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Documento DOUE-L-2019-82022

Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2223 de la Comisión de 13 de diciembre de 2019 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/323 en lo que respecta a los datos necesarios para los documentos de asistencia administrativa mutua utilizados a efectos del intercambio de información en relación con las mercancías sujetas a impuestos especiales en régimen suspensivo.

Publicado en:
«DOUE» núm. 333, de 27 de diciembre de 2019, páginas 82 a 133 (52 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2019-82022

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 389/2012 del Consejo, de 2 de mayo de 2012, sobre cooperación administrativa en el ámbito de los impuestos especiales y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 2073/2004 (1), y en particular su artículo 9, apartado 2, su artículo 15, apartado 5, y su artículo 16, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento de Ejecución (CE) n.o 2016/323 de la Comisión (2) establece la estructura y el contenido de los documentos de asistencia administrativa mutua utilizados para el intercambio de información relativa a las mercancías sujetas a impuestos especiales en régimen suspensivo, así como los códigos necesarios para cumplimentar determinados elementos de datos de dichos documentos.

(2) Teniendo en cuenta los cambios introducidos en los requisitos en materia de datos de la nueva versión del sistema informatizado establecido mediante la Decisión 1152/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (3), y con el fin de garantizar la coherencia, es preciso realizar algunas modificaciones en la estructura de los mensajes y las listas de códigos utilizados en los documentos de asistencia mutua.

(3) La explicación que figura en la columna F del cuadro 4 del anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 2016/323 debe actualizarse para permitir determinar con claridad el elemento de dato «Valor» cuando el «Código de tipo de criterio primario» se fija en el valor «46 = Tipo de transporte».

(4) Es preciso actualizar el grupo de datos «Operador-Destinatario» de los cuadros 5 y 14 del anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 2016/323 para dotarlo de carácter optativo de modo que puedan enviarse mensajes pertinentes como respuesta a la búsqueda de un documento administrativo electrónico con destino desconocido o con motivo de una presentación para la exportación con despacho local.

(5) Con el fin de garantizar la correcta aplicación de la legislación en materia de impuestos especiales, el sistema informatizado debe ofrecer una estructura normalizada para los documentos de asistencia administrativa mutua a fin de permitir el intercambio de información en los casos en que sea necesario cerrar de forma manual un movimiento de mercancías sujetas a impuestos especiales en régimen suspensivo. En concreto, el sistema informatizado debe proporcionar una estructura normalizada en relación con la solicitud de cierre manual de un movimiento de mercancías sujetas a impuestos especiales en régimen suspensivo enviada al Estado miembro de expedición.

(6) A fin de evitar el fraude o la pérdida de ingresos procedentes de los impuestos especiales, el Estado miembro de expedición debe enviar siempre una notificación a la autoridad competente del Estado miembro de destino o del Estado miembro de exportación en el que tiene lugar el cierre manual. El sistema informatizado debe proporcionar una estructura normalizada para dichas respuestas.

(7) Es preciso actualizar los valores de varios elementos de datos de los cuadros 4, 5, 7, 10, 11, 12 y 14 del anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/323 para mejorar la calidad de la información facilitada por los operadores económicos. Estas nuevas correcciones técnicas deberían aportar claridad y precisión a las disposiciones aplicables.

(8) A efectos del cierre manual, a fin de garantizar que la información requerida comunicada a las autoridades competentes de los Estados miembros sea exacta y adecuada, se establecen en el anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/323 las listas de códigos correspondientes a los motivos para solicitar el cierre manual así como las listas de códigos correspondientes a los motivos para rechazarlo.

(9) Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/323 en consecuencia.

(10) A fin de que la fecha de aplicación del presente Reglamento coincida con la fecha de aplicación de una nueva versión del sistema informatizado establecido mediante la Decisión 1152/2003/CE, el presente Reglamento debe aplicarse a partir del 13 de febrero de 2020.

(11) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de Impuestos Especiales.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento de Ejecución (UE) n.o 2016/323 queda modificado como sigue:

1)

Se inserta la sección II bis siguiente:

«Sección II bis

Solicitudes de cierre manual

Artículo 6 bis

Solicitud de cierre manual

A efectos de lo dispuesto en el artículo 8, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 389/2012, cuando un movimiento de mercancías sujetas a impuestos especiales en régimen suspensivo no pueda cerrarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 o 25 de la Directiva 2008/118/CE, la autoridad requirente podrá solicitar a la autoridad competente del Estado miembro de expedición el cierre manual del mismo. Esta solicitud se presentará mediante el documento “Solicitud de Cierre Manual” que figura en el cuadro 15 del anexo I.».

2)

Se inserta el artículo 14 bis siguiente:

«Artículo 14 bis

Intercambio obligatorio de información — cierre manual

A efectos de lo dispuesto en el artículo 15, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) n.o 389/2012, cuando una autoridad competente del Estado miembro de expedición haya obtenido pruebas de que se ha completado un movimiento de mercancías sujetas a impuestos especiales en régimen suspensivo, y dicho movimiento no pueda cerrarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 o el artículo 25 de la Directiva 2008/118/CE, decidirá si es preciso cerrar o no el movimiento de mercancías de forma manual.

La autoridad competente del Estado miembro de expedición notificará su decisión a las autoridades competentes del Estado miembro de destino o de exportación.

La notificación de una decisión de cierre manual de un movimiento se efectuará mediante el documento de “Respuesta al Cierre Manual”, que figura en el cuadro 16 del anexo I del presente Reglamento.».

3) El anexo I queda modificado de conformidad con el anexo I del presente Reglamento.

4) El anexo II queda modificado de conformidad con el anexo II del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 13 de febrero de 2020.

Hecho en Bruselas, el 13 de diciembre de 2019.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VAN DER LEYEN

 

 

(1)  DO L 121 de 8.5.2012, p. 1.

