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<documento fecha_actualizacion="20241021165653">
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    <identificador>DOUE-L-1976-80293</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="25">Directiva</rango>
    <fecha_disposicion>19761104</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>891/1976</numero_oficial>
    <titulo>Directiva del Consejo, de 4 de noviembre de 1976, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre los contadores de energía eléctrica.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19761204</fecha_publicacion>
    <diario_numero>336</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>30</pagina_inicial>
    <pagina_final>48</pagina_final>
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    <url_pdf>/doue/1976/336/L00030-00048.pdf</url_pdf>
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    <fecha_derogacion>20061030</fecha_derogacion>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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      <materia codigo="294" orden="1">Armonización de legislaciones</materia>
      <materia codigo="998" orden="2">Comercialización</materia>
      <materia codigo="3188" orden="3">Energía eléctrica</materia>
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      <materia codigo="4869" orden="5">Marcas</materia>
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    <notas>
      <nota codigo="26" orden="300">Cumplimiento a más tardar el 4 de junio de 1978.</nota>
    </notas>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOUE-L-1971-80097" orden="5020">
          <palabra codigo="330">CITA</palabra>
          <texto>Directiva 71/316, de 26 de julio</texto>
        </anterior>
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      <posteriores>
        <posterior referencia="DOUE-L-2004-80947" orden="1">
          <palabra codigo="210">SE DEROGA</palabra>
          <texto>con efectos de 30 de octubre de 2006 por Directiva 2004/22, de 31 de marzo</texto>
        </posterior>
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    </referencias>
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  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Tratado  constitutivo  de  la  Comunidad  Económica  Europea  y  , en particular , su artículo 100 ,</p>
    <p class="parrafo">Vista la propuesta de la Comisión ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1) ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el dictamen del Comité económico y social (2) ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  ,  en  los  Estados miembros , tanto la construcción como las modalidades  de  control  de  los  contadores de energía eléctrica son objeto de disposiciones  reglamentarias  imperativas  que  difieren de un Estado miembro a otro   y   obstaculizan   ,   por  consiguiente  ,  los  intercambios  de  tales contadores  ;  y  que  es  preciso , pues , proceder a la aproximación de dichas disposiciones ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Directiva  71/376/CEE  del  Consejo  ,  de 26 de julio de 1971  ,  relativa  a  la  aproximación  de  las  legislaciones  de  los  Estados miembros  sobre  las  disposiciones  comunes  a  los  instrumentos de medida y a los  métodos  de  control  metrológico (3) , modificada en último término por la directiva  72/427/CEE  (4)  ,  estableció  los  procedimientos de aprobación CEE de  modelo  y  de  primera  comprobación  CEE  ;  y  que  ,  con arreglo a dicha Directiva  ,  conviene  determinar  ,  respecto  a  los  contadores  de  energía eléctrica , las prescripciones técnicas de construcción y funcionamiento ,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">La  presente  Directiva  se  aplicará  a  los  contadores  de inducción , de uso corriente   de   conexión  directa  ,  nuevos  ,  de  tarifa  simple  o  tarifas múltiples  destinados  a  medir  la  energía  activa  en  corriente monofásica y polifásica de una frecuencia de 50 Hz .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">Los  contadores  de  energía  eléctrica  a los que se podrá imponer las marcas y signos CEE se describen en el Anexo de la presente Directiva .</p>
    <p class="parrafo">Dichos   contadores   serán  objeto  de  una  aprobación  CEE  de  modelo  y  se someterán a la primera comprobación CEE .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 3</p>
    <p class="parrafo">Los   Estados   miembros   no   podrán   denegar  ,  prohibir  o  restringir  la comercialización  ni  la  entrada  en  servicio  de  los  contadores  de energía eléctrica  que  vayan  provistos  del  signo de aprobación CEE de modelo y de la marca de primera comprobación CEE .</p>
    <p class="parrafo">Los  Estados  miembros  en  los  que  los errores máximos tolerados sean menores que   los   previstos   en   la   presente   Directiva  respecto  a  la  primera comprobación  CEE  podrán  seguir  utilizando  tales  errores  máximos tolerados durante  un  periodo  de  cinco  años  y  seis  meses  a  partir  del  día de la</p>
    <p class="parrafo">notificación de la presente Directiva .</p>
    <p class="parrafo">A  la  luz  de  la  experiencia adquirida y de los resultados obtenidos a escala internacional  ,  y  a  más  tardar antes de que finalice dicho período de cinco años  y  seis  meses  ,  se  adoptarán  las  medidas  pertinentes con arreglo al procedimiento previsto en el artículo 19 de la Directiva 71/316/CEE .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 4</p>
    <p class="parrafo">1   .   Los   Estados   miembros   aplicarán   las   disposiciones   legales   , reglamentarias   y   administrativas   necesarias   para   cumplir  la  presente Directiva  en  un  plazo  de dieciocho meses a partir del día de su notificación , e informarán de ello inmediatamente a la Comisión .</p>
    <p class="parrafo">2   .   Los  Estados  miembros  comunicarán  a  la  Comisión  el  texto  de  las disposiciones  de  Derecho  interno  que  adopten  en  el ámbito regulado por la presente Directiva .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 5</p>
    <p class="parrafo">Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas , el 4 de noviembre de 1976 .</p>
    <p class="parrafo">Por el Consejo</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">Th. E. WESTERTERP</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n º C 23 de 8 . 3 . 1974 , p. 51 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n º C 101 de 23 . 11 . 1973 , p. 6 .</p>
    <p class="parrafo">(3) DO n º L 202 de 6 . 9 . 1971 , p. 1 .</p>
    <p class="parrafo">(4) DO n º L 291 de 28 . 12 . 1972 , p. 156 .</p>
    <p class="parrafo">ANEXO</p>
    <p class="parrafo">CAPITULO PRIMERO - DEFINICIONES</p>
    <p class="parrafo">1  .  DEFINICION  DE  ALGUNOS  DE  LOS  TERMINOS  QUE SE UTILIZAN EN EL PRESENTE ANEXO</p>
    <p class="parrafo">1.1 . Magnitud o factor de influencia</p>
    <p class="parrafo">Toda  magnitud  o  factor  ,  distinto  de  la  magnitud  medida , cuyos efectos puedan modificar el resultado de la medición .</p>
    <p class="parrafo">1.2 . Variación del error en función de una magnitud de influencia</p>
    <p class="parrafo">Diferencia  entre  los  errores  del  contador  en  el  caso  de  que  una  sola magnitud de influencia tome sucesivamente dos valores especificados .</p>
    <p class="parrafo">1.3 . Valor de referencia de una magnitud de influencia</p>
    <p class="parrafo">Valor  de  dicha  magnitud  en  función  de la cual se determinan algunas de las características del contador .</p>
    <p class="parrafo">1.4 . Corriente de base ( I b )</p>
    <p class="parrafo">Valor  de  la  corriente  en  función  de  la  cual se determinan los valores de determinadas características del contador .</p>
    <p class="parrafo">1.5 . Corriente máxima ( I máx. )</p>
    <p class="parrafo">El  valor  más  elevado  de  la  corriente  respecto  al cual el contador deberá ajustarse a las prescripciones de la presente Directiva .</p>
    <p class="parrafo">1.6 . Factor de distorsión</p>
    <p class="parrafo">Relación  entre  el  valor  eficaz  del residuo que se obtiene reduciendo en una magnitud  alternativa  no  sinusoidal  su  término  fundamental  ,  y  el  valor eficaz  de  la  magnitud  no  sinusoidal  .  El  factor  de  distorsión se suele expresar en porcentaje .</p>
    <p class="parrafo">1.7 . Velocidad de rotación de base</p>
    <p class="parrafo">Valor   nominal   de   la  velocidad  de  rotación  del  rotor  ,  expresado  en revoluciones  por  minuto  ;  para  las condiciones de referencia , la corriente de base y un factor de potencia igual a la unidad .</p>
    <p class="parrafo">1.8 . Par de base</p>
    <p class="parrafo">Valor  nominal  de  par  que  se  debe aplicar al rotor para mantenerlo parado ; para  las  condiciones  de  referencia  ,  la  corriente  de base y un factor de potencia igual a la unidad .</p>
    <p class="parrafo">1.9 . Modelo</p>
