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<documento fecha_actualizacion="20241021165442">
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    <identificador>DOUE-L-1974-80114</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19740724</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>1936/1974</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 1936/74 de la Comisión, de 24 de julio de 1974, por el que se modifica la versión danesa del Reglamento (CEE) nº 1697/74 en lo que se refiere a las manzanas de las variedades «Lobo» y «Tonnes».</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19740725</fecha_publicacion>
    <diario_numero>203</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <pagina_inicial>24</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/doue/1974/203/L00024-00024.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia>19740725</fecha_vigencia>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <letra_imagen>L</letra_imagen>
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      <materia codigo="998" orden="1">Comercialización</materia>
      <materia codigo="3830" orden="2">Frutos</materia>
      <materia codigo="3832" orden="3">Frutos de pepita</materia>
      <materia codigo="5163" orden="4">Normas de calidad</materia>
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      <materia codigo="5741" orden="6">Productos hortícolas</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1974-80093" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>en la Versión Danesa la letra B del art. 1.2 del Reglamento 1697, de 1 de julio</texto>
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    <p class="parrafo">REGLAMENTO ( CEE ) N º 1936/74 DE LA COMISION</p>
    <p class="parrafo">por  el  que  se  modifica  la versión danesa del Reglamento ( CEE ) n º 1697/74 en lo que se refiere a las manzanas de las variedades « Lobo » y « Tonnes »</p>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (  CEE  ) n º 1035/72 del Consejo , de 18 de mayo de 1972 ,  por  el  que  se  establece la organización común de mercados en el sector de las  frutas  y  hortalizas  (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 2745/72 (2) y , en particular , el apartado 4 de su artículo 16 ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  la  Comisión  ha  modificado  , por el Reglamento ( CEE ) n º 1697/74  de  1  de  julio  de  1974 (3) , los coeficientes de adaptación que han de  aplicarse  a  los  precios de compra en el sector de las frutas y hortalizas ;  que  ,  tras  una  verificación  ,  se ha comprobado que en la versión danesa hay  determinadas  variedades  que  no  se  han  incluido  en la casilla que les corresponde ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las frutas y hortalizas ,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">La  letra  b  )  del  apartado  2  del  artículo  1  del  Reglamento ( CEE ) n º 1697/74 en la versión en lengua danesa se leerá de la forma siguiente :</p>
    <p class="parrafo">«  b  )  soterne  « Lobo og Toennes » tilfoejes i den tiende rubrik efter sorten « Lavina » ,</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  día  de  su  publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas , el 24 de julio de 1974 .</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">François-Xavier ORTOLI</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n º L 118 de 20 . 5 . 1972 , p. 1 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n º L 291 de 28 . 12 . 1972 , p. 147 .</p>
    <p class="parrafo">(3) DO n º L 179 de 2 . 7 . 1974 , p. 7 .</p>
  </texto>
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