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2016/323 de la Comisión, de 24 de febrero de 2016, por el que se establecen normas detalladas de cooperación e intercambio de información entre los Estados miembros en relación con las mercancías sujetas a impuestos especiales en régimen suspensivo de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 389/2012 del Consejo (DO L 66 de 11.3.2016, p. 1).

(3)  Decisión n.o 1152/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de junio de 2003, relativa a la informatización de los movimientos y los controles de los productos sujetos a impuestos especiales (DO L 162 de 1.7.2003, p. 5).

ANEXO I

En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 2016/323, los cuadros 4, 5, 7, 10, 11, 12 y 14 se sustituyen por los cuadros que figuran a continuación y se insertan los nuevos cuadros 15 y 16:

»Cuadro 4

(mencionado en el artículo 5, apartado 1)

Solicitud general

A

B

C

D

E

F

G

1

ATRIBUTOS

R

 

 

 

 

a

Tipo de solicitud

R

 

Los valores posibles son:

1

=

(reservado)

2

=

Solicitud de datos de referencia

3

=

(reservado)

4

=

(reservado)

5

=

Solicitud de resincronización del registro de operadores económicos

6

=

Solicitud de búsqueda de una lista de e-AD

7

=

Solicitud de estadísticas SEED

n1

 

b

Nombre del mensaje de solicitud

C

«R» si el <Tipo de solicitud> es «2»

No se aplica en los demás casos

(véase el tipo de solicitud de la casilla 1a)

Los valores posibles son:

«C_COD_DAT»

=

Lista común de códigos

«C_PAR_DAT»

=

Parámetros comunes del sistema

«ALL»

=

Para la estructura completa

a..9

 

c

Oficina solicitante

R

 

[véase la lista de códigos 5 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an8

 

d

Identificador de correlación de la solicitud

C

«R» si el <Tipo de solicitud> es «2», «5», «6» o «7»

No se aplica en los demás casos

(véase el tipo de solicitud de la casilla 1a)

El valor de <Identificador de correlación de la solicitud> es único para cada Estado miembro.

an..44

 

e

Fecha de inicio

C

Para 1 e y f:

«R» si <Tipo de mensaje> es «2» o «5»

No se aplica en los demás casos

(véase el tipo de solicitud de la casilla 1a)

 

Fecha

 

f

Fecha de fin

C

 

Fecha

 

g

Fecha única

C

«R» si <Tipo de mensaje> es «2» o «5»

No se aplica en los demás casos

(véase el tipo de solicitud de la casilla 1a)

 

Fecha

2

SOLICITUD DE LISTA E-AD

C

«R» si el <Tipo de solicitud> es «6»

No se aplica en los demás casos

(véase el tipo de solicitud de la casilla 1a)

 

 

 

a

Código del Estado miembro

R

 

[véase la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

a2

2.1

RA_CRITERIO PRIMARIO

R

 

 

99x

 

a

Código de tipo de criterio primario

R

 

Los valores posibles son:

1

=

ARC

2

=

Marca comercial del producto

3

=

Categorías de productos sujetos a impuestos especiales en el movimiento

4

=

(reservado)

5

=

(reservado)

6

=

(reservado)

7

=

(reservado)

8

=

Ciudad del destinatario

9

=

Ciudad del expedidor

10

=

Ciudad del garante

11

=

(reservado)

12

=

Ciudad del lugar de entrega

13

=

Ciudad del depósito fiscal de expedición

14

=

Ciudad del transportista

15

=

Código NC del producto

16

=

Fecha de la factura

17

=

Número de impuestos especiales del destinatario

18

=

Número de impuestos especiales del expedidor

19

=

Número de impuestos especiales del garante

20

=

(reservado)

21

=

(reservado)

22

=

Número de impuestos especiales del depósito fiscal de destino

23

=

Número de impuestos especiales del depósito fiscal de expedición

24

=

(reservado)

25

=

Código del producto sujeto a impuestos especiales

26

=

Duración del transporte

27

=

Estado miembro de destino

28

=

Estado miembro de expedición

29

=

Nombre del destinatario

30

=

Nombre del expedidor

31

=

Nombre del garante

32

=

(reservado)

33

=

Nombre del lugar de entrega

34

=

Nombre del depósito fiscal de expedición

35

=

Nombre del transportista

36

=

Número de factura

37

=

Código postal del destinatario

38

=

Código postal del expedidor

39

=

Código postal del garante

40

=

(reservado)

41

=

Código postal del lugar de entrega

42

=

Código postal del depósito fiscal de expedición

43

=

Código postal del transportista

44

=

Cantidad de mercancías (en el cuerpo del e-AD)

45

=

Número de referencia local, a saber, un número de serie asignado por el expedidor

46

=

Tipo de transporte

47

=

(reservado)

48

=

(reservado)

49

=

Número de IVA del destinatario

50

=

(reservado)

51

=

Número de IVA del transportista

52

=

Modificación del destino (número de secuencia > = 2)

n..2

2.1.1

RA_VALOR PRIMARIO

O

 

 

99x

 

a

Valor

R

 

Si el <Código de tipo de criterio primario> es «46» (Tipo de transporte), se utilizará un <Código de modo de transporte> existente de la lista de < MODOS DE TRANSPORTE >.

an..255

3

SOLICITUD_ESTAD

C

«R» si el <Tipo de solicitud> es «7»

No se aplica en los demás casos

(véase el tipo de solicitud de la casilla 1a)

 

 

 

a

Tipo de estadísticas

R

 

Los valores posibles son:

1

=

Operadores económicos activos e inactivos

2

=

Expiraciones pendientes

3

=

Operadores económicos por tipo y depósitos fiscales

4

=

Actividad en materia de impuestos especiales

5

=

Modificaciones de las autorizaciones relativas a impuestos especiales

n1

3.1

Código LISTA DE ESTADOS MIEMBROS

R

 

