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<documento fecha_actualizacion="20241021170254">
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    <identificador>DOUE-L-1980-80551</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19801222</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>3508/1980</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 3508/80 del Consejo, de 22 de diciembre de 1980, por el que se prorroga el régimen aplicable a los intercambios comerciales con Malta más allá del 31 de diciembre de 1980.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19801231</fecha_publicacion>
    <diario_numero>367</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>86</pagina_inicial>
    <pagina_final>86</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1980/367/L00086-00086.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>19810101</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="71" orden="1">Acuerdos internacionales</materia>
      <materia codigo="6115" orden="2">Malta</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="37" orden="220">Aplicable desde El 1 de enero de 1981.</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1977-80287" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Protocolo aprobado por Reglamento 2610/77, de 28 de noviembre</texto>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1976-80094" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Protocolo aprobado por Reglamento 939/76, de 23 de abril</texto>
        </anterior>
        <anterior referencia="DOUE-L-1971-80021" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Acuerdo aprobado por Reglamento 492/71, de 1 de marzo</texto>
        </anterior>
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      <posteriores>
        <posterior referencia="DOUE-L-1985-81145" orden="1">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 1, por Reglamento 3681/85, de 20 de diciembre</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-1985-80486" orden="2">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 1, por Reglamento 1680/85, de 19 de junio</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-1984-80708" orden="">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 1, por Reglamento 3627/84, de 19 de diciembre</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-1984-80343" orden="5">
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          <texto>el art. 1, por Reglamento 1832/84, de 28 de junio</texto>
        </posterior>
        <posterior referencia="DOUE-L-1983-80617" orden="6">
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          <texto>el art. 1, por Reglamento 3664/83, de 19 de diciembre</texto>
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          <texto>el art. 1, por Reglamento 1823/83, de 30 de junio</texto>
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          <texto>el art. 1, por Reglamento 3531/82, de 21 de diciembre</texto>
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        <posterior referencia="DOUE-L-1982-80244" orden="9">
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          <texto>el art. 1, por Reglamento 1735/82, de 20 de junio</texto>
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        <posterior referencia="DOUE-L-1981-80558" orden="10">
          <palabra codigo="270">SE MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 1, por Reglamento 3670/81, de 15 de diciembre</texto>
        </posterior>
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    </referencias>
    <alertas/>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">REGLAMENTO ( CEE ) N º 3508/80 DEL CONSEJO</p>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad  Económica  Europea  y  , en particular , su artículo 113 ,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  disposiciones  que  regulan la primera etapa del Acuerdo por  el  que  se  crea  una  Asociación  entre  la Comunidad Económica Europea y Malta   (1)   ,   incluido  el  Protocolo  por  el  que  se  establecen  algunas disposiciones  relativas  al  Acuerdo  por  el  que se crea una Asociación entre la  Comunidad  Económica  Europea  y  Malta  (2)  ,  y el Protocolo Adicional al Acuerdo  por  el  que  se  crea  una  Asociación  entre  la  Comunidad Económica Europea y Malta (3) expiran el 31 de diciembre de 1980 ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  negociaciones  relativas  a  la  definición  del régimen comercial  con  Malta  más  allá  del  31  de  diciembre  de  1980 no han podido llevarse a cabo en los plazos previstos ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  ,  a  la  espera  de la celebración de dichas negociaciones , es   importante   prorrogar   el   régimen   que   la  Comunidad  aplica  a  los intercambios  comerciales  con  Malta  en  el  marco  de la asociación con dicho país   ,   a   fin   de   no  interrumpir  bruscamente  determinadas  corrientes tradicionales de intercambios ,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">El  régimen  de  intercambios  comerciales establecido por el Acuerdo por el que se  crea  una  Asociación  entre  la  Comunidad  Económica  Europea  y  Malta  , incluido   el   Protocolo   por  el  que  se  establecen  algunas  disposiciones relativas  a  dicho  Acuerdo  y el Protocolo Adicional a dicho Acuerdo , seguirá siendo aplicable en la Comunidad hasta el 30 de junio de 1981 .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   entrará   en  vigor  el  día  siguiente  al  de  su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .</p>
    <p class="parrafo">Será aplicable a partir del 1 de enero de 1981 .</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas , el 22 de diciembre de 1980 .</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">J. SANTER</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n º L 61 de 14 . 3 . 1971 , p. 2 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n º L 111 de 28 . 4 . 1976 , p. 3 .</p>
    <p class="parrafo">(3) DO n º L 304 de 29 . 11 . 1977 , p. 2 .</p>
  </texto>
</documento>