    <p class="parrafo">Denominación   que   se  utiliza  para  definir  el  conjunto  formado  por  los contadores  de  tarifa  simple  o  tarifas  múltiples  fabricadas  por  un mismo fabricante , y a los cuales correspondan :</p>
    <p class="parrafo">- cualidades metrológicas similares ,</p>
    <p class="parrafo">-   la   uniformidad  de  construcción  de  las  piezas  que  determinan  dichas cualidades ,</p>
    <p class="parrafo">-  el  mismo  número  de  amperios-vueltas  de  la  bobinas de corriente para la corriente  de  base  y  el  mismo número de vueltas por voltio de las bobinas de tensión para la tensión de referencia ,</p>
    <p class="parrafo">- una idéntica relación entre corriente máxima y corriente de base .</p>
    <p class="parrafo">El  modelo  podrá  presentar  diferentes  valores  de  corriente  de  base  y de tensión de referencia .</p>
    <p class="parrafo">Observaciones</p>
    <p class="parrafo">a  )  El  fabricante  dará  a  los  contadores una designación que consistirá en una  o  varias  asociaciones  de  letras  ,  cifras , o letras y cifras . A cada modelo corresponderá una sola designación .</p>
    <p class="parrafo">b  )  El  modelo  estará  constituido  por  tres  contadores  destinados  a  las pruebas  de  aprobación  del  modelo y cuyas características ( corriente de base y   tensión  de  referencia  )  se  escogerán  por  el  servicio  de  metrología interesado  entre  las  que  figuran en los cuadros propuestos por el fabricante ( número 6.1.1 ) .</p>
    <p class="parrafo">c  )  Cuando  de  un  mismo modelo se fabriquen modelos especiales , el producto del  número  de  vueltas  de las bobinas de corriente de base podrá ser distinto del  que  señalen  los  contadores representativos del modelo . Convendrá elegir el  producto  inmediatamente  superior  o  inferior  con  el  fin  de obtener un número entero de vueltas .</p>
    <p class="parrafo">Unicamente  por  esta  razón  ,  el  número de vueltas por voltio de las bobinas de  tensión  podrá  diferir  en  un valor que no sobrepase en más del 20 % al de los contadores representativos del modelo .</p>
    <p class="parrafo">d  )  La  relación  de  la  velocidad máxima con la velocidad mínima de rotación de  base  del  rotor  de  cada  uno de los contadores del mismo modelo no deberá sobrepasar 1,5 .</p>
    <p class="parrafo">CAPITULO II - PRESCRIPCIONES TECNICAS</p>
    <p class="parrafo">2 . PRESCRIPCIONES MECANICAS</p>
    <p class="parrafo">2.1 . Generalidades</p>
    <p class="parrafo">Los  contadores  deberán  diseñarse  o  fabricarse  de  forma  que , en servicio normal  y  en  condiciones  normales  de  uso quede excluida toda posibilidad de peligro , para garantizar , en particular :</p>
    <p class="parrafo">- la protección de las personas contra las descargas eléctricas ,</p>
    <p class="parrafo">-  la  protección  de  las  personas  contra  los  efectos  de  una  temperatura</p>
    <p class="parrafo">excesiva ,</p>
    <p class="parrafo">- la imposibilidad de la propagación del fuego .</p>
    <p class="parrafo">Todas  las  partes  del  contador  que  estén  expuestas  a  la  corrosión  , en condiciones  normales  de  uso  ,  deberán  protegerse  eficazmente  . Las capas protectoras  no  deberán  poder  sufrir  desperfectos durante las manipulaciones normales  ,  ni  tampoco  deberán  deteriorarse  por  la  exposición  al aire en condiciones normales de uso .</p>
    <p class="parrafo">El  contador  deberá  poseer  una  solidez  mecánica  suficiente  y ser capaz de resistir  las  temperaturas  elevadas  que  puedan alcanzarse en las condiciones normales de uso .</p>
    <p class="parrafo">Los  elementos  deberán  fijarse  convenientemente  con  el fin de evitar que se produzcan aflojamientos durante el transporte o en el servicio normal .</p>
    <p class="parrafo">Los  enlaces  eléctricos  deberán  establecerse  de  forma  que  el  circuito no pueda  interrumpirse  en  ningún  caso  ,  incluso aunque se den las condiciones de sobrecarga a las que se refiere la presente Directiva .</p>
    <p class="parrafo">El  contador  deberá  fabricarse  de  manera  que  se  reduzcan  al  mínimo  los riesgos  de  cortocircuito  entre  las  partes  sometidas a tensión y las partes conductoras  accesibles  como  consecuencia  de  un aflojamiento accidental o el desajuste de una bobina , de un tornillo , etc .</p>
    <p class="parrafo">2.2 . La caja</p>
    <p class="parrafo">La  caja  del  contador  deberá ser prácticamente hermética con el fin de evitar la   entrada   de  polvo  .  Dicha  caja  deberá  poder  sellarse  con  plomo  o precintarse  de  manera  que  los  órganos internos del contador sólo puedan ser accesibles después de levantar dichos precintos .</p>
    <p class="parrafo">La  tapa  sólo  deberá  poder  levantarse  con  ayuda  de un objeto cualquiera , como un utensilio o una moneda .</p>
    <p class="parrafo">La   caja   deberá   estar   fabricada   y   diseñada  de  manera  que  el  buen funcionamiento  del  contador  no  pueda  verse  perturbado por deformaciones no permanentes .</p>
    <p class="parrafo">Los   contadores   destinados  a  intercalarse  en  una  red  cuya  tensión  sea superior  a  250  voltios  en  relación  con  la tierra y cuya caja posea partes metálicas accesibles , deberán poseer un borne de protección .</p>
    <p class="parrafo">Los  contadores  ,  cuya  tensión sea inferior o igual a 250 voltios en relación con  la  tierra  y  cuya  caja posea partes metálicas accesibles , deberán poder conectarse a una toma de tierra .</p>
    <p class="parrafo">2.3 . Ventanillas</p>
    <p class="parrafo">Si  la  caja  del  contador  no  fuere transparente , deberá poseer una o varias ventanillas  para  la  lectura  del  elemento  registrador  y la observación del movimiento  del  rotor  .  Estas  ventanillas  deberán ir cerradas con placas de materia transparente que no podrán levantarse sin romper el precinto .</p>
    <p class="parrafo">2.4 . Bornes - placas de bornes</p>
    <p class="parrafo">Los  bornes  deberán  agruparse  en  una  o  varias  placas  de  bornes  de  una resistencia mecánica suficiente .</p>
    <p class="parrafo">Deberán permitir la fijación de conductores rígidos o de cables .</p>
    <p class="parrafo">Los  bornes  de  tensión  deberán ser fácilmente desconectables de los bornes de entrada de la corriente .</p>
    <p class="parrafo">El  empalme  de  los  conductores con los bornes deberá realizarse de manera que se  logre  un  contacto  suficiente  y duradero , a fin de evitar los riesgos de</p>
    <p class="parrafo">aflojamiento   o  de  recalentamiento  excesivo  .  Los  agujeros  del  material aislante  que  se  encuentran  en  la prolongación de los agujeros de los bornes ,   deberán   poseer  dimensiones  suficientes  para  que  se  pueda  introducir fácilmente el aislante de los conductores .</p>
    <p class="parrafo">Observación</p>
    <p class="parrafo">La  placa  de  los  bornes deberá fabricarse con materiales que se ajusten a las pruebas  de  la  recomendación  del  apartado  6  de la ISO R 75 ( 1958 ) , para una temperatura de 135 ° C .</p>
    <p class="parrafo">2.5 . Cubierta de los bornes</p>
    <p class="parrafo">Los  bornes  del  contador  deberán estar protegidos por una cubierta que deberá poderse precintar independientemente de la cubierta del contador .</p>
    <p class="parrafo">Cuando  el  contador  esté  montado  sobre  su soporte , no deberá poderse tener acceso  a  los  bornes  sin  romper los precintos de la cubierta de los bornes . Por  consiguiente  ,  dicha  cubierta  deberá  cubrir  la  placa  de bornes , el tornillo  que  sujeta  los  conductores  en  los  bornes  y  ,  en su caso , una longitud suficiente de los conductores de conexión y de sus aislantes .</p>
    <p class="parrafo">2.6 . Dispositivo registrador</p>
    <p class="parrafo">El dispositivo registrador podrá ser de rodillos o de agujas .</p>
    <p class="parrafo">La unidad del dispositivo registrador será el kilovatio-hora .</p>
    <p class="parrafo">En   los   dispositivos   registradores   de   rodillos   ,   se  inscribirá  la correspondiente unidad cerca del conjunto de los rodillos .</p>
    <p class="parrafo">En  los  dispositivos  registradores  de  agujas  , los cuadrantes deberán estar divididos  en  diez  partes  iguales ( con excepción del último , como se indica más  adelante  )  y  numerados  de  cero  a  nueve  . Cerca del cuadrante de las unidades  deberá  inscribirse  :  1 d 1 kWh y cerca de los demás cuadrantes , el número  de  kilovatios  hora  que  corresponda a una división decimal , es decir 10 , 100 , 1 000 y 10 000 .</p>
    <p class="parrafo">El  cuadrante  de  los  dispositivos registradores de agujas o el rodillo de los dispositivos   registradores   de   rodillos  ,  que  indiquen  décimas  de  las unidades de lectura , deberán enmarcarse de color o colorearse .</p>
    <p class="parrafo">El  último  cuadrante  o  el  rodillo  de  rotación  continua  que  indique  los valores  más  bajos  ,  deberá  graduarse  en  cien  intervalos  iguales  , o de cualquier otra manera que asegure una precisión de lectura análoga .</p>