 

99x

 

a

Código del Estado miembro

R

 

[véase la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

a2

4

PERÍODO_ESTAD

C

«R» si el <Tipo de solicitud> es «7»

No se aplica en los demás casos

(véase el tipo de solicitud de la casilla 1a)

 

 

 

a

Año

R

 

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n4

 

b

Semestre

C

Para 4 b, c, y d:

Los tres campos de datos siguientes son opcionales y exclusivos:

<Semestre>

<Trimestre>

<Mes>

Es decir, si se cumplimenta uno de estos campos de datos, no se aplican los otros dos

Los valores posibles son:

1

=

Primer semestre

2

=

Segundo semestre

n1

 

c

Trimestre

C

Los valores posibles son:

1

=

Primer trimestre

2

=

Segundo trimestre

3

=

Tercer trimestre

4

=

Cuarto trimestre

n1

 

d

Mes

C

Los valores posibles son:

1

=

Enero

2

=

Febrero

3

=

Marzo

4

=

Abril

5

=

Mayo

6

=

Junio

7

=

julio

8

=

Agosto

9

=

Septiembre

10

=

Octubre

11

=

Noviembre

12

=

Diciembre

n..2

5

SOLICITUD_REF

C

«R» si el <Tipo de solicitud> es «2»

No se aplica en los demás casos

(véase el tipo de solicitud de la casilla 1a)

 

 

 

a

Indicador de los criterios comunes de evaluación de riesgos

O

 

Los valores posibles son:

0

=

No o falso

1

=

Sí o verdadero)

n1

5.1

Código LISTA DE CÓDIGOS

O

 

 

99x

 

a

Lista de códigos solicitada

O

 

Los valores posibles son:

1

=

Unidades de medida

2

=

Tipos de incidencias

3

=

Tipos de pruebas

4

=

(reservado)

5

=

(reservado)

6

=

Códigos de lengua

7

=

Estados miembros

8

=

Códigos de país

9

=

Códigos de embalajes

10

=

Motivos de recepción no satisfactoria o informe de control

11

=

Motivos de la interrupción

12

=

(reservado)

13

=

Modalidad de transporte

14

=

Unidades de transporte

15

=

Zonas vitícolas

16

=

Códigos de las operaciones vitivinícolas

17

=

Categorías de productos sujetos a impuestos especiales

18

=

Productos sujetos a impuestos especiales

19

=

Códigos NC

20

=

Correspondencias código NC-producto sujeto a impuestos especiales

21

=

Motivos de anulación

22

=

Motivos de alerta respecto del e-AD o de su rechazo

23

=

Explicación del retraso

24

=

(reservado)

25

=

Personas que presentan el informe de incidencias

26

=

Motivos de rechazo

27

=

Motivos del retraso del resultado

28

=

Solicitud de medidas

29

=

Motivos de la solicitud

30

=

(reservado)

31

=

(reservado)

32

=

(reservado)

33

=

(reservado)

34

=

Motivos que impiden la acción de cooperación administrativa

35

=

(reservado)

36

=

Tipo de documento

37

=

(reservado)

38

=

(reservado)

39

=

Motivos de la solicitud de cierre manual

40

=

Motivos de rechazo del cierre manual

n..2

 

Cuadro 5

(mencionado en el artículo 5, apartado 2)

Lista de e-AD a raíz de una consulta general

A

B

C

D

E

F

G

1

ATRIBUTOS

R

 

 

 

 

a

Oficina solicitante

R

 

[véase la lista de códigos 5 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an8

 

b

Identificador de correlación de la solicitud

R

 

El valor de <Identificador de correlación de la solicitud> es único para cada Estado miembro.

an..44

2

ELEMENTO DE LISTA E-AD

O

 

 

99x

 

a

Fecha de envío

R

 

 

Fecha

2.1

MOVIMIENTO DE PRODUCTOS SUJETOS A IMPUESTOS ESPECIALES

R

 

 

 

 

a

ARC

R

 

[véase la lista de códigos 2 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an21

 

b

Fecha y hora de validación del e-AD

R

 

 

Fecha Hora

 

c

Número de secuencia

R

 

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n..2

2.2

OPERADOR Expedidor

R

 

 

 

 

a

Número de impuesto especial del operador

R

 

Para OPERADOR expedidor

Un identificador existente < Número de impuesto especial del operador > en el conjunto < AUTORIZACIÓN DE OPERADOR >;

El <Código del tipo de operador> del <OPERADOR> de que se trate deberá ser:

«Depositario autorizado»; O

«Expedidor registrado»

[véase la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (UE) n.o 612/2013]

an13

 

b

Nombre del operador

R

 

 

an..182

2.3

OPERADOR Lugar de expedición

C

SI el <Código de tipo de origen del e-AD> es «Origen — Depósito fiscal»

ENTONCES

<OPERADOR Lugar de expedición> es «R»

<OFICINA de expedición-Importación> no se aplica

SI NO

<OPERADOR Lugar de expedición> no se aplica

<OFICINA de expedición-Importación> es «R»

 

 

 

a

Referencia del depósito fiscal

R

 

Para OPERADOR Lugar de expedición

Un identificador existente <Referencia del depósito fiscal> (número de impuesto especial en SEED).

