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<documento fecha_actualizacion="20241020221037">
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    <identificador>BOPV-p-2012-90270</identificador>
    <origen_legislativo codigo="2">Autonómico</origen_legislativo>
    <departamento codigo="8140">Comunidad Autónoma del País Vasco</departamento>
    <rango codigo="1590">Corrección (errores o erratas)</rango>
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    <numero_oficial/>
    <titulo>Corrección de errores de la Ley 11/2012, de 14 de junio, de Cajas de Ahorros de la Comunidad Autónoma de Euskadi.</titulo>
    <diario codigo="BOPV">Boletín Oficial del País Vasco</diario>
    <fecha_publicacion>20121016</fecha_publicacion>
    <diario_numero>201</diario_numero>
    <seccion>A</seccion>
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    <pagina_inicial>1</pagina_inicial>
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    <url_pdf>/ccaa/bopv/2012/201/p00001-00002.pdf</url_pdf>
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    <estatus_legislativo>L</estatus_legislativo>
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    <estatus_derogacion>N</estatus_derogacion>
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    <judicialmente_anulada>N</judicialmente_anulada>
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    <vigencia_agotada>N</vigencia_agotada>
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    <letra_imagen>p</letra_imagen>
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    <materias>
      <materia codigo="329" orden="">Asistencia social</materia>
      <materia codigo="563" orden="">Cajas de Ahorro</materia>
      <materia codigo="1677" orden="">Control financiero</materia>
      <materia codigo="5345" orden="">País Vasco</materia>
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        <anterior referencia="BOE-A-2012-9009" orden="2120">
          <palabra codigo="201">CORRECCIÓN de errores</palabra>
          <texto>en la Ley 11/2012, de 14 de junio</texto>
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  <texto>
    <p class="parrafo">El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del «Boletín Oficial del País Vasco», establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.</p>
    <p class="parrafo">Advertidos errores de dicha índole en la Ley 11/2012, de 14 de junio, de Cajas de Ahorros de la Comunidad Autónoma de Euskadi, publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco» n.º 122, de 22 de junio de 2012, se procede a su corrección.</p>
    <p class="parrafo">En la página 2012/2877 (5/46), en el artículo 3.c), donde dice:</p>
    <blockquote class="sangrado">
      <p class="parrafo_2">«Supervisar la gestión inversora de las cajas, y establecer directrices en materia de obra social para orientar esta a las principales necesidades y prioridades».</p>
    </blockquote>
    <p class="parrafo_2">Debe decir:</p>
    <blockquote class="sangrado">
      <p class="parrafo_2">«Supervisar la gestión inversora de las cajas y establecer directrices en materia de obra social para orientar esta a las principales necesidades y prioridades».</p>
    </blockquote>
    <p class="parrafo_2">En la página 2012/2877 (10/46), en el artículo 14.1, donde dice:</p>
    <blockquote class="sangrado">
      <p class="parrafo_2">«A tal efecto, traspasarán todo el patrimonio afecto a su actividad financiera a otra entidad de crédito a cambio de acciones de esta última y se transformarán en una fundación de carácter especial perdiendo su condición de entidad de crédito».</p>
    </blockquote>
    <p class="parrafo_2">Debe decir:</p>
    <blockquote class="sangrado">
      <p class="parrafo_2">«A tal efecto, traspasarán todo el patrimonio afecto a su actividad financiera a otra entidad de crédito a cambio de acciones de esta última y se transformarán en una fundación de carácter especial, perdiendo su condición de entidad de crédito».</p>
    </blockquote>
    <p class="parrafo_2">En la página 2012/2877 (23/46), en el artículo 44.4, donde dice:</p>
    <blockquote class="sangrado">
      <p class="parrafo_2">«... de las previstas en el artículo 26.j) de la presente Ley...».</p>
    </blockquote>
    <p class="parrafo_2">Debe decir:</p>
    <blockquote class="sangrado">
      <p class="parrafo_2">«... de las previstas en el artículo 26.1.j) de la presente ley...».</p>
    </blockquote>
    <p class="parrafo_2">En la página 2012/2877 (27/46), en el artículo 51, donde dice:</p>
    <blockquote class="sangrado">
      <p class="parrafo_2">«A tal fin, el Consejo de Administración confeccionará la lista de los que cumplan dichos requisitos, para su insaculación».</p>
    </blockquote>
    <p class="parrafo_2">Debe decir:</p>
    <blockquote class="sangrado">
      <p class="parrafo_2">«A tal fin, el Consejo de Administración confeccionará la lista de las que cumplan dichos requisitos, para su insaculación».</p>
    </blockquote>
    <p class="parrafo_2">En la página 2012/2877 (5/46), en el artículo 64, párrafo primero, donde dice:</p>
    <blockquote class="sangrado">
      <p class="parrafo_2">«Las personas que integrarán la comisión serán designadas atendiendo a su capacidad técnica y experiencia profesional por el Consejo de Administración de entre sus miembros».</p>
    </blockquote>
    <p class="parrafo_2">Debe decir:</p>
    <blockquote class="sangrado">
      <p class="parrafo_2">«Las personas que integrarán la comisión serán designadas, atendiendo a su capacidad técnica y experiencia profesional, por el Consejo de Administración de entre sus miembros».</p>
    </blockquote>
    <p class="parrafo_2">En la página 2012/2877 (37/46), en el artículo 68.a), donde dice:</p>
    <blockquote class="sangrado">
      <p class="parrafo_2">«Analizar la gestión económica y financiera de la entidad, presentando semestralmente como mínimo al departamento del Gobierno Vasco competente en materia financiera el informe a que se refiere el artículo 20 de esta ley».</p>
    </blockquote>
    <p class="parrafo_2">Debe decir:</p>
    <blockquote class="sangrado">
      <p class="parrafo_2">«Analizar la gestión económica y financiera de la entidad, presentando semestralmente como mínimo, al departamento del Gobierno Vasco competente en materia financiera, el informe a que se refiere el artículo 20 de esta ley».</p>
    </blockquote>
  </texto>
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