    <p class="parrafo">El  dispositivo  registrador  registrará  , a partir de cero y durante un mínimo de  1  500  horas  ,  la  energía correspondiente a la corriente máxima , con la tensión de referencia y el factor de potencia unidad .</p>
    <p class="parrafo">Todas  las  indicaciones  que  figuren en el dispositivo registrador deberán ser indelebles y fácilmente legibles .</p>
    <p class="parrafo">2.7 . Sentido de rotación del rotor y marcas</p>
    <p class="parrafo">La  parte  anterior  del  rotor  , para un observador que se coloque delante del contador  y  lo  observe  ,  deberá  desplazarse  de  izquierda a derecha . Este sentido  deberá  indicarse  mediante  una  flecha  fija  ,  claramente visible e indeleble .</p>
    <p class="parrafo">El  borde  o  el  borde  y  la parte superior del disco deberán llevar una marca principal  de  anchura  comprendida  entre una vigésima y una trigésima parte de la circunferencia del disco para poder contar el número de vueltas .</p>
    <p class="parrafo">El  disco  podrá  llevar  también  marcas  mediante  las  que se puedan efectuar ensayos   estroboscópicos   o   de   otro   tipo  .  Dichas  marcas  no  deberán</p>
    <p class="parrafo">obstaculizar  el  empleo  de  la  marca principal cuando ésta se utilice para el recuento fotoeléctrico del número de vueltas del disco .</p>
    <p class="parrafo">3 . PRESCRIPCIONES ELECTRICAS</p>
    <p class="parrafo">3.1 . Consumo de los circuitos</p>
    <p class="parrafo">3.1.1 . Circuitos de tensión</p>
    <p class="parrafo">La  potencia  absorbida  por  cada  circuito de tensión respecto a la tensión de referencia  ,  la  frecuencia  de  referencia  y la temperatura de referencia no deberá  sobrepasar  2  W  y  8  VA con corriente monofásica , ni 2 W y 10 VA con corriente polifásica .</p>
    <p class="parrafo">3.1.2 . Circuitos de corriente</p>
    <p class="parrafo">En  los  contadores  cuya  corriente  de  base sea inferior a 30 A , la potencia aparente  absorbida  por  cada  circuito  de corriente , respecto a la corriente de  base  ,  la  frecuencia  de  referencia  y la temperatura de referencia , no deberá  rebasar  los  2,5  VA  . Respecto a corrientes de base más elevadas , no deberá sobrepasar los 5 VA .</p>
    <p class="parrafo">3.2 . Calentamiento</p>
    <p class="parrafo">En  condiciones  normales  de  uso  ,  las  bobinas  y  los aislantes no deberán alcanzar temperaturas que puedan alterar el funcionamiento del contador .</p>
    <p class="parrafo">Cuando  cada  circuito  de  corriente  conduzca  una  corriente  máxima  y  cada circuito  de  tensión  (  así  como  los  circuitos  auxiliares que se alimentan durante  períodos  de  duración  superior a la de su constante de tiempo térmico )  se  alimente  con  una  tensión  de  1,2  veces la tensión de referencia , el calentamiento  (  D  t  )  de  los  diferentes  elementos del contador no deberá rebasar  los  valores  indicados  en  el cuadro que se reseña a continuación , a una temperatura ambiente no superior a 40 ° C .</p>
    <p class="parrafo">La  prueba  deberá  durar  dos  horas  y  el  contador  no  deberá  exponerse  a corrientes de aire ni a radiaciones solares directas .</p>
    <p class="parrafo">Partes del contador Dt en ° C</p>
    <p class="parrafo">Bobinas 60</p>
    <p class="parrafo">Superficies exteriores de la caja 25</p>
    <p class="parrafo">Además  ,  después  de  las pruebas , el contador no deberá haber sufrido ningún daño  y  habrá  de  satisfacer  las  pruebas  con la tensión alterna a la que se refiere el número 3.3.3 .</p>
    <p class="parrafo">El   calentamiento   de  las  bobinas  deberá  determinarse  por  el  método  de variación   de   resistencia   (   véase   la   publicación   28  de  la  CEI  « Especificación internacional de un cobre-tipo recocido » ) .</p>
    <p class="parrafo">Para   la   medición  de  la  resistencia  del  circuito  ,  las  conexiones  de alimentación  del  contador  deberán  tener  por  lo  menos  una longitud de 100 centímetros  y  una  sección  mediante  la  que se consiga que la densidad de la corriente  sea  inferior  a  4  A/mm²  . La medición de variación de resistencia deberá efectuarse al nivel de las conexiones de la caja de bornes .</p>
    <p class="parrafo">3.3 . Cualidades dieléctricas</p>
    <p class="parrafo">El  contador  y  sus  dispositivos  auxiliares  incorporados  ,  en  caso de que existen   ,   deberán   conservar   cualidades  dieléctricas  satisfactorias  en condiciones   normales   de   uso   ,   teniendo   en   cuenta  las  influencias atmosféricas  y  las  diferentes  tensiones  a  las  que  estén sus circuitos en servicio ordinario .</p>
    <p class="parrafo">Por   consiguiente   ,   el  contador  deberá  resistir  sin  daño  las  pruebas</p>
    <p class="parrafo">dieléctricas a las que se alude en los números 3.3.2 y 3.3.3 .</p>
    <p class="parrafo">Dichas  pruebas  deberán  efectuarse  únicamente  en un contador nuevo , montado ,  con  la  cubierta  del  contador  (  excepto  en los casos que se señalen más adelante  )  y  la  de  los bornes colocada en su sitio , y con los tornillos de sujeción  de  los  conductores  en  la posición correspondiente a la posición de sujeción del conductor de máxima sección admisible en los bornes .</p>
    <p class="parrafo">El  conjunto  de  dichas  pruebas sólo se realizará una vez en un mismo contador ,  con  arreglo  a  las  modalidades  que  se indican en la publicación 60 de la CEI « Pruebas de alta tensión ( 1962 ) » .</p>
    <p class="parrafo">Nota  :  Cuando  la  disposición  de los bornes de un contador sea distinta a la del   contador   que  se  somete  a  aprobación  ,  las  pruebas  de  cualidades dieléctricas deberán efectuarse de nuevo .</p>
    <p class="parrafo">En  relación  con  dichas  pruebas  ,  el  término  masa  tiene la significación siguiente :</p>
    <p class="parrafo">a  )  en  el  caso de los contadores de caja totalmente metálica , la masa es la propia caja colocada sobre una placa metálica ;</p>
    <p class="parrafo">b  )  en  el  caso de contadores de caja totalmente aislante , o sólo en parte , la  masa  es  una  hoja  conductora  que  envuelve el contador , conectada a una placa metálica plana sobre la cual se coloca la base del contador .</p>
    <p class="parrafo">Cuando  lo  permita  la  cubierta  de  los  bornes  ,  la hoja conductora deberá dejar  alrededor  de  los  agujeros  de  paso  de  los conductores de la caja de bornes una distancia del orden de 2 cm .</p>
    <p class="parrafo">En  las  pruebas  de  tensión de choque y de tensión alterna , los circuitos que no  se  sometan  a  la tensión de pruebas se conectarán , según los casos , bien al armazón , bien a la masa , en la forma en que se señala más adelante .</p>
    <p class="parrafo">Se  efectuarán  en  primer  lugar  las  pruebas de tensión de choque , y después las de tensión alterna .</p>
    <p class="parrafo">Durante  las  pruebas  ,  no  deberán  producirse  contorneamientos  , descargas disruptivas ni perforaciones .</p>
    <p class="parrafo">Después  de  la  prueba  ,  la  variación  del error en porcentaje no deberá ser superior a la incertidumbre de medición .</p>
    <p class="parrafo">En  este  número  ,  se  designará  en  adelante  por  «  todos  los bornes » en conjunto  de  bornes  de  los  circuitos  de  corriente  ,  de  los circuitos de tensión  y  ,  en  su  caso  ,  de  los  circuitos  auxiliares  cuya  tensión de referencia sea superior a 40 V .</p>
    <p class="parrafo">3.3.1   .   Condiciones   generales   para   las   pruebas   de  las  cualidades dieléctricas</p>
    <p class="parrafo">Las  pruebas  deberán  efectuarse  en  condiciones  normales  de  uso  .  En  el momento  de  la  prueba  ,  se podrá alterarse la calidad del aislamiento por la presencia de polvo o humedad anormal .</p>
    <p class="parrafo">Salvo   especificaciones   contrarias   ,  las  condiciones  normales  para  las pruebas de aislamientos serán las siguientes :</p>
    <p class="parrafo">- temperatura ambiente 15 a 25 ° C</p>
    <p class="parrafo">- humedad relativa 45 a 75 %</p>
    <p class="parrafo">- presión atmosférica 86 · 103 a 106 · 103 Pa ( 860 a 1 060 milibares )</p>
    <p class="parrafo">3.3.2 . Pruebas de tensión de choque</p>
    <p class="parrafo">Las  pruebas  de  tensión  de  choque  tienen  por  finalidad  determinar  si el contador  puede  o  no  resistir  sin daño sobretensiones de corta duración pero</p>
    <p class="parrafo">de valor elevado .</p>
    <p class="parrafo">Nota  :  Las  pruebas  ,  de  acuerdo  con  el  número  3.3.2.1  ,  tendrán como finalidad  esencial  asegurar  ,  por  una parte , la calidad del aislamiento de las  bobinas  de  tensión  entre  las  espiras  o  entre  las capas y , por otra parte  ,  la  del  aislamiento  entre  los diferentes circuitos del contador que estén  conectados  ,  en  el servicio normal , a conductores de fases diferentes de la red , entre las que puedan producirse sobretensiones .</p>