[véase la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (UE) n.o 612/2013]

an13

 

b

Nombre del operador

O

 

 

an..182

2.4

OFICINA de expedición-Importación

C

SI el <Código de tipo de origen del e-AD> es «Origen-Depósito fiscal»

ENTONCES

<OPERADOR Lugar de expedición> es «R»

<OFICINA de expedición-Importación> no se aplica

SI NO

<OPERADOR Lugar de expedición> no se aplica

<OFICINA de expedición-Importación> es «R»

 

 

 

a

Número de referencia de la oficina

R

 

[véase la lista de códigos 5 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an8

2.5

OPERADOR destinatario

C

«R», excepto para el tipo de mensaje «2-Presentación para exportación con despacho local» o para el Código de tipo de destino 8

 

 

 

a

Identificación del operador

C

SI el <Código de tipo de destino> es:

«Destino-Depósito fiscal»

«Destino-Destinatario registrado»

«Destino-Destinatario registrado ocasional»

«Destino-Entrega directa»

ENTONCES <OPERADOR Destinatario. Identificación del operador> es «R»

SI NO

SI el <Código de tipo de destino> es:

«Destino-Exportación»

ENTONCES <OPERADOR Destinatario. Identificación del operador> es «O»

SI NO <OPERADOR Destinatario. Identificación del operador> no se aplica

Los valores posibles de <Identificación del operador> se describen en el cuadro siguiente:

an..16

Código de tipo de destino

OPERADOR DESTINATARIO. Identificación del operador

OPERADOR Lugar de entrega. Identificación del operador

1 -

Destino-Depósito fiscal

Número de impuesto especial (1)

Referencia del depósito fiscal (número de impuesto especial) (2)

2 -

Destino-Destinatario registrado

Número de impuesto especial (3)

Cualquier identificación (4)

3 -

Destino-Destinatario registrado ocasional

Referencia de la autorización temporal (5)

Cualquier identificación (6)

4 -

Destino-Entrega directa

Número de impuesto especial (7)

(Sin objeto)

5 -

Destino-Destinatario exento

(Sin objeto)

Cualquier identificación (8)

6 -

Destino-Exportación

Número de IVA (optativo)

(El grupo de datos<OPERADOR Lugar de entrega> no existe)

8 -

Destino desconocido

(Sin objeto)

(Sin objeto)

(1)

El tipo de operador del destinatario es «depositario autorizado». Un identificador existente < Número de impuesto especial del operador > en el conjunto < AUTORIZACIÓN DE OPERADOR >;

(2)

Un identificador <Referencia del depósito fiscal> existente en el conjunto <DEPÓSITO TEMPORAL>.

(3)

El tipo de operador del destinatario es «destinatario registrado». Un identificador < Número de impuesto especial del operador > existente en el conjunto < AUTORIZACIÓN DE OPERADOR >;

(4)

Para el lugar de entrega, se entiende por «cualquier identificación»: un número de IVA o cualquier otro identificador; es opcional.

(5)

Una <Referencia de la autorización temporal> existente en el conjunto <AUTORIZACIÓN TEMPORAL>;

(6)

Para el lugar de entrega, se entiende por «cualquier identificación»: un número de IVA o cualquier otro identificador; es opcional.

(7)

El tipo de operador del destinatario es «depositario autorizado» o «destinatario registrado». Un identificador < Número de impuesto especial del operador > existente en el conjunto < AUTORIZACIÓN DE OPERADOR >;

(8)

Para el lugar de entrega, se entiende por «cualquier identificación»: un número de IVA o cualquier otro identificador; es opcional.

[véase la lista de códigos 1 y la lista de códigos 2 del anexo II del Reglamento (UE) n.o 612/2013, si procede]

 

b

Número EORI

C

«O» si el <Código de tipo de destino> es «Destino-Exportación»

No se aplica en los demás casos

Proporcionar el número EORI de la persona responsable de la presentación de la declaración de exportación conforme a lo establecido en el artículo 21, apartado 5, de la Directiva 2008/118/CE.

an..17

 

c

Nombre del operador

R

 

 

an..182

2.6

OPERADOR Lugar de entrega

C

La opcionalidad de los grupos de datos <OPERADOR Lugar de entrega> y <OFICINA Lugar de entrega — Aduana> se describe a continuación, en función del <Código de tipo de destino>

«R» para los códigos de tipo de destino 1 y 4

«O» para los códigos de tipo de destino 2, 3 y 5

No se aplica en los demás casos

 

a

Identificación del operador

C

SI el <Código de tipo de destino> es «Destino-Depósito fiscal»

ENTONCES <OPERADOR Lugar de entrega. Identificación del operador> es «R»

SI NO

SI el <Código de tipo de destino> es «Destino-Entrega directa»

ENTONCES <OPERADOR Lugar de entrega. Identificación del operador > no se aplica

ENTONCES <OPERADOR Lugar de entrega. Identificación del operador> es «O»

Los valores posibles de <Identificación del operador> se describen en el cuadro siguiente:

an..16

Código de tipo de destino

OPERADOR DESTINATARIO. Identificación del operador

OPERADOR Lugar de entrega. Identificación del operador

1 -

Destino-Depósito fiscal

Número de impuesto especial (1)

Referencia del depósito fiscal (número de impuesto especial) (2)

2 -

Destino-Destinatario registrado

Número de impuesto especial (3)

Cualquier identificación (4)

3 -

Destino-Destinatario registrado ocasional

Referencia de la autorización temporal (5)

Cualquier identificación (6)

4 -

Destino-Entrega directa

Número de impuesto especial (7)

(Sin objeto)

5 -

Destino-Destinatario exento

(Sin objeto)

Cualquier identificación (8)

6 -

Destino-Exportación

Número de IVA (optativo)

(El grupo de datos<OPERADOR Lugar de entrega> no existe)

8 -

Destino desconocido

(Sin objeto)

(Sin objeto)

(1)

El tipo de operador del destinatario es «depositario autorizado». Un identificador existente < Número de impuesto especial del operador > en el conjunto < AUTORIZACIÓN DE OPERADOR >;

(2)

Un identificador <Referencia del depósito fiscal> existente en el conjunto <DEPÓSITO TEMPORAL>.

