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    <identificador>DOUE-L-1980-80593</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19801216</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>3555/1980</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 3555/80 del Consejo, de 16 de diciembre de 1980, por el que se establece el régimen aplicable a las importaciones en Grecia originarias de Argelia, Israel, Malta, Marruecos, Portugal, Siria, Túnez y Turquía.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19801231</fecha_publicacion>
    <diario_numero>382</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>19810101</fecha_vigencia>
    <estatus_derogacion>S</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion>19890101</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <vigencia_agotada>S</vigencia_agotada>
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      <materia codigo="6072" orden="5">Argelia</materia>
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      <materia codigo="4056" orden="2">Importaciones</materia>
      <materia codigo="3461" orden="1">Israel</materia>
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          <palabra codigo="210">SE DEROGA</palabra>
          <texto>, por Reglamento 1059/88, de 28 de marzo</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-1986-81142" orden="2">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 1, por Reglamento 2357/86, de 24 de julio</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">REGLAMENTO ( CEE ) N º 3555/80 DEL CONSEJO</p>
    <p class="parrafo">por  el  que  se  establece  el  régimen aplicable a las importaciones en Grecia originarias  de  Argelia  ,  Israel  ,  Malta  ,  Marruecos , Portugal , Siria , Túnez y Turquía</p>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad  Económica  Europea  y  , en particular , su artículo 113 ,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  se  ha  dado  la  situación  prevista  en el artículo 119 del Acta  de  adhesión  de  1979  en lo referente a los acuerdos celebrados entre la Comunidad   Económica  Europea  y  Argelia  ,  Israel  ,  Malta  ,  Marruecos  , Portugal  ,  Siria  ,  Túnez  y  Turquía  ;  que , por lo tanto , incumbirá a la Comunidad  ,  conforme  a  dicho artículo 119 , tomar las medidas oportunas para remediar  dicha  situación  desde  el  momento  de  la  adhesión  ; que , a este respecto  ,  es  conveniente  que  las  importaciones  en  Grecia originarias de Argelia  ,  Israel  ,  Malta  , Marruecos , Portugal , Siria , Túnez y Turquía , a  la  espera  de  la  celebración  de los protocolos mencionados en el artículo 118  del  Acta  de  adhesión , estén sometidas a las disposiciones generales que regulan las importaciones en Grecia originarias de terceros países ,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">A  partir  del  1  de enero de 1981 , las importaciones en Grecia originarias de Argelia  ,  Israel  ,  Malta  ,  Marruecos  , Portugal , Siria , Túnez y Turquía estarán   sometidas  al  régimen  arancelario  aplicable  respecto  de  terceros</p>
    <p class="parrafo">países  que  se  beneficien  del  trato  de  nación más favorecida , así como al régimen  común  aplicable  a  las  importaciones en las condiciones previstas en el Acta de adhesión de 1979 y , en particular , en sus artículos 31 y 115 .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   entrará   en  vigor  el  día  siguiente  al  de  su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas , el 16 de diciembre de 1980 .</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">La Presidenta</p>
    <p class="parrafo">Colette FLESCH</p>
  </texto>
</documento>
