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    <identificador>DOUE-L-1973-80023</identificador>
    <origen_legislativo codigo="3">Europeo</origen_legislativo>
    <departamento codigo="9000">Comunidades Europeas</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion>19730301</fecha_disposicion>
    <numero_oficial>643/1973</numero_oficial>
    <titulo>Reglamento (CEE) nº 643/73 de la Comisión, de 1 de marzo de 1973, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2223/70 relativo a la no percepción de un gravamen compensatorio sobre las importaciones de determinados vinos originarios y procedentes de determinados países.</titulo>
    <diario codigo="DOUE">Diario Oficial de las Comunidades Europeas</diario>
    <fecha_publicacion>19730307</fecha_publicacion>
    <diario_numero>61</diario_numero>
    <seccion>L</seccion>
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    <url_pdf>/doue/1973/061/L00012-00012.pdf</url_pdf>
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    <fecha_vigencia>19730310</fecha_vigencia>
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      <materia codigo="480" orden="1">Bebidas alcohólicas</materia>
      <materia codigo="1003" orden="2">Comercio extracomunitario</materia>
      <materia codigo="3956" orden="3">Gravamen de importación</materia>
      <materia codigo="4056" orden="4">Importaciones</materia>
      <materia codigo="7150" orden="5">Vinos</materia>
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        <anterior referencia="DOUE-L-1970-80103" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>el art. 1.3 del Reglamento 2223/70, de 28 de octubre</texto>
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    <p class="parrafo">REGLAMENTO ( CEE ) N º 643/73 DE LA COMISION</p>
    <p class="parrafo">LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,</p>
    <p class="parrafo">Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,</p>
    <p class="parrafo">Visto  el  Reglamento  (  CEE  ) n º 816/70 del Consejo , de 28 de abril de 1970 ,  sobre  disposiciones  complementarias  en  materia  de organización común del mercado  vitivinícola  (1)  ,  modificado  en  último  lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 2680/72 (2) y , en particular , el apartado 6 de su artículo 9 ,</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  ,  en  función  de  una modificación del convenio con Austria relativo  a  los  vinos  ,  todos  los  vinos  austríacos  exportados  hacia  la Comunidad  respetarán  en  lo  sucesivo  el precio de referencia correspondiente al  producto  considerado  ;  que  ,  por  lo  tanto  ,  procede adaptar a dicha situación  el  cuarto  guión  del apartado 3 del artículo 1 del Reglamento ( CEE )  n  º  2223/70  de  la  Comisión , de 28 de octubre de 1970 , relativo a la no percepción   de   un   gravamen   compensatorio   sobre   las  importaciones  de determinados  vinos  originarios  y  procedentes de determinados terceros países (3)  ,  modificado  en  último  lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 245/72 (4) , suprimiendo  la  limitación  de  la  exención  del  gravamen compensatorio a los vinos acompañados de un certificado de exportación ;</p>
    <p class="parrafo">Considerando  que  las  medidas  previstas  en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del vino ,</p>
    <p class="parrafo">HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :</p>
    <p class="parrafo">Artículo 1</p>
    <p class="parrafo">Se  sustituye  el  texto  del  cuarto  guión  del  apartado 3 del artículo 1 del Reglamento ( CEE ) n º 2223/70 , por el siguiente :</p>
    <p class="parrafo">« - de Austria » .</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2</p>
    <p class="parrafo">El  presente  Reglamento  entrará  en  vigor  el  tercer  día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .</p>
    <p class="parrafo">El   presente   Reglamento   será   obligatorio   en   todos   sus  elementos  y directamente aplicable en cada Estado miembro .</p>
    <p class="parrafo">Hecho en Bruselas , el 1 de marzo de 1973 .</p>
    <p class="parrafo">Por la Comisión</p>
    <p class="parrafo">El Presidente</p>
    <p class="parrafo">François-Xavier ORTOLI</p>
    <p class="parrafo">(1) DO n º L 99 de 5 . 5 . 1970 , p. 1 .</p>
    <p class="parrafo">(2) DO n º L 289 de 27 . 12 . 1972 , p. 1 .</p>
    <p class="parrafo">(3) DO n º L 241 de 4 . 11 . 1970 , p. 3 .</p>
    <p class="parrafo">(4) DO n º L 30 de 3 . 2 . 1972 , p. 11 .</p>
  </texto>
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