(3)

El tipo de operador del destinatario es «destinatario registrado». Un identificador < Número de impuesto especial del operador > existente en el conjunto < AUTORIZACIÓN DE OPERADOR >;

(4)

Para el lugar de entrega, se entiende por «cualquier identificación»: un número de IVA o cualquier otro identificador; es opcional.

(5)

Una <Referencia de la autorización temporal> existente en el conjunto <AUTORIZACIÓN TEMPORAL>;

(6)

Para el lugar de entrega, se entiende por «cualquier identificación»: un número de IVA o cualquier otro identificador; es opcional.

(7)

El tipo de operador del destinatario es «depositario autorizado» o «destinatario registrado». Un identificador < Número de impuesto especial del operador > existente en el conjunto < AUTORIZACIÓN DE OPERADOR >;

(8)

Para el lugar de entrega, se entiende por «cualquier identificación»: un número de IVA o cualquier otro identificador; es opcional.

[véase la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (UE) n.o 612/2013, si procede]

 

b

Nombre del operador

C

SI el <Código de tipo de destino> es «Destino-Entrega directa»

ENTONCES <Nombre del operador> es «O»

SI NO <Nombre del operador> es «R»

 

an..182

2.7

OFICINA Lugar de entrega-Aduana

C

La opcionalidad de los grupos de datos <OPERADOR Lugar de entrega> y <OFICINA Lugar de entrega — Aduana> se describe en el cuadro que figura a continuación, en función del <Código de tipo de destino>:

 

 

Código de tipo de destino

<OPERADOR Lugar de entrega>

<OFICINA Lugar de entrega-Aduana>

1 -

Destino-Depósito fiscal

‘R’

Sin objeto

2 -

Destino-Destinatario registrado

‘O’

Sin objeto

3 -

Destino-Destinatario registrado ocasional

‘O’

Sin objeto

4 -

Destino-Entrega directa

‘R’

Sin objeto

5 -

Destino-Destinatario exento

‘O’

Sin objeto

6 -

Destino-Exportación

Sin objeto

‘R’

8 -

Destino desconocido (destinatario desconocido)

Sin objeto

Sin objeto

 

a

Número de referencia de la oficina

R

 

[véase la lista de códigos 5 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an8

2.8

Código de la CATEGORÍA DE PRODUCTOS SUJETOS A IMPUESTOS ESPECIALES

R

 

 

9x

 

a

Código de la categoría de productos sujetos a impuestos especiales

R

 

[véase la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (UE) n.o 612/2013]

a1

2.9

OPERADOR Organizador del transporte

C

SI el <Encabezamiento del e-AD.Organización del transporte> (IE 801) (o<Encabezamiento del e-AD.Organización del transporte> (IE 815) es «expedidor» o «destinatario»

ENTONCES <OPERADOR Organizador del transporte> no se aplica

SI NO <OPERADOR Organizador del transporte> es «R»

 

 

 

a

Número de IVA

O

 

 

an..14

 

b

Nombre del operador

R

 

 

an..182

2.10

OPERADOR Primer transportista

O

 

 

 

 

a

Número de IVA

O

 

 

an..14

 

b

Nombre del operador

R

 

 

an..182

 

Cuadro 7

(mencionado en el artículo 6, apartado 1)

Solicitud general de cooperación administrativa

A

B

C

D

E

F

G

1

ATRIBUTOS

R

 

 

 

 

a

Tipo de solicitud

R

 

Los valores posibles son:

1

=

Cooperación administrativa

2

=

Solicitud de antecedentes

n1

 

b

Plazo de presentación de resultados

R

 

 

Fecha

2

SEGUIMIENTO

R

 

 

 

 

a

ID de correlación de seguimiento

R

 

(véase la lista de códigos 1 del anexo II)

an28

 

b

Fecha de emisión

R

 

 

Fecha

 

c

Código del Estado miembro remitente

R

 

Un Estado miembro identificado mediante un código de Estado miembro de la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009

a2

 

d

Número de referencia de la oficina remitente

O

 

[véase la lista de códigos 5 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an8

 

e

Agente remitente

O

 

 

an..35

 

f

Código del Estado miembro destinatario

R

 

Un Estado miembro identificado mediante un código de Estado miembro de la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009

a2

 

g

Número de referencia de la oficina destinataria

O

 

[véase la lista de códigos 5 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an8

 

h

Agente destinatario

O

 

 

an..35

 

i

Identificador nacional de referencia del caso

O

 

 

an..99

3

SOLICITUD_ ACO

C

«R» si el <Tipo de solicitud> es «1»

No se aplica en los demás casos

(véase el tipo de solicitud de la casilla 1a)

 

 

 

a

Información sobre la solicitud de cooperación administrativa

R

 

 

an..999

 

b

Información sobre la solicitud de cooperación administrativa_LNG

R

 

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

c

Indicador

O

 

Los valores posibles son:

0

=

No o falso

1

=

Sí o verdadero

n1

3.1

Código del MOTIVO DE LA SOLICITUD

R

 

 

99x

 

a

Código del motivo de la solicitud de cooperación administrativa

R

 

(véase la lista de códigos 8 del anexo II)

n..2

 

b

ACO_Información complementaria

C

«R» si el <Código del motivo de la solicitud de cooperación administrativa> es «Otro»

«O» en los demás casos

an..999

 

c

ACO_Información complementaria_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

3.1.1

REFERENCIA DE LA EVALUACIÓN DEL RIESGO

O

 

 

99x

 

a

Otro perfil de riesgo

O

 

 

an..999

 

b

Otro perfil de riesgo_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

3.2

Lista de ARC

O

 

 

99x

 

a

ARC

R

 

[véase la lista de códigos 2 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an21

 

b

Número de secuencia

O

 

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n..2

3.3

OPERADOR Persona

O

 

 

99x

 

a

Número de impuesto especial del operador

C

Para 3.3 a, b, y c: al menos uno de los siguientes atributos deberá estar presente:

<Número de impuesto especial del operador>

<Número de IVA>

<Nombre del operador>

Un identificador existente (número de impuesto especial)<Número de impuesto especial del operador> en el conjunto <AUTORIZACIÓN DE OPERADOR> o <Referencia de la autorización temporal> en el conjunto <AUTORIZACIÓN TEMPORAL>.