    <p class="parrafo">La  prueba  del  número  3.3.2.2  está  destinada  a  comprobar  globalmente  el estado  del  aislamiento  del  conjunto de los circuitos eléctricos del contador en  relación  con  la  masa . Dicho aislamiento representa un factor esencial de seguridad para las personas en caso de sobretensiones en la red .</p>
    <p class="parrafo">La  energía  del  generador  que  se utilice para dichas pruebas deberá elegirse conforme  a  las  prescripciones  correspondientes  de  la  publicación 60 de la CEI  .  La  forma  de  onda  será  la de la tensión de choque normal 1,2/50 y su valor  de  punta  será  de  6  kV  .  En  cada  prueba , la tensión de choque se aplicará diez veces sin inversión de polaridad .</p>
    <p class="parrafo">3.3.2.1  .  Prueba  de  aislamiento de los circuitos de tensión y de aislamiento entre circuitos</p>
    <p class="parrafo">La  prueba  se  efectuará  independientemente  en  cada circuito ( o conjunto de circuitos  )  que  ,  en  servicio normal , se encuentre aislado en relación con los  demás  circuitos  del  contador  . Los bornes de los circuitos que no estén sometidos a la tensión de choque se conectarán a la masa .</p>
    <p class="parrafo">De  este  modo  ,  cuando en servicio normal la bobina de tensión y la bobina de corriente  de  un  elemento  motor  estén  conectados  ,  la prueba se efectuará sobre  el  conjunto  formado  por  ambas  .  En  tal  caso , el otro extremo del circuito  de  tensión  se  conectará  a  la  masa  ,  y  la tensión de choque se aplicará entre el borne de corriente y la masa .</p>
    <p class="parrafo">Cuando  varios  circuitos  de  tensión  de  un  contador posean un punto común , este  último  estará  conectado  a  la masa , y la tensión de choque se aplicará sucesivamente  entre  cada  una  de  las  conexiones  libres  ( o el circuito de corriente conectado a ella ) y la masa .</p>
    <p class="parrafo">Los  circuitos  auxiliares  destinados  a  ser  alimentados  directamente por la red  o  por  los  mismos  transformadores  de  tensión  que  los  circuitos  del contador  ,  y  cuya  tensión  de  referencia sea superior a 40 V se someterán a la  prueba  de  tensión  de  choque  en  las  mismas  condiciones que las que se indican  más  arriba  para  los  circuitos  de  tensión  .  Los  demás circuitos auxiliares no se someterán a dicha prueba .</p>
    <p class="parrafo">3.3.2.2  .  Prueba  de  aislamiento  de los circuitos eléctricos en relación con la masa</p>
    <p class="parrafo">Todos  los  bornes  de  los circuitos eléctricos del contador , con excepción de los  circuitos  auxiliares  cuya  tensión  de  referencia sea inferior o igual a 40 V , estarán conectados entre sí .</p>
    <p class="parrafo">Los  circuitos  auxiliares  cuya  tensión  de  referencia sea inferior o igual a 40 V , estarán conectados a la masa .</p>
    <p class="parrafo">La  tensión  de  choque  se aplicará entre la masa y el conjunto formado por los circuitos eléctricos del contador .</p>
    <p class="parrafo">3.3.3 . Prueba con tensión alterna</p>
    <p class="parrafo">Las  pruebas  con  tensión  alterna deberán efectuarse con arreglo al cuadro que</p>
    <p class="parrafo">se indica a continuación .</p>
    <p class="parrafo">La  tensión  de  prueba  deberá ser prácticamente sinusoidal , de una frecuencia de 50 Hz , se aplicará durante un minuto .</p>
    <p class="parrafo">La potencia de la fuente no deberá ser inferior a 500 VA .</p>
    <p class="parrafo">Durante  las  pruebas  A  y  B  del  cuadro  que  se indica a continuación , los circuitos  que  no  estén  sometidos  a  la  tensión  de prueba se conectarán al armazón .</p>
    <p class="parrafo">Durante  las  pruebas  en  relación  con  la  masa , pruebas C dentro del cuadro que   se  indica  continuación  ,  los  circuitos  auxiliares  cuya  tensión  de referencia sea inferior o igual a 40 V estarán conectados a la masa .</p>
    <p class="parrafo">Valor  eficaz  de  la  tensión  de  prueba Puntos de aplicación de la tensión de prueba</p>
    <p class="parrafo">A  .  Pruebas  que  podrán  efectuarse sin la cubierta del contador ni la de los bornes</p>
    <p class="parrafo">- entre , por una parte , la armazón y , por otra :</p>
    <p class="parrafo">2  kV  a  )  cada  conjunto  de  bobinas  corriente-tensión de un mismo elemento motor  que  ,  en  servicio  normal , estén conectadas entre sí , pero que estén separadas y convenientemente aisladas en relación con los demás circuitos</p>
    <p class="parrafo">2  kV  b  )  cada  circuito  auxiliar  o  conjunto  de  circuitos auxiliares que posean un punto común , cuya tensión de referencia sea superior a 40 V</p>
    <p class="parrafo">500  V  c  )  cada  circuito  auxiliar cuya tensión de referencia sea inferior o igual a 40 V</p>
    <p class="parrafo">600  V  o  dos  veces  la  tensión de referencia aplicada a la bobina de tensión en  las  condiciones  de  referencia  cuando  ésta  sea  mayor de 300 V ( la más elevada  de  las  dos  )  B  .  Pruebas que podrán efectuarse sin la cubierta de los  bornes  ,  si  bien  la  cubierta  del  contador  deberá  estar en su sitio cuando sea metálica</p>
    <p class="parrafo">-  entre  el  circuito  de  corriente  y el circuito de tensión de cada elemento motor  ,  normalmente  conectados  entre  sí  ,  debiendo  estar  esta  conexión temporalmente interrumpida para la prueba ( )</p>
    <p class="parrafo">C  .  Prueba  que  deberá  efectuarse  con la caja cerrada , y con las cubiertas del contador y de los bornes en su sitio</p>
    <p class="parrafo">2  kV  -  entre  , por una parte , todos los circuitos de corriente y de tensión ,  así  como  los  circuitos  auxiliares cuya tensión de referencia sea superior a 40 V conectados entre sí , y por otra , la masa del contador</p>
    <p class="parrafo">(  )  No  se  trata  ,  estrictamente  hablando  ,  de  una  prueba  de  rigidez dieléctrica  ,  sino  de  comprobar  que  las  distancias  de  aislamiento  sean suficientes cuando el dispositivo de conexión esté abierto .</p>
    <p class="parrafo">4 . INDICACIONES QUE DEBERAN LLEVAR LOS CONTADORES</p>
    <p class="parrafo">4.1 . Placas descriptivas</p>
    <p class="parrafo">Los  contadores  deberán  llevar  una  placa descriptiva que podrá ser , bien el cuadrante  del  dispositivo  registrador  ,  bien  una  placa fijada al interior del contador .</p>
    <p class="parrafo">Dichas  placas  deberán  llevar  inscritas  las  indicaciones que a continuación se  reseñan  ,  de  manera  que  resulten  indelebles  ,  fácilmente  legibles y visibles desde el exterior :</p>
    <p class="parrafo">a ) la marca de identificación del fabricante o su razón social ;</p>
    <p class="parrafo">b ) la designación del modelo ;</p>
    <p class="parrafo">c ) el signo de la aprobación CEE de modelo del contador ;</p>
    <p class="parrafo">d  )  la  designación  del  número  y  la disposición de los elementos motores , sea  en  la  forma  : monofásico de dos hilos , trifásico de cuatro hilos , etc. ,  sea  utilizando  símbolos  que se atengan a una norma armonizada en el ámbito comunitario ;</p>
    <p class="parrafo">e ) la tensión de referencia ;</p>
    <p class="parrafo">f  )  la  corriente  de base y la corriente máxima , en forma : 10 - 40 A o 10 ( 40 ) A ;</p>
    <p class="parrafo">g ) la frecuencia de referencia en la forma de 50 Hz ;</p>
    <p class="parrafo">h ) la constante del contador en una de las formas : x Wh/tr o x tr/kWh ;</p>
    <p class="parrafo">i ) el número del contador y su año de fabricación ;</p>
    <p class="parrafo">j ) la temperatura de referencia , si difiriere de 23 ° C .</p>
    <p class="parrafo">El  contador  podrá  ,  además , llevar consignado el lugar de fabricación , una designación   comercial   ,  un  número  especial  de  orden  ,  el  nombre  del distribuidor   de  electricidad  ,  una  marca  de  conformidad  con  una  norma europea   y   el   número  que  identifique  el  esquema  de  conexión  .  Salvo autorización   especial   ,   queda   prohibida   cualquier  otra  indicación  o inscripción .</p>
    <p class="parrafo">4.2 . Esquema de conexión y marcado de los bornes</p>
    <p class="parrafo">Cada  contador  deberá  estar  provisto  de  un  esquema  de conexión fácilmente identificable  ,  que  indicará  la  correspondencia entre los bornes de empalme ,  incluyendo  los  bornes  de  los  dispositivos  auxiliares  ,  y las diversas fases  de  los  conductores  que  haya  que  empalmar  .  El esquema de conexión podrá  ir  acompañado  de  un  número que se estampará en la placa descriptiva . Cuando  los  bornes  del  contador  lleven  marcas  consignadas  , éstas deberán reproducirse  en  el  esquema  .  Se  admite  sustituir los esquemas de conexión por  un  número  de  referencia  establecido  en  la  norma  nacional del Estado miembro en el que haya de utilizarse el contador .</p>
    <p class="parrafo">CAPITULO III - PRESCRIPCIONES METROLOGICAS</p>
