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Documento DOUE-L-2020-80749

Reglamento de Ejecución (UE) 2020/645 de la Comisión de 7 de mayo de 2020 por el que se aprueba una modificación que no es de menor importancia del pliego de condiciones de un nombre inscrito en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [«Pataca de Galicia»/«Patata de Galicia» (IGP)].

Publicado en:
«DOUE» núm. 151, de 14 de mayo de 2020, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2020-80749

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (1), y en particular su artículo 52, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el artículo 53, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, la Comisión ha examinado la solicitud de España con vistas a la aprobación de una modificación del pliego de condiciones de la indicación geográfica protegida «Pataca de Galicia»/«Patata de Galicia», registrada en virtud del Reglamento (CE) n.o 148/2007 de la Comisión (2), modificado por el Reglamento (UE) n.o 1366/2011 (3).

(2) Al tratarse de una modificación que no se considera de menor importancia, de conformidad con el artículo 53, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, la Comisión ha publicado la solicitud de modificación en el Diario Oficial de la Unión Europea (4), en aplicación del artículo 50, apartado 2, letra a), del citado Reglamento.

(3) Al no haberse notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, procede aprobar la modificación del pliego de condiciones.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda aprobada la modificación del pliego de condiciones publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea con respecto al nombre «Pataca de Galicia»/«Patata de Galicia» (IGP).

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 7 de mayo de 2020.

Por la Comisión,

Janusz WOJCIECHOWSKI

en nombre de la Presidenta,

Miembro de la Comisión

(1)  DO L 343 de 20.12.2012, p. 1.

(2)  Reglamento (CE) n.o 148/2007 de la Comisión, de 15 de febrero de 2007, por el que se incluyen algunos nombres en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Geraardsbergse mattentaart (IGP) — Pataca de Galicia o Patata de Galicia (IGP) — Poniente de Granada (DOP) — Gata-Hurdes (DOP) — Patatas de Prades o Patates de Prades (IGP) — Mantequilla de Soria (DOP) — Huile d’olive de Nîmes (DOP) — Huile d’olive de Corse o Huile d’olive de Corse-Oliu di Corsica (DOP) — Clémentine de Corse (IGP) — Agneau de Sisteron (IGP) — Connemara Hill Lamb o Uain Sléibhe Chonamara (IGP) — Sardegna (DOP) — Carota dell’Altopiano del Fucino (IGP) — Stelvio o Stilfser (DOP) — Limone Femminello del Gargano (IGP) — Azeitonas de Conserva de Elvas e Campo Maior (DOP) — Chouriça de Carne de Barroso-Montalegre (IGP) — Chouriço de Abóbora de Barroso-Montalegre (IGP) — Sangueira de Barroso-Montalegre (IGP) — Batata de Trás-os-Montes (IGP) — Salpicão de Barroso-Montalegre (IGP) — Alheira de Barroso-Montalegre (IGP) — Cordeiro de Barroso, Anho de Barroso o Borrego de leite de Barroso (IGP) — Azeite do Alentejo Interior (DOP) — Paio de Beja (IGP) — Linguíça do Baixo Alentejo o Chouriço de carne do Baixo Alentejo (IGP) — Ekstra deviško oljčno olje Slovenske Istre (DOP)] (DO L 46 de 16.2.2007, p. 14).

(3)  Reglamento de Ejecución (UE) n ° 1366/2011 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2011, por el que se aprueban modificaciones que no son de menor importancia del pliego de condiciones de una denominación inscrita en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Pataca de Galicia/Patata de Galicia (IGP)] (DO L 341 de 22.12.2011, p. 29).

(4)  DO C 434 de 27.12.2019, p. 11.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Denominaciones de origen
  • Galicia
  • Patata

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