[véase la lista de códigos 1 y la lista de códigos 2 del anexo II del Reglamento (UE) n.o 612/2013]

an13

 

b

Número de IVA

C

 

an..14

 

c

Nombre del operador

C

 

an..182

 

d

Código del Estado miembro

C

«R» si se proporciona el <Nombre del operador> y si no se proporcionan el <Número de impuesto especial del operador> ni el <Número de IVA>

No se aplica en los demás casos

(véanse el número de impuesto especial del operador en la casilla 3.3a, el número de IVA en la casilla 3.3b y el nombre del operador en la casilla 3.3c)

Un Estado miembro identificado mediante un código de Estado miembro de la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009

a2

 

e

Nombre de la calle

O

 

 

an..65

 

f

Número de la calle

O

 

 

an..11

 

g

Código postal

O

 

 

an..10

 

h

Localidad

O

 

 

an..50

 

i

NAD_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

j

Número de teléfono

O

 

 

an..35

 

k

Número de fax

O

 

 

an..35

 

l

Dirección de correo electrónico

O

 

 

an..70

3.4

JUSTIFICANTES

O

 

 

9x

 

a

Breve descripción del justificante

C

«R» si el <Tipo de justificante> es «Otro»

No se aplica en los demás casos

(véanse la referencia del justificante en la casilla 3.4c y la imagen del documento en la casilla 3.4e)

 

an..999

 

b

Breve descripción del justificante_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

c

Referencia del justificante

C

Al menos uno de estos tres campos deberá estar presente:

<Tipo de justificante>

<Referencia del justificante>

<Imagen del documento>

(véanse la breve descripción del justificante en la casilla 3.4a y la imagen del documento en la casilla 3.4e)

 

an..999

 

d

Referencia del justificante_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

e

Imagen del documento

C

Al menos uno de estos tres campos deberá estar presente:

<Tipo de justificante>

<Referencia del justificante>

<Imagen del documento>

(véanse la breve descripción del justificante en la casilla 3.4a y la referencia del justificante en la casilla 3.4c)

 

 

 

f

Tipo de justificante

C

Al menos uno de estos tres campos deberá esar presente:

<Tipo de justificante>

<Referencia del justificante>

<Imagen del documento>

Véanse la referencia del justificante en la casilla 3.4c y la imagen del documento en la casilla 3.4e

(véase la lista de códigos 15 del anexo II)

n..4

3.5

MEDIDAS solicitadas

O

 

 

99x

 

a

Código de la acción de cooperación administrativa

R

 

(véase la lista de códigos 9 del anexo II)

n..2

 

b

Complemento de la acción de ACO

C

«R» si el <Código de la acción de cooperación administrativa> es «Otro»

«O» en los demás casos

(véase el código de la acción de cooperación administrativa en la casilla 3.5a)

 

an..999

 

c

Complemento de la acción de ACO_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

4

SOLICITUD DE ANTECEDENTES

C

«R» si el <Tipo de solicitud> es «2»

No se aplica en los demás casos

(véase el tipo de solicitud de la casilla 1a)

 

 

 

a

ARC

R

 

[véase la lista de códigos 2 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an21

 

b

Tipo de alcance de la solicitud de antecedentes

R

 

Los valores posibles son:

1

=

datos aplicables en un momento determinado fijado por la <fecha de alcance>

2

=

antecedentes de los datos desde un momento determinado fijado por la <fecha de alcance>

3

=

antecedentes completos de los datos

(Véase la fecha de alcance en la casilla 4c)

n1

 

c

Fecha de alcance

C

No se aplica si el <Tipo de alcance de la solicitud de antecedentes> es «3»

«R» en los demás casos

(véase el Tipo de alcance de la solicitud de antecedentes en la casilla 4b)

 

Fecha

 

d

Motivo de la solicitud de antecedentes

R

 

 

an..999

 

e

Motivo de la solicitud de antecedentes_LNG

R

 

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

5

CONTACTO

O

 

 

 

 

a

Número de referencia de la oficina

R

 

[véase la lista de códigos 5 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an8

 

b

Agente de los impuestos especiales que lo presenta

O

 

 

an..35

 

c

Número de teléfono

O

 

 

an..35

 

d

Número de fax

O

 

 

an..35

 

e

Dirección de correo electrónico

O

 

 

an..70

 

Cuadro 10

(mencionado en el artículo 6, apartado 3, el artículo 9, apartado 1, y los artículos 10 y 16)

Resultados de la cooperación administrativa

A

B

C

D

E

F

G

1

SEGUIMIENTO

R

 

 

 

 

a

ID de correlación de seguimiento

R

 

(véase la lista de códigos 1 del anexo II)

an28

 

b

Fecha de emisión

R

 

 

Fecha

 

c

Código del Estado miembro remitente

R

 

Un Estado miembro identificado mediante un código de Estado miembro de la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009

a2

 

d

Número de referencia de la oficina remitente

O

 

[véase la lista de códigos 5 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an8

 

e

Agente remitente

O

 

 

an..35

 

f

Código del Estado miembro destinatario

R

 

Un Estado miembro identificado mediante un código de Estado miembro de la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009

a2

 

g

Número de referencia de la oficina destinataria

O

 

[véase la lista de códigos 5 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an8

 

h

Agente destinatario

O

 

 

an..35

 

i

Identificador nacional de referencia del caso

C

«O» si <ID de correlación de seguimiento> no coincide con <ID de correlación de seguimiento> en un mensaje de solicitud

«R» si <ID de correlación de seguimiento> coincide con <ID de correlación de seguimiento> en un mensaje de solicitud Y

<Identificador nacional de referencia del caso> está presente en el mensaje de solicitud

No se aplica en los demás casos.