    <p class="parrafo">5 . PRESCRIPCIONES METROLOGICAS</p>
    <p class="parrafo">5.1 . Errores máximos tolerados</p>
    <p class="parrafo">En  las  condiciones  de  referencia descritas en el número 5.2 , los contadores para  corriente  monofásica  (  en adelante denominados contadores monofásicos ) y   los   contadores   para  corriente  polifásica  (  en  adelante  denominados contadores  polifásicos  )  con  cargas  equilibradas  no deberán sobrepasar los errores  que  se  indican  en el cuadro I , y los contadores polifásicos con una sola  fase  cargada  (  en  tensiones  equilibradas  ) no deberán sobrepasar los errores que se indican en el cuadro II .</p>
    <p class="parrafo">CUADRO I</p>
    <p class="parrafo">Valor  de  la  corriente  Factor  de potencia Errores máximos tolerados en más y en menos</p>
    <p class="parrafo">0,05 I b 1 2,5 %</p>
    <p class="parrafo">0,1 I b I I máx 1 2 %</p>
    <p class="parrafo">0,1 I b 0,5 inductivo 2,5 %</p>
    <p class="parrafo">0,2 I b I I máx 0,5 inductivo 2 %</p>
    <p class="parrafo">CUADRO II</p>
    <p class="parrafo">Valor  de  la  corriente  Factor  de potencia Errores máximos tolerados en más y en menos</p>
    <p class="parrafo">0,2 I b I I b 1 3 %</p>
    <p class="parrafo">I b I I máx 1 4 %</p>
    <p class="parrafo">I b 0,5 inductivo 3 %</p>
    <p class="parrafo">En  la  corriente  de  base  y  con  un  factor  de  potencia  igual  a  1  , la diferencia  entre  el  error  del  contador con una sola fase cargada y el error en   tanto  por  ciento  con  las  cargas  polifásicas  equilibradas  no  deberá sobrepasar el 2,5 % .</p>
    <p class="parrafo">Observación  :  Deberá  entenderse  que  la  carga  monofásica  de  un  contador trifásico  sólo  afecta  a  una sola tensión de estrella en un sistema de cuatro conductores  (  de  los  que uno será neutro ) o a una sola tensión compuesta en un  sistema  de  tres  conductores ( sin conductor neutro ) . En todos los casos , el sistema completo de tensiones deberá aplicarse al contador .</p>
    <p class="parrafo">5.2 . Condiciones de referencia</p>
    <p class="parrafo">Las  pruebas  para  la  determinación  de  los  errores  y de las variaciones de error  en  función  de  las  magnitudes de influencia deberán efectuarse , salvo que  expresamente  se  mencione  lo contrario en éste Anexo , en las condiciones de referencia siguientes :</p>
    <p class="parrafo">a ) el contador deberá estar cerrado , es decir , provisto de su cubierta ;</p>
    <p class="parrafo">b  )  cuando  el  contador  posea  dispositivos registradores de rodillos , sólo deberá   ponerse  en  funcionamiento  el  rodillo  que  gire  más  velozmente  , incluso aunque no sea visible ;</p>
    <p class="parrafo">c  )  antes  de  proceder  a  cualquier  medición  , deberá aplicarse la tensión durante  por  lo  menos  una hora , y las corrientes de medida deberán regularse cada  una  mediante  valores  progresivamente  crecientes  o  decrecientes  ,  y aplicarse  durante  un  tiempo  suficiente para que la velocidad de rotación del rotor se establece ;</p>
    <p class="parrafo">Además , respecto a los contadores polifásicos :</p>
    <p class="parrafo">d  )  el  orden  de  las fases deberá corresponder a la secuencia directa ( como se indica en el esquema de conexión ) ;</p>
    <p class="parrafo">e  )  las  tensiones  y  las corrientes deberán estar prácticamente equilibradas , es decir , que :</p>
    <p class="parrafo">-  cada  una  de  las  tensiones  simples  o compuestas no deberá diferir en más del 1 % de la media de las tensiones correspondientes ;</p>
    <p class="parrafo">-  cada  una  de  las  corrientes de los conductores no habrá de diferir más del 2 de la media de dichas corrientes ;</p>
    <p class="parrafo">-  los  desfases  que  presente  cada una de dichas corrientes con la tensión de estrella  correspondiente  no  deberán  diferir  entre  sí  en  más  del  2  % , cualquiera que sea el factor de potencia .</p>
    <p class="parrafo">En  el  cuadro  III  se  indican  los valores de referencia de las magnitudes de influencia .</p>
    <p class="parrafo">CUADRO III</p>
    <p class="parrafo">Magnitudes de influencia Valores de referencia Tolerancias</p>
    <p class="parrafo">Temperatura  ambiente  Temperatura  de  referencia  o  , a falta de indicación , 23 ° C ± 2 ° C</p>
    <p class="parrafo">Posición de funcionamiento Posición vertical de funcionamiento (1) ± 0,5 °</p>
    <p class="parrafo">Tensión Tensión de referencia ± 1,0 %</p>
    <p class="parrafo">Frecuencia Frecuencia de referencia 50 Hz ± 0,5 %</p>
    <p class="parrafo">Forma  de  onda  Tensión  y corriente sinusoidales Factor de distorsión inferior</p>
    <p class="parrafo">o igual a 3 %</p>
    <p class="parrafo">Inducción  magnética  de  origen  externo  con  50  Hz  Inducción magnética nula Valor  de  la  inducción  que  no  provoque  una  variación  del  error relativo superior a 0,3 % (2)</p>
    <p class="parrafo">(1) Determinación de la posición vertical de funcionamiento .</p>
    <p class="parrafo">La  construcción  y  el  montaje del contador deberán realizarse de forma que la posición   vertical   quede   asegurada   (   en   los   dos  planos  verticales perpendiculares de adelante a atrás y de izquierda a derecha ) cuando</p>
    <p class="parrafo">a ) la base del contador se aplique contra una pared vertical ;</p>
    <p class="parrafo">b  )  y  una  arista  de  referencia  (  como  la arista inferior de la placa de bornes ) o una línea de referencia marcada en el contador , sea horizontal .</p>
    <p class="parrafo">(2)  El  método  de  prueba  para  efectuar  dicha comprobación consistirá en lo siguiente :</p>
    <p class="parrafo">a  )  en  los  contadores  monofásicos  ,  se determinarán los errores , primero con  el  contador  conectado  normalmente  a  la  red  ,  y después , tras haber invertido  las  conexiones  de  los  circuitos  de  corriente  y de tensión . La mitad  de  la  diferencia  entre  ambos errores será el valor de la variación de error  .  Ya  que  no  se  conoce la fase del campo exterior , el control deberá efectuarse  con  0,1  I  b  para el factor de potencia igual a la unidad , y con 0,2 I b para el factor de potencia 0,5 ;</p>
    <p class="parrafo">b  )  en  los  contadores  polifásicos , se procederá a efectuar tres mediciones con  0,1  I  b  y  un  factor  de  potencia  1  ; después de cada medición , las conexiones  a  los  circuitos  de  corriente  y de tensión se permutarán 120 ° , sin  cambiar  la  secuencia  de  las  fases  . La mayor de las diferencias entre cada  uno  de  los  errores así medidos y su media será el valor de la variación del error .</p>
    <p class="parrafo">5.3 . Efectos de magnitudes de influencia</p>
    <p class="parrafo">Las   variaciones  del  error  se  determinarán  respecto  a  cada  una  de  las magnitudes  de  influencia  en  las condiciones que se reseñan en el cuadro IV , debiéndose respetar también todas las demás condiciones del número 5.2 .</p>
    <p class="parrafo">CUADRO IV</p>
    <p class="parrafo">Magnitud  de  influencia  Naturaleza  y  condición  de  las  pruebas  Factor  de potencia Valor máximo del coeficiente de temperatura media en más o en menos</p>
    <p class="parrafo">Temperatura (1) 0,1 I b I I máx 1 0,1 % K</p>
    <p class="parrafo">0,2 I b I I máx 0,5 inductivo 0,15 % K</p>
    <p class="parrafo">(1)  Para  una  temperatura  dada  comprendida  entre 10 y 30 ° C , el valor del coeficiente  de  temperatura  medio  se  determinará respecto a una zona de 20 ° C centrado sobre dicha temperatura .</p>
    <p class="parrafo">Magnitud  de  influencia  Naturaleza  y  condición  de  las  pruebas  Factor  de potencia Valor máximo del coeficiente de temperatura media en más o en menos</p>
    <p class="parrafo">Text fehlt</p>
    <p class="parrafo">Posición  Para  una  inclinación  de  3  °  en  relación  con la vertical en una dirección cualquiera :</p>
    <p class="parrafo">I = 0,05 I b 1 3 %</p>
    <p class="parrafo">I = I b I = I máx 1 0,5 %</p>
    <p class="parrafo">Tensión  Para  una  variación  del  10  %  en  más o en menos en relación con la tensión de referencia :</p>
    <p class="parrafo">I = 0,1 I b 1 1,5 %</p>
    <p class="parrafo">I = 0,5 I máx 1 1 %</p>
    <p class="parrafo">I = 0,5 I máx 0,5 inductivo 1,5 %</p>
    <p class="parrafo">Frecuencia  Para  una  variación  del  5 % en más o en menos en relación a 50 Hz :</p>
    <p class="parrafo">I = 0,1 I b 1 1,5 %</p>
    <p class="parrafo">I = 0,5 I máx 1 1,3 %</p>
    <p class="parrafo">I = 0,5 I máx 0,5 inductivo 1,5 %</p>
    <p class="parrafo">Forma  de  onda  (1)  Para  un aumento de 10 % de la armónica de tercer orden en la onda de corriente :</p>
    <p class="parrafo">I = I b 1 0,8 %</p>
    <p class="parrafo">Inducción  magnética  de  origen  externo  (2)  Para  una inducción magnética de 0,5   mT   ,   a   la   frecuencia  de  referencia  ,  en  las  condiciones  más desfavorables de fase y de dirección :</p>
