con  las cuales el(la) infrascrito(a) se ha comprometido  a  asumir  su  responsabilidad  mediante  la entrega de titulos de garantia por un importe maximo de 7 000 ECU por titulo .</p>
    <p class="parrafo">2  .  El(la)  infrascrito(a)  se  obliga  a  efectuar  el pago de las cantidades exigidas   ,   al   primer   requerimiento   por   escrito  de  las  autoridades competentes  de  los  Estados  mencionados en el apartado 1 , hasta el limite de 7  000  ECU  por  titulo  de  garantia  ,  y  sin poder diferirlo mas alla de un plazo  de  treinta  dias  a  contar  desde  la fecha del requerimiento , a menos que  él(ella)  o  cualquier  otra  persona  interesada  demuestren  antes  de la expiracion  de  este  plazo  ,  a  satisfaccion de las autoridades competentes , que  la  operacion  de  transito  comunitario  se  ha  desarrollado  sin ninguna infraccion o irregularidad con arreglo al apartado 1 .</p>
    <p class="parrafo">Las   autoridades   competentes   podran   ,   previa   solicitud   del(de   la) infrascrito(a)  y  por  cualquier  motivo  que  estimen  valido  , prorrogar mas alla  del  plazo  de  treinta  dias a contar desde la fecha del requerimiento de pago  ,  el  plazo  en  el que el(la) infrascrito(a) esta obligado(a) a efectuar el  pago  de  las  cantidades  exigidas  . Los gastos que resulten de este plazo suplementario  ,  en  especial  los  intereses  ,  deberan ser calculados de tal manera  que  su  importe  sea equivalente al que seria exigido con tal fin en el mercado monetario y financiero nacional .</p>
    <p class="parrafo">3  .  El  presente  compromiso sera valido a partir del dia de su aceptacion por la aduana de garantia .</p>
    <p class="parrafo">El  contrato  de  fianza  podra  ser  rescindido en cualquier momento por el(la) infrascrito(a)  asi  como  por  el  Estado  en  cuyo  territorio esté situada la aduana de garantia .</p>
    <p class="parrafo">La  rescision  surtira  efecto  a  los  dieciséis  dias  de su notificacion a la otra parte .</p>
    <p class="parrafo">El(la)  infrascrito(a)  seguira  siendo  responsable  del pago de las cantidades exigibles  como  consecuencia  de  las  operaciones  de  transito  comunitario , cubiertas  por  el  presente  compromiso  , que hayan comenzado con anterioridad a  la  fecha  en  que surta sus efectos la rescision , incluso cuando el pago se exija con posterioridad .</p>
    <p class="parrafo">4  .  (3)  A  efectos del presente compromiso , el(la) infrascrito(a) elige como domicilio  ...  (2)  y  como domicilio en cada uno de los demas Estados miembros :</p>
    <p class="parrafo">Estado Apellidos y nombre , o razon social , y direccion completa</p>
    <p class="parrafo">... ...</p>
    <p class="parrafo">El(la)  infrascrito(a)  reconoce  que  toda  la correspondencia , notificaciones y  ,  en  general  ,  todas  las  formalidades  o tramites relativos al presente compromiso   dirigidos   o  evacuados  por  escrito  a  uno  de  los  domicilios senalados se consideraran como hechos a él(ella) en persona .</p>
    <p class="parrafo">El(la)    infrascrito(a)    reconoce    la    competencia    de    los   organos jurisdiccionales  correspondientes  a  los  lugares  que  él(ella)  ha  senalado como domicilio .</p>
    <p class="parrafo">El(la)  infrascrito(a)  se  compromete  a conservar los domicilios senalados o , si  tuviera  que  cambiar  uno  o  mas  de los domicilios senalados , a informar previamente a la aduana de garantia .</p>
    <p class="parrafo">En ... a ...</p>
    <p class="parrafo">... Firma (4)</p>
    <p class="parrafo">II . ACEPTACION POR LA ADUANA DE GARANTIA</p>
    <p class="parrafo">Aduana de garantia ...</p>
    <p class="parrafo">Aceptado el compromiso de fianza el ...</p>
    <p class="parrafo">... Sello y firma</p>
    <p class="parrafo">(1) Apellido(s) y nombre , o razon social .</p>
    <p class="parrafo">(2) Direccion completa .</p>
    <p class="parrafo">(3)  Cuando  la  posibilidad  de  eleccion  de  domicilio no esté prevista en la legislacion  de  uno  de  estos Estados , el fiador designara en cada uno de los demas  Estados  mencionados  en  el  apartado  1  un  mandatario autorizado para recibir   todas   las  comunicaciones  que  le  sean  dirigidas  .  Los  organos jurisdiccionales   correspondientes  a  los  domicilios  del  fiador  y  de  los mandatarios  seran  competentes  para  conocer  de los litigios relacionados con la  presente  fianza  .  Los  compromisos  senalados  en  los parrafos segundo y cuarto del apartado 4 , se estipularan mutatis mutandis .</p>
    <p class="parrafo">(4)  La  firma  debera  ir  precedida  de la siguiente indicacion manuscrita por parte del firmante : " Vale en concepto de fianza " .</p>
  </texto>
</documento>