SI <ID de correlación de seguimiento> coincide con <ID de correlación de seguimiento> en un mensaje de solicitud Y <Identificador nacional de referencia del caso> está presente en el mensaje de solicitud

ENTONCES

<Identificador nacional de referencia del caso> debe ser igual al valor de <Identificador nacional de referencia del caso> en el mensaje de solicitud.

an..99

2

CONTACTO

O

 

 

 

 

a

Número de referencia de la oficina

R

 

[véase la lista de códigos 5 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an8

 

b

Agente de los impuestos especiales que lo presenta

O

 

 

an..35

 

c

Número de teléfono

O

 

 

an..35

 

d

Número de fax

O

 

 

an..35

 

e

Dirección de correo electrónico

O

 

 

an..70

3

RESULTADOS DE LA ACCIÓN_ACO

O

 

 

99x

 

a

ARC

O

 

[véase la lista de códigos 2 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an21

 

b

Número de secuencia

C

«O» si está presente el <ARC>

No se aplica en los demás casos

(véase el ARC en la casilla 3a)

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n..2

 

c

Código de la acción de cooperación administrativa

R

 

(véase la lista de códigos 9 del anexo II)

n..2

 

d

Complemento de la acción de ACO

C

«R» si el <Código de la acción de cooperación administrativa> es «Otro»

«O» en los demás casos

(véase el código de la acción de cooperación administrativa en la casilla 3c)

 

an..999

 

e

Complemento de la acción de ACO_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

f

Código del motivo que impide la acción de ACO

O

 

(véase la lista de códigos 11 del anexo II)

n..2

 

g

Complemento del motivo que impide la acción de ACO

C

«R» si el <Código del motivo que impide la acción de ACO> es «Otro»

«O» en los demás casos

(véase el código del motivo que impide la acción de ACO en la casilla 3f)

 

an..999

 

h

Complemento del motivo que impide la acción de ACO_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

i

Constataciones en destino

O

 

Los valores posibles son:

0

=

Otras constataciones

1

=

(reservado)

2

=

Envío conforme

3

=

El envío no ha llegado a su destino

4

=

El envío llegó tarde

5

=

Cantidad por defecto observada

6

=

Productos sujetos a impuestos especiales no conformes

7

=

El envío no está inscrito en la contabilidad de existencias

8

=

No se pudo contactar con el operador

9

=

Falta el operador

10

=

Cantidad por exceso observada

11

=

EPC erróneo

12

=

Código de tipo de destino no válido

13

=

Diferencias confirmadas

14

=

Cierre manual recomendado

15

=

Interrupción recomendada

16

=

Irregularidades detectadas

n..2

 

j

Otro tipo de constatación

C

«R» si las <Constataciones en destino> son «Otras conclusiones»

No se aplica en los demás casos

(véanse las Constataciones en destino en la casilla 3i)

 

an..999

 

k

Otro tipo de constatación_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

l

Explicaciones complementarias

O

 

 

an..999

 

m

Explicaciones complementarias_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

n

Referencia del informe de control

O

 

(véase la lista de códigos 2 del anexo II)

Un mensaje de «Informe de control» existe en el sistema (incluso en aquellos casos en que está incorporado a un mensaje de «Antecedentes de un movimiento»/«Resultados de los antecedentes») con el mismo mensaje <Referencia del informe de control> que el mensaje remitido. Además, si el <ARC> figura en ese mensaje, debe coincidir con el <ARC> del mensaje «Informe de control» de referencia

(véase el ARC en la casilla 3a)

an16

4

SOLICITUD DE INFORMACIÓN DE RETORNO

O

 

 

 

 

a

Información de retorno solicitada o facilitada

R

 

Los valores posibles son:

0

=

Información de retorno no solicitada

1

=

Información de retorno solicitada

2

=

Información de retorno facilitada

n1

 

b

Medidas de seguimiento

C

Al menos uno de estos dos campos si se facilita un indicador en la casilla 4a:

< Medidas de seguimiento>

<Pertinencia de la información>

an..999

 

c

Medidas de seguimiento_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

d

Pertinencia de la información facilitada

C

Al menos uno de estos dos campos si se facilita un indicador en la casilla 4a:

< Medidas de seguimiento>

<Pertinencia de la información>

an..999

 

e

Pertinencia de la información _LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

5

JUSTIFICANTES

O

 

 

9x

 

a

Breve descripción del justificante

C

«R» si el <Tipo de justificante> es «Otro»

No se aplica en los demás casos

(Véase el Tipo de justificante en la casilla 5f)

 

an..999

 

b

Breve descripción del justificante_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

c

Referencia del justificante

C

Al menos uno de estos tres campos deberá estar presente:

<Breve descripción del justificante>

<Referencia del justificante>

<Imagen del documento>

(véanse la breve descripción del justificante en la casilla 5a y la imagen del documento en la casilla 5e)

 

an..999

 

d

Referencia del justificante_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

e

Imagen del documento

C

Al menos uno de estos tres campos deberá estar presente:

<Breve descripción del justificante>

<Referencia del justificante>

<Imagen del documento>

(véanse la breve descripción del justificante en la casilla 5a y la referencia del justificante en la casilla 5c)

 

 

 

f

Tipo de justificante

C

Al menos uno de estos tres campos deberá estar presente:

<Breve descripción del justificante>

<Referencia del justificante>

<Imagen del documento>

(véanse la breve descripción del justificante en la casilla 5a, la referencia del justificante en la casilla 5c y la imagen del documento en la casilla 5e)

(véase la lista de códigos 15 del anexo II)

n..4

 