    <p class="parrafo">I = I b 1 3 %</p>
    <p class="parrafo">Orden  de  las  fases  inversas  Para  una  inversión  del  orden directo de las fases :</p>
    <p class="parrafo">I = 0,05 I b I I máx carga equilibrada 1 1,5 %</p>
    <p class="parrafo">I = 0,5 I b una sola fase de carga 1 2 %</p>
    <p class="parrafo">Campo magnético de un accesorio I = 0,05 I b 1 1 %</p>
    <p class="parrafo">Carga  mecánica  del  dispositivo  o dispositivos registradores (3) I = 0,05 I b 1 2 %</p>
    <p class="parrafo">(1)  Cuando  se  proceda  a  la  determinación  de  una  variación  de  error en función  de  la  forma  de  onda  ,  el  contenido  en  armónicos  de la onda de tensión  deberá  ser  inferior  al  1 % , y la fase del armónico de tercer orden insertado en la onda de corriente deberá variar de cero a 360 ° .</p>
    <p class="parrafo">(2)  Se  obtendrá  la  inducción  requerida  en el centro de una bobina circular de  1  m  de  diámetro medio , de sección cuadrada , de espesor radial escaso en relación   con   el  diámetro  y  de  fuerza  magnetomotriz  equivalente  a  400 amperios vueltas .</p>
    <p class="parrafo">(3)   La  influencia  de  la  carga  mecánica  del  dispositivo  registrador  se compensará en el momento en que se proceda al ajuste del contador .</p>
    <p class="parrafo">5.4 . Efecto de las fuertes sobrecargas de corta duración</p>
    <p class="parrafo">El  circuito  de  prueba  deberá  ser  prácticamente  no  inductivo . Después de aplicar  la  sobrecarga  de  corta  duración  ,  manteniéndose la tensión en los bornes  del  contador  ,  deberá  dejarse  éste  en  reposo  durante  el  tiempo suficiente  para  que  pueda  recobrar la temperatura inicial ( alrededor de una hora ) .</p>
    <p class="parrafo">Los  contadores  deberán  ser  capaces  de  resistir  un  impulso de corriente ( obtenido  ,  por  ejemplo  ,  por  una  descarga del condensador , o de la red , mediante  un  mando  con  tiristores  ) cuyo valor de punta sea igual a 50 veces la  corriente  máxima  (  con  un  máximo  de  7 000 A ) y que conserve un valor superior a 25 veces la corriente máxima ( o 3 500 A ) durante 1 ms .</p>
    <p class="parrafo">Al  terminar  dicha  prueba  , la variación del error deberá ser superior al 1,5 % , con la corriente de base y el factor de potencia unidad .</p>
    <p class="parrafo">5.5 . Variación del error debida al autocalentamiento</p>
    <p class="parrafo">El  contador  ,  después  de  haberse  mantenido  previamente bajo la tensión de referencia  durante  una  hora  por  lo  menos  sin  alimentar  los circuitos de corriente , se pondrá en funcionamiento con la corriente máxima .</p>
    <p class="parrafo">El   error   del  contador  se  medirá  inmediatamente  después  de  ponerlo  en funcionamiento  ,  y  seguirá  midiéndose  a intervalos suficientemente cortos a fin  de  poder  obtener  un  trazado  correcto de la curva de variación de error en función del tiempo .</p>
    <p class="parrafo">La  prueba  deberá  proseguirse  ,  como  mínimo  , durante una hora , y en todo caso  hasta  que  la  variación  observada durante una duración de 20 minutos no sobrepase el 0,2 % .</p>
    <p class="parrafo">La  variación  del  error  debido  al  autocalentamiento , medido como se indica anteriormente  ,  no  deberá  sobrepasar el 1 % para un factor de potencia igual sobrepasar  el  1  %  para un factor de potencia igual a 1 , ni el 1,5 % para un factor de potencia igual a 0,5 .</p>
    <p class="parrafo">5.6 . Marcha de vacío</p>
    <p class="parrafo">En  las  condiciones  que  se indican en el número 5.2 , cuando los circuitos de corriente  del  contador  estén  abiertos  ,  el  rotor no deberá girar de vacío para  un  valor  de  la tensión comprendido entre el 80 y el 110 % de la tensión de  referencia  .  El  rotor podrá girar ligeramente , pero en ningún caso podrá efectuar  una  revolución  .  En  el  caso  de  que  se  utilice  un dispositivo indicador  de  rodillos  ,  dicha  prescripción sólo será válida cuando se ponga en funcionamiento un solo rodillo .</p>
    <p class="parrafo">5.7 . Puesta en marcha</p>
    <p class="parrafo">En  las  condiciones  que  se  reseñan en el número 5.2 , cuando el contador sea atravesado  por  una  corriente  igual  a 0,5 % de la corriente de base , con un factor  de  potencia  igual  a  la  unidad  ,  deberá ponerse en marcha y seguir girando  .  Deberá  comprobarse  que  el  rotor  efectúe una revolución completa sin lugar a dudas .</p>
    <p class="parrafo">En  el  caso  de  que  se utilice un dispositivo registrador de rodillos , dicha prescripción   será  válida  cuando  se  pongan  en  funcionamiento  uno  o  dos rodillos .</p>
    <p class="parrafo">5.8  .  Concordancia  del  dispositivo  registrador  con la constante de lectura del contador</p>
    <p class="parrafo">La  relación  entre  el  número  de  vueltas  del  rotor  y las indicaciones del dispositivo registrador deberá ser correcta .</p>
    <p class="parrafo">5.9 . Márgenes de regulación</p>
    <p class="parrafo">Cuando   el   contador   esté   regulado   para   atenerse   a   las   presentes prescripciones  deberá  poseer  por  lo  menos los márgenes de regulación que se indican a continuación :</p>
    <p class="parrafo">a ) Regulación en régimen elevado :</p>
    <p class="parrafo">el  4  %  en  más  y en menos de la variación de la velocidad del rotor para una corriente  igual  a  la  mitad  de  la  corriente  máxima  ,  con  la tensión de referencia  ,  la  frecuencia  de  50  Hz  y  un  factor  de potencia igual a la unidad .</p>
    <p class="parrafo">b ) Regulación en régimen bajo :</p>
    <p class="parrafo">el  4  %  en  más  y en menos de la variación de la velocidad del rotor , al 5 % de  la  corriente  de  base  ,  con  la  frecuencia  de  50  Hz  , la tensión de referencia y un factor de potencia igual a la unidad .</p>
    <p class="parrafo">c   )   Regulación  en  desfase  (  si  el  contador  lleva  un  dispositivo  de regulación de este tipo ) :</p>
    <p class="parrafo">el  1  %  en  más  y  en menos de la variación de la velocidad del rotor para un</p>
    <p class="parrafo">factor  de  potencia  igual  a  0,5  (  inductivo ) con una corriente igual a la mitad  de  la  corriente  máxima  ,  la  frecuencia  de  50  Hz  y la tensión de referencia .</p>
    <p class="parrafo">CAPITULO IV - APROBACION CEE DE MODELO</p>
    <p class="parrafo">La  aprobación  CEE  de  modelo  de  los  contadores  de  energía  eléctrica  se efectuará   según  las  prescripciones  de  la  Directiva  71/316/CEE  .  En  el presente capítulo se exponen algunas de dichas prescripciones .</p>
    <p class="parrafo">6 . APROBACION CEE DE MODELO</p>
    <p class="parrafo">6.1 . Procedimiento de aprobación de modelo</p>
    <p class="parrafo">6.1.1 . Documentos técnicos</p>
    <p class="parrafo">La   solicitud  de  aprobación  CEE  de  modelo  deberá  ir  acompañada  de  los documentos siguientes :</p>
    <p class="parrafo">- un dibujo de conjunto del contador y , en su caso , una fotografía ;</p>
    <p class="parrafo">-   una  descripción  detallada  de  la  construcción  del  contador  y  de  sus principales elementos ( incluyendo las diferentes variantes ) ;</p>
    <p class="parrafo">-  los  dibujos  de  los  elementos  principales  siguientes  (  incluyendo  sus diferentes variantes ) :</p>
    <p class="parrafo">base , empuñadura y puntos de fijación</p>
    <p class="parrafo">cubierta</p>
    <p class="parrafo">placa de bornes , cubierta de los bornes</p>
    <p class="parrafo">sistema de accionamiento , bobinas y entrehierro</p>
    <p class="parrafo">dispositivo de frenado y su regulación</p>
    <p class="parrafo">dispositivo o dispositivos registradores</p>
    <p class="parrafo">rotor</p>
    <p class="parrafo">soportes superior e inferior del rotor</p>
    <p class="parrafo">dispositivos de compensación de temperatura</p>
    <p class="parrafo">dispositivos de compensación de sobrecarga</p>
    <p class="parrafo">regulación de la carga inductiva</p>
    <p class="parrafo">regulación en régimen de carga débil</p>
    <p class="parrafo">circuitos auxiliares</p>
    <p class="parrafo">placa descriptiva ;</p>
    <p class="parrafo">-  esquema  de  las  conexiones  internas  y externas ( incluyendo los circuitos auxiliares , en el que se muestre el orden de las fases ;</p>
    <p class="parrafo">-  cuadro  de  todas  las  bobinas  de  tensión  y  de corriente , es decir , el número de espiras , la dimensión de los conductores y el aislamiento ;</p>
    <p class="parrafo">-  cuadro  de  las  constantes  y de los pares para todos los valores de tensión y de corriente ;</p>
    <p class="parrafo">-  una  nota  descriptiva  y  dibujos  relativos  al emplazamiento previsto para las marcas de comprobación y los precintos .</p>
    <p class="parrafo">6.1.2  .  Presentación  de  los  contadores  de  muestra  para  la aprobación de modelo</p>
