<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<documento fecha_actualizacion="20260206105601">
  <metadatos>
    <identificador>DOCM-q-2020-90586</identificador>
    <origen_legislativo codigo="2">Autonómico</origen_legislativo>
    <departamento codigo="8060">Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha</departamento>
    <rango codigo="1220">Reglamento</rango>
    <fecha_disposicion/>
    <numero_oficial/>
    <titulo>Modificación del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha, para habilitar la posibilidad de celebración de sesiones por videoconferencia y el voto telemático de diputados y diputadas.</titulo>
    <diario codigo="DOCM">Diario Oficial de Castilla-La Mancha</diario>
    <fecha_publicacion>20200924</fecha_publicacion>
    <diario_numero>193</diario_numero>
    <seccion>A</seccion>
    <subseccion/>
    <pagina_inicial>36314</pagina_inicial>
    <pagina_final>36314</pagina_final>
    <suplemento_pagina_inicial/>
    <suplemento_pagina_final/>
    <url_pdf>/ccaa/docm/2020/193/q36314-36314.pdf</url_pdf>
    <url_epub/>
    <url_pdf_catalan/>
    <url_pdf_euskera/>
    <url_pdf_gallego/>
    <url_pdf_valenciano/>
    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
    <fecha_vigencia/>
    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
    <fecha_derogacion/>
    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
    <fecha_anulacion/>
    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
    <estado_consolidacion codigo="0"/>
    <letra_imagen>q</letra_imagen>
    <suplemento_letra_imagen/>
  </metadatos>
  <analisis>
    <materias>
      <materia codigo="658" orden="1">Castilla La Mancha</materia>
      <materia codigo="7894" orden="1">Comunicaciones electrónicas</materia>
      <materia codigo="2510" orden="1">Diputados</materia>
      <materia codigo="5377" orden="1">Parlamento Autonómico</materia>
    </materias>
    <notas/>
    <referencias>
      <anteriores>
        <anterior referencia="DOCM-q-1997-90258" orden="2015">
          <palabra codigo="270">MODIFICA</palabra>
          <texto>los arts. 84 bis y 111 c) del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha</texto>
        </anterior>
      </anteriores>
      <posteriores/>
    </referencias>
    <alertas/>
  </analisis>
  <texto>
    <p class="parrafo">Artículo 1. Modificación del artículo 84 bis cuya redacción será la siguiente:</p>
    <p class="parrafo">Artículo 84 bis.</p>
    <p class="parrafo_2">1. Las sesiones de los Plenos y de las Comisiones podrán celebrarse por videoconferencia cuando se haya declarado uno de los estados previstos en el artículo 116 de la Constitución y cuando la Mesa, a propuesta de la Junta de Portavoces con mayoría de tres quintos, así lo acuerde para preservar la salud o la integridad física de diputados y diputadas y del personal que presta servicios en las Cortes.</p>
    <p class="parrafo">2. Por los mismos motivos, la Mesa, con criterio favorable de la Junta de Portavoces, podrá autorizar que parte de los diputados y diputadas no asistan a la sede de la Cámara y puedan intervenir y votar en sus sesiones por videoconferencia.</p>
    <p class="parrafo">3. No podrán celebrarse por videoconferencia las Sesiones de Investidura del Presidente de Castilla-La Mancha, en aquellas que se sustancie una moción de censura o una cuestión de confianza, ni aquéllas en las que legalmente deba utilizarse el voto secreto.</p>
    <p class="parrafo">Artículo 2. Modificación de la letra c) del artículo 111 cuya redacción será la siguiente:</p>
    <p class="parrafo_2">c) Por el procedimiento telemático. Esta forma de votación podrá autorizarse por la Mesa a aquellos diputados y diputadas que se hallen en situación legal de permiso de nacimiento o cuidado de menor, así como a quienes por imposibilidad manifiesta - debidamente acreditada - no puedan asistir a las sesiones, siempre y cuando la Mesa de las Cortes lo considere plenamente justificado.</p>
    <p class="parrafo">Disposición Final. La presente modificación del Reglamento entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla-La Mancha.</p>
  </texto>
</documento>
