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<documento fecha_actualizacion="20241021170425">
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    <identificador>DOUE-L-1981-80466</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19811111</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>3220/1981</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 3220/81 de la Comisión, de 11 de noviembre de 1981, por el que se modifica por décima vez el Reglamento (CEE) nº 223/77, por el que se establecen disposiciones de aplicación y medidas de simplificación del régimen de tránsito comunitario.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19811112</fecha_publicacion>
    <diario_numero>324</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/1981/324/L00009-00009.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>19811201</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="98" orden="1">Aduanas</materia>
      <materia codigo="817" orden="2">Certificaciones</materia>
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      <materia codigo="6932" orden="5">Transportes</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1977-80034" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>los arts. 50 B y 50 I del Reglamento 223/77, de 22 de diciembre de 1976</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1977-80033" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Reglamento 222/77, de 13 de diciembre de 1976</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea ,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (  CEE  )  n  222/77  del Consejo , de 13 de diciembre de 1976  ,  relativo  al  transito  comunitario  (1)  , cuya ultima modificacion la constituye el Act de adhesion de Grecia y , en particular , su articulo 57 ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  el  Reglamento  (  CEE  )  n 223/77 de la Comision (2) , cuya ultima  modificacion  la  constituye  el  Reglamento  (  CEE  )  n 2105/81 (3) , prevé   un   procedimiento  simplificado  para  los  transportes  por  medio  de grandes  contenedores  ,  mediante  la  utilizacion  de  un  documento llamado " boletin  de  entrega-transito  comunitario  "  ; que este documento solo permite recoger  un  numero  limitado  de  grandes  contenedores  ; que es conveniente , para  dar  plena  efectividad  a este procedimiento , prever la posibilidad , en ciertas   condiciones   ,  de  anadir  a  este  boletin  de  "  entrega-transito comunitario   "   una   relacion   que   permita   recoger   todos  los  grandes contenedores que sean objeto de una misma expedicion ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  es  conveniente  ,  en consecuencia , modificar el Reglamento ( CEE ) n 223/77 ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  disposiciones  del presente Reglamento concuerdan con el dictamen del Comité de transito comunitario ,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :</p>
    <p class="parrafo">Articulo 1</p>
    <p class="parrafo">El Reglamento ( CEE ) n 223/77 quedara modificado como sigue :</p>
    <p class="parrafo">1 . Al articulo 50 b se le andira el punto 4 siguiente :</p>
    <p class="parrafo">"  4  .  "  relacion  de  grandes  contenedores  " , denominada en lo sucesivo " relacion   "  ,  el  documento  adjunto  a  un  "  boletin  de  entrega-transito comunitario  "  del  que  forma  parte  integrante y que esta destinado a cubrir la  expedicion  de  varios  grandes  contenedores  desde  una  misma estacion de partida   hasta   una  misma  estacion  de  destino  ,  debiendo  cumplirse  las formalidades aduaneras correspondientes en estas estaciones .</p>
    <p class="parrafo">El   numero   de  relaciones  se  indicara  en  la  casilla  reservada  para  la designacion  de  los  documentos  adjuntos  al  "  boletin  de  entrega-transito comunitario  "  .  Ademas  ,  se debera indicar en el angulo superior derecho de cada   relacion   el   numero   de  serie  del  "  boletin  de  entrega-transito comunitario " " .</p>
    <p class="parrafo">2  .  En  el  articulo  50  i  ,  después  del  apartado 3 , se anadira el nuevo apartado 3 bis siguiente :</p>
    <p class="parrafo">"  3  bis  .  Cuando  ,  en  el  caso  previsto  en  el apartado 3 , se utilicen relaciones   de  grandes  contenedores  ,  se  deberan  confeccionar  relaciones separadas  ,  por  una  parte  para  los  contenedores  que contengan mercancias contempladas  en  el  apartado  2 del articulo 1 del Reglamento ( CEE ) n 222/77 y  ,  por  otra  parte  ,  para  los  que  contengan  exclusivamente  mercancias</p>
    <p class="parrafo">contempladas en el apartado 3 del articulo 1 de dicho Reglamento .</p>
    <p class="parrafo">Estas  relaciones  deberan  ir  provistas  de  un  numero  de  orden que permita identificarlas  .  La  aduana  de  partida  ,  debera  hacer  referencia  en  la casilla  reservada  para  la  aduana  , junto a la sigla T 1 , en los ejemplares n  2  ,  n  3  A y n 3 B del boletin de entrega-transito comunitario , al numero o   numeros   de   orden   de  la  relacion  o  de  las  relaciones  de  grandes contenedores  que  contengan  mercancias  contempladas  en  el  apartado  2  del articulo 1 del Reglamento ( CEE ) n 222/77 . "</p>
    <p class="parrafo">Articulo 2</p>
    <p class="parrafo">El presente Reglamento entrara en vigor el 1 de diciembre de 1981 .</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   sera   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas , el 11 de noviembre de 1981 .</p>
    <p class="parrafo">Por la Comision</p>
    <p class="parrafo">Karl-Heinz NARJES</p>
    <p class="parrafo">Miembro de la Comision</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n L 38 de 9 . 2 . 1977 , p. 1 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n L 38 de 9 . 2 . 1977 , p. 20 .</p>
    <p class="parrafo">(3) DO n L 207 de 27 . 7 . 1981 , p. 1 .</p>
  </texto>
</documento>