    <p class="parrafo">La   solicitud   de  aprobación  CEE  de  modelo  deberá  ir  acompañada  de  la presentación  de  tres  contadores  que representen el modelo ( véase la letra b ) del número 1.9 ) .</p>
    <p class="parrafo">El   servicio   competente   podrá   solicitar   que   se  presenten  contadores suplementarios cuando :</p>
    <p class="parrafo">-  la  petición  se  refiera  no  sólo a los tres contadores que se prevén en el primer  párrafo  ,  sino  también a una o a varias versiones del mismo ( materia</p>
    <p class="parrafo">con  la  que  está  fabricada  la  caja  ,  dispositivos  eventuales  de  tarifa múltiple  ,  dispositivo  de  teleindicación , dispositivo antirretroceso , etc. )  siempre  y  cuando  puedan  ser  considerados  como pertenecientes a un mismo modelo , en particular cuando la disposición de los bornes sea diferente ;</p>
    <p class="parrafo">-  la  petición  tendrá  por  objeto  hacer extensiva la aprobación de un modelo ya aprobado .</p>
    <p class="parrafo">6.2 . Examen para la aprobación CEE de modelo</p>
    <p class="parrafo">Los  contadores  depositados  deberán  ajustarse  a  las prescripciones técnicas de los puntos 2 , 3 y 4 y a las prescripciones metrológicas del punto 5 .</p>
    <p class="parrafo">No  obstante  ,  para  tener  en  cuenta  los posibles errores de los métodos de muestreo  ,  en  el  trazado  de  las  curvas  de  error  que corresponden a los cuadros  1  y  2  se  admitirá  desplazar  el  eje  de las abscisas , en sentido paralelo  ,  en  un  valor  que  no  sobrepase  el  1  %  , valor que deberá ser constante para todas las curvas .</p>
    <p class="parrafo">6.3 . Puntos de medición para las pruebas de aprobación CEE de modelo</p>
    <p class="parrafo">Durante  las  pruebas  relativas  a las prescripciones metrológicas a las que se alude  en  el  punto  5  , deberán efectuarse mediciones por lo menos respecto a los puntos siguientes :</p>
    <p class="parrafo">-  respecto  a  todos  los  contadores  monofásicos  ,  así  como los contadores polifásicos  que  posean  cargas  equilibradas , con un factor de potencia igual a 1 :</p>
    <p class="parrafo">5  %  ,  10  %  ,  20  %  ,  50 % y 100 % de I b , y todo múltiplo entero de I b hasta I máx ;</p>
    <p class="parrafo">-  respecto  a  todos  los  contadores  monofásicos  ,  así  como los contadores polifásicos  que  posean  cargas  equilibradas , con un factor de potencia igual a 0,5 ( inductivo ) :</p>
    <p class="parrafo">10  %  ,  20  %  , 50 % y 100 % de I b y todo múltiplo entero de I b hasta I máx ;</p>
    <p class="parrafo">- respecto a los contadores polifásicos con una sola fase de carga :</p>
    <p class="parrafo">20  %  ,  50  % y 100 % de I b , 50 % de I máx y I máx con un factor de potencia igual a 1 , e I b con un factor de potencia igual a 0,5 ( inductivo ) .</p>
    <p class="parrafo">Dichas pruebas se efectuarán sucesivamente respecto a todas las fases .</p>
    <p class="parrafo">Los  efectos  de  las  magnitudes  de  influencia  se  examinarán  por  lo menos respecto a los puntos siguientes :</p>
    <p class="parrafo">- la influencia de la temperatura ambiente para</p>
    <p class="parrafo">- 0,1 I b , I b y I máx ( factor de potencia igual a 1 ) ;</p>
    <p class="parrafo">- 0,2 I b , I b y I máx ( factor de potencia igual a 0,5 inductivo ) ;</p>
    <p class="parrafo">-  la  influencia  de  la  posición  ,  de la tensión , de la frecuencia , de la forma  de  onda  ,  de  las inducciones magnéticas de origen externo , del campo magnético   de   un   accesorio   y  de  la  carga  mecánica  de  cada  elemento registrador  ,  respecto  a  los  puntos  y en las condiciones que se señalen en el cuadro IV ;</p>
    <p class="parrafo">- la influencia de la inversión de fases ( contadores polifásicos )</p>
    <p class="parrafo">-  para  0,5  I  b  ,  I b y I máx con carga equilibrada y un factor de potencia igual a 1 ;</p>
    <p class="parrafo">-  y  para  0,5  I b con una sola fase cargada y un factor de potencia igual a 1 ( esta última prueba se repetirá respecto a cada una de las fases ) .</p>
    <p class="parrafo">Se efectuarán además las pruebas siguientes :</p>
    <p class="parrafo">-  las  pruebas  de  sobrecarga  de  corta  duración , de autocalentamiento y de puesta  en  marca  ,  y  la  comprobación  de  los  márgenes  de regulación , se efectuarán  conforme  a  las  indicaciones  de los números 5.4 , 5.5 , 5.7 y 5.9 ;</p>
    <p class="parrafo">-  la  prueba  de  marcha  de  vacío se efectuará con el 80 % , 100 % y 110 % de la tensión de referencia ;</p>
    <p class="parrafo">-  la  prueba  del  elemento  registrador  se  efectuará  en  la  forma  que  se determina  en  el  número  5.8  . La duración de la prueba deberá ser suficiente para  la  incertidumbre  de  la  lectura no sobrepase el 0,2 % en más o en menos .</p>
    <p class="parrafo">6.4 . Certificado de aprobación CEE de modelo</p>
    <p class="parrafo">El   certificado   de   aprobación   CEE   de   modelo  irá  acompañado  de  las descripciones  ,  planos  y  esquemas  necesarios  para  identificar el modelo y explicar su funcionamiento .</p>
    <p class="parrafo">CAPITULO V - PRIMERA COMPROBACION</p>
    <p class="parrafo">La   primera  comprobación  CEE  de  los  contadores  de  energía  eléctrica  se realizará  con  arreglo  a  las  prescripciones  de  la  Directiva  71/316/CEE . Dichas   prescripciones   se   completarán   con  las  disposiciones  especiales siguientes :</p>
    <p class="parrafo">7 . PRIMERA COMPROBACION CEE</p>
    <p class="parrafo">La  primera  comprobación  de  los  contadores  de  energía  eléctrica  incluirá pruebas   de   homologación   y  exámenes  de  conformidad  respecto  al  modelo aprobado .</p>
    <p class="parrafo">7.1 . Pruebas de homologación</p>
    <p class="parrafo">Las  pruebas  de  homologación  de los contadores garantizarán la calidad de los mismos  por  lo  que  se refiere a los puntos que se enumeran en el número 7.1.1 .</p>
    <p class="parrafo">7.1.1 . Naturaleza de las pruebas de homologación</p>
    <p class="parrafo">( 1 ) - Prueba de rigidez dieléctrica ,</p>
    <p class="parrafo">( 2 ) - Comprobaciones que no requieran la apertura de la caja ,</p>
    <p class="parrafo">( 3 ) - Prueba de marcha de vacío ,</p>
    <p class="parrafo">( 4 ) - Prueba de puesta en marcha ,</p>
    <p class="parrafo">( 5 a 10 ) - Pruebas de exactitud ,</p>
    <p class="parrafo">( 11 ) - Comprobación de la constante .</p>
    <p class="parrafo">Las  pruebas  se  efectuarán  preferentemente en el orden anteriormente señalado , que se detalla en los números 7.1.2 y 7.1.3 .</p>
    <p class="parrafo">7.1.2 . Condiciones de las pruebas de homologación</p>
    <p class="parrafo">Los  controles  deberán  efectuarse  respecto  a  cada  contador  ,  con la caja cerrada  ,  salvo  por  lo que se refiere a determinadas propiedades mecánicas y , si fuere necesario , respecto al control del dispositivo registrador .</p>
    <p class="parrafo">No  obstante  ,  cuando  la  primera comprobación se realice en los talleres del fabricante  ,  se  admitirá  que  las  pruebas se efectuen con la caja abierta , siempre  y  cuando  se  haya  reconocido  previamente  que  la  posición  de  la cubierta  no  influirá  en  los  resultados . No obstante , cuando se realice el control de las cualidades dieléctricas , las cajas deberán estar cerradas .</p>
    <p class="parrafo">Una  vez  realizadas  de  manera  satisfactoria las pruebas de rigidez eléctrica ,  y  antes  de  que  se  proceda  a  cualquier  otro  tipo  de  control  ,  los contadores   deberán  alimentarse  durante  por  lo  menos  media  hora  con  la</p>
    <p class="parrafo">tensión  de  referencia  y  una  corriente  de  alrededor  de  0,1  I b , con un factor  de  potencia  unidad  .  Con  esta  alimentación  se  podrá  obtener  el calentamiento  previo  del  circuito  de  tensión  y comprobar que el rotor gira libremente .</p>
    <p class="parrafo">Las  pruebas  n  º  3  a 11 deberán efectuarse en las condiciones del cuadro III o del cuadro V .</p>
    <p class="parrafo">CUADRO V</p>
    <p class="parrafo">Magnitud de influencia Valor de referencia Tolerancias en más y en menos</p>
    <p class="parrafo">Temperatura ambiente 23 ° C 2 ° C (1)</p>
    <p class="parrafo">Posición Vertical 1 °</p>
    <p class="parrafo">Tensión de referencia 1,5 %</p>
    <p class="parrafo">Frecuencia 50 Hz 0,5 %</p>
    <p class="parrafo">Forma  de  onda  de  tensión  y  de  corriente  sinusoidal  factor de distorsión inferior o igual a 5 %</p>
    <p class="parrafo">Inducción   magnética   de  origen  externo  a  la  frecuencia  de  50  Hz  nula inducción  que  no  provoca  variación  del  error a 0,3 % con 0,1 I b , para un factor de potencia unidad (2)</p>
    <p class="parrafo">Además , para los contadores polifásicos</p>
    <p class="parrafo">Orden de las fases Secuencia directa</p>
    <p class="parrafo">Desequilibrio  de  las  tensiones  y de las corrientes (3) nula como en la letra e ) del punto 5.2 , sustituyendo el 1 % por el 1,5 %</p>
    <p class="parrafo">(1)  Las  pruebas  podrán  realizarse  a una temperatura fuera de la comprendida entre  los  21-25  °  C  , pero comprendida entre los 15-30 ° C , a condición de que  se  efectúe  una  corrección  en  relación con la temperatura de referencia de  23  °  C  utilizando  el  coeficiente  medio  de  temperatura que indique el fabricante .</p>
    <p class="parrafo">(2) Véase la nota del cuadro III .</p>
    <p class="parrafo">(3) Salvo para las pruebas con una sola fase cargada .</p>
    <p class="parrafo">7.1.3 . Ejecución de las pruebas de homologación</p>
    <p class="parrafo">7.1.3.1 . Prueba de rigidez dieléctrica ( prueba n º 1 )</p>
    <p class="parrafo">La  prueba  con  la  tensión  alterna  consiste en aplicar durante un minuto una tensión  alterna  de  frecuencia  50  Hz  y  de  valor  eficaz  de 2 kV entre el conjunto  de  los  bornes  conectados  entre  sí  y la superficie metálica plana sobre  la  que  se  coloca  el  contador  .  Para  dicha  prueba , los circuitos auxiliares  cuya  tensión  nominal  sea  inferior  o  igual a 40 V se conectarán con la superficie metálica plana .</p>
    <p class="parrafo">El  fabricante  llevará  a  cabo  la  prueba  respecto  a cada aparato y bajo su responsabilidad  .  El  servicio  metrológico competente llevará asimismo a cabo un control .</p>
    <p class="parrafo">7.1.3.2  .  Comprobaciones  que  deberán efectuarse con la caja cerrada ( prueba n º 2 )</p>
    <p class="parrafo">- Buen estado aparente de la caja y de la placa de bornes</p>
    <p class="parrafo">- Posición correcta del cuadrante</p>
    <p class="parrafo">- Presencia de todas las indicaciones prescritas .</p>
    <p class="parrafo">7.1.3.3 . Marcha de vacío ( prueba n º 3 )</p>
    <p class="parrafo">La  opción  entre  las  dos  pruebas que se indican a continuación corresponderá sin limitaciones al servicio metrológico competente :</p>
    <p class="parrafo">-  cuando  el  contador  esté  alimentado  con la tensión de referencia , con un</p>
    <p class="parrafo">factor  de  potencia  igual  a 1 y una corriente igual a 0,001 I b , el rotor no efectuará una revolución completa ;</p>
    <p class="parrafo">- la prueba se efectuará con arreglo al número 5.6 .</p>
    <p class="parrafo">7.1.3.4 . Puesta en marcha ( prueba n º 4 )</p>
    <p class="parrafo">Si  la  prueba  de  marcha  de vacío se hubiera realizado en las condiciones que se  indican  en  el  primer  guión  del  número 7.1.3.3 , la prueba de puesta en marcha deberá realizarse de la manera siguiente :</p>
    <p class="parrafo">cuando  el  contador  esté  alimentado  con  la  tensión  de referencia , con un factor  de  potencia  igual  a  1  y  una corriente igual a 0,006 I b , el rotor deberá ponerse en marcha y efectuar más de una revolución .</p>
    <p class="parrafo">Cuando  la  prueba  de  marcha  de  vacío  se  haya  efectuado con arreglo a las condiciones  del  segundo  guión  del  número  7.1.3.3  , la prueba de puesta en marcha deberá realizarse con arreglo al número 5.7 .</p>
    <p class="parrafo">Nota  :  Respecto  a  los contadores polifásicos , las pruebas n º 3 y 4 deberán efectuarse con todas las fases cargadas .</p>
    <p class="parrafo">7.1.3.5 . Pruebas de exactitud ( pruebas n º 5 a 10 )</p>
    <p class="parrafo">Las   pruebas  de  exactitud  deberán  realizarse  respecto  a  los  valores  de corriente y los factores de potencia que se indican en el cuadro VI .</p>
    <p class="parrafo">Con  este  fin  ,  no  será  necesario  alcanzar  el  equilibrio  térmico de las bobinas  .  Habida  cuenta  de  que  en general dichas pruebas no se realizan en las  condiciones  que  se  exigen para la aprobación de modelo , en lugar de los valores  a  que  se  refieren  los  cuadros  1  y  2 , se utilizarán los valores ampliados del cuadro VI .</p>
    <p class="parrafo">CUADRO VI</p>
    <p class="parrafo">Número  de  pruebas  Valor  de  la corriente Factor de potencia Contadores Carga de contadores polifásicos Errores máximos tolerados en más o en menos</p>
    <p class="parrafo">5 0,05 I b 1 monofásicos y polifásicos equilibrada 3 % (1)</p>
    <p class="parrafo">6 I b 1 monofásicos y polifásicos equilibrada 2,5 %</p>
    <p class="parrafo">7 I b 0,5 inductivo monofásicos y polifásicos equilibrada 2,5 %</p>
    <p class="parrafo">8  y  9  I  b  1  monofásicos  y polifásicos 1 fase cargada ( 1 prueba para 2 de las fases ) 3,5 %</p>
    <p class="parrafo">10 I b 1 monofásicos y polifásicos equilibrada 2,5 %</p>
    <p class="parrafo">(1)  En  los  contadores  cuya  corriente  máxima sea superior a cuatro veces la corriente  de  base  ,  el  error  máximo tolerado , en más o en menos , para la prueba  n  º  5  ,  se  aumentará  en  0,5  % durante el período de cinco años y medio a que se refiere el artículo 3 .</p>
    <p class="parrafo">Nota  :  En  los  contadores  de  tarifa  múltiple  ,  la  prueba  n  º 5 deberá repetirse  respecto  a  las  indicaciones  que  corresponden  a  cada una de las tarifas  .  La  alimentación  del ( o los ) electroimán(es) de cambio de tarifas se efectuará con arreglo a las indicaciones del esquema de conexión .</p>
    <p class="parrafo">Los  límites  de  errores  admisibles  no deberán explotarse sistemáticamente en el mismo sentido .</p>
    <p class="parrafo">7.1.3.6  .  Control  de  la  concordancia  del  dispositivo  registrador  con la constante del contador ( prueba n º 11 )</p>
    <p class="parrafo">Habrá  que  asegurarse  de  que la relación entre el número de vueltas del rotor y   las   indicaciones   del  dispositivo  o  dispositivos  indicadores  sea  la correcta .</p>
    <p class="parrafo">7.1.3.7 . Incertidumbre de la medición</p>
    <p class="parrafo">Las  cualidades  de  los  aparatos  de  medida  y  demás equipos utilizados para efectuar  las  pruebas  n  º  5  a  10  y  ,  en  su  caso , la n º 11 , deberán garantizar  que  los  errores  de medición que les sean imputables no sobrepasen en valor relativo :</p>
    <p class="parrafo">- el 0,4 % en más o en menos con un factor de potencia igual a 1 ;</p>
    <p class="parrafo">-  el  0,6  %  en  más  o  en  menos  con  un  factor  de potencia igual a 0,5 ( inductivo ) .</p>
    <p class="parrafo">7.2 . Examen de conformidad con el modelo aprobado</p>
    <p class="parrafo">7.2.1 . Naturaleza del examen de conformidad con el modelo aprobado</p>
    <p class="parrafo">Con  el  objeto  de  determinar si las cualidades metrológicas de los contadores fabricados  y  presentados  a  la  primera comprobación siguen ateniéndose a las prescripciones   de   la  presente  Directiva  ,  podrá  procederse  ,  con  una periodicidad   que  determinará  el  servicio  metrológico  competente  ,  a  un examen  de  conformidad  en  relación  con  el  modelo  aprobado , examen que se efectuará  respecto  a  tres  contadores elegidos al azar después de las pruebas de homologación .</p>
    <p class="parrafo">Dicho  examen  consistirá  en  una  o  varias  pruebas elegidas entre las que se exponen  en  la  presente  Directiva ( puntos 3 y 5 ) , en particular , aquéllas que permitan determinar los efectos de las magnitudes de influencia .</p>
    <p class="parrafo">Dichas  pruebas  deberán  efectuarse  en  las  condiciones  de referencia que se describen  en  el  número  5.2  , sobre los puntos de medición que se indican en el número 6.3 .</p>
    <p class="parrafo">Asimismo  ,  después  de  la apertura de la caja , podrán comprobarse los puntos siguientes :</p>
    <p class="parrafo">-  la  calidad  de  protección  de la superficie , por ejemplo , de las pinturas ;</p>
    <p class="parrafo">- la relación de engranajes ;</p>
    <p class="parrafo">- la calidad de engranaje del elemento registrador ;</p>
    <p class="parrafo">- la calidad de las soldaduras ;</p>
    <p class="parrafo">- el ajuste de los tornillos ;</p>
    <p class="parrafo">- la ausencia de limaduras y de polvo metálico ;</p>
    <p class="parrafo">- los márgenes de regulación ( examen visual ) .</p>
    <p class="parrafo">Observación</p>
    <p class="parrafo">Cuando   los  contadores  de  un  determinado  modelo  se  fabriquen  de  manera continua  ,  será  conveniente  que la periodicidad del examen de conformidad en relación  con  el  modelo  aprobado  se  realice proporcionalmente al volumen de producción .</p>
    <p class="parrafo">Por   lo   demás  ,  dicho  procedimiento  deberá  aplicarse  cada  vez  que  se descubran  defectos  sistemáticos  durante  las  pruebas  de  recepción  u otros tipos de prueba .</p>
    <p class="parrafo">7.3 . Marcas de comprobación y de precinto</p>
    <p class="parrafo">Los  contadores  que  se  hayan  sometido  con  éxito  a  las pruebas de primera comprobación recibirán las marcas de la primera comprobación CEE .</p>
    <p class="parrafo">Los  precintos  deberán  llevar  las marcas de la primera comprobación CEE estar colocados  de  manera  que  resulte  imposible tener acceso al mecanismo interno del contador sin romper los precintos que llevan dichas marcas .</p>
  </texto>
</documento>