Cuadro 11

(mencionado en el artículo 9, apartado 2, y en el artículo 11)

Informe de control

A

B

C

D

E

F

G

1

ATRIBUTOS

R

 

 

 

 

a

Tipo de mensaje

R

 

Los valores posibles son:

1

=

Documento validado

n1

 

b

Fecha y hora de validación del informe de control

C

«R» tras una validación positiva

No se aplica en los demás casos

 

Fecha Hora

2

ENCABEZAMIENTO DEL INFORME DE CONTROL

R

 

 

 

 

a

Referencia del informe de control

R

 

(véase la lista de códigos 2 del anexo II)

an16

2.1

OFICINA DE CONTROL

R

 

 

 

 

a

Número de referencia de la oficina de control

O

 

[véase la lista de códigos 5 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an8

 

b

Código del Estado miembro

C

Para 2.1 b, c, d, e, f, y g:

«R» excepto para <Número de la calle> que es «O», si no se especifica el <Número de referencia de la oficina de control>

No se aplica en los demás casos

(véase el número de referencia de la oficina de control en la casilla 2.1a)

Un Estado miembro identificado mediante un código de Estado miembro de la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009

a2

 

c

Nombre de la oficina de control

C

 

an..35

 

d

Nombre de la calle

C

 

an..65

 

e

Número de la calle

C

 

an..11

 

f

Código postal

C

 

an..10

 

g

Localidad

C

 

an..50

 

h

Número de teléfono

C

Para 2.1 h, i y j:

Si no se especifica el <Número de referencia de la oficina de control>, deberá figurar al menos uno de los tres siguientes atributos:

<Número de teléfono>

<Número de fax>

<Dirección de correo electrónico>

en otro caso, no son aplicables ninguno de los tres atributos

(véase el número de referencia de la oficina de control en la casilla 2.1a)

 

an..35

 

i

Número de fax

C

 

an..35

 

j

Dirección de correo electrónico

C

 

an..70

 

k

NAD_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto libre correspondiente

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

3

e-AD DE UN MOVIMIENTO DE PRODUCTOS SUJETOS A IMPUESTOS ESPECIALES

C

Uno de los grupos de datos <e-AD DE UN MOVIMIENTO DE PRODUCTOS SUJETOS A IMPUESTOS ESPECIALES> u <OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO> debe estar presente

 

 

 

a

ARC

R

 

[véase la lista de códigos 2 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an21

 

b

Número de secuencia

R

 

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n..2

4

OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO

C

Uno de los grupos de datos <e-AD DE UN MOVIMIENTO DE PRODUCTOS SUJETOS A IMPUESTOS ESPECIALES> u <OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO> debe estar presente

 

 

 

a

Tipo de otro documento de acompañamiento

R

 

Los valores posibles son:

0

=

Otro

2

=

SAAD

n1

 

b

Breve descripción de otro documento de acompañamiento

C

«R» si el <Tipo de otro documento de acompañamiento> es «Otro»

No se aplica en los demás casos

 

an…350

 

c

Breve descripción de otro documento de acompañamiento_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

n2

 

d

Número de otro documento de acompañamiento

R

 

 

an…350

 

e

Fecha de otro documento de acompañamiento

R

 

 

Fecha

 

f

Imagen de otro documento de acompañamiento

O

 

 

 

 

g

Estado miembro de expedición

R

 

Un Estado miembro identificado mediante un código de Estado miembro de la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009

a2

 

h

Estado miembro de destino

R

 

Un Estado miembro identificado mediante un código de Estado miembro de la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009

a2

4.1

OPERADOR Persona participante en el movimiento

O

 

 

9x

 

a

Número de impuesto especial del operador

C

Al menos uno de los siguientes atributos deberá estar presente:

<Número de impuesto especial del operador>

<Identificación del operador>

<Nombre del operador>

Un identificador existente (número de impuesto especial)<Número de impuesto especial del operador> en el conjunto <AUTORIZACIÓN DE OPERADOR> o <Referencia de la autorización temporal> en el conjunto <AUTORIZACIÓN TEMPORAL>.

[véase la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (UE) n.o 612/2013]

an13

 

b

Identificación del operador

C

Al menos uno de los siguientes atributos deberá estar presente:

<Número de impuesto especial del operador>

<Identificación del operador>

<Nombre del operador>

Número de IVA o cualquier otro número de identificación nacional

an16

 

c

Nombre del operador

C

Al menos uno de los siguientes atributos deberá estar presente:

<Número de impuesto especial del operador>

<Identificación del operador>

<Nombre del operador>

an..182

 

d

Tipo de operador

O

 

Los valores posibles son los siguientes:

1

=

Expedidor

2

=

Destinatario

3

=

Representante fiscal

4

=

Vendedor

5

=

Persona responsable

6

=

Cliente particular

n..2

 

e

Código del Estado miembro

C

«R» si se proporciona el <Nombre del operador> Y no se proporcionan el <Número de impuesto especial del operador> ni la <Identificación del operador>.

No se aplica en los demás casos

[véase la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

a2

 

f

Nombre de la calle

O

 

 

an..65

 

g

Número de la calle

O

 

 

an..11

 

h

Código postal

O

 

 

an..10

 

i

Localidad

O

 

 

an..50

 

j

NAD_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

k

Número de teléfono

O

 

 

an..35

 

m

Dirección de correo electrónico

O

 

 

an..70

4.2

ARTÍCULO DE MERCANCÍAS

O

 

 

999x

 

a

Descripción de la mercancía

O

 

 

an..55

 

b

Código NC

C

«R» si:<OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO. Imagen de otro documento de acompañamiento> no está presente en el grupo de datos <OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO>

No se aplica en los demás casos

(véanse las casillas 4 y 4f)

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n8

 

c

Descripción comercial de la mercancía

O

 

 

an..999

 

d

Código adicional

O

 

 

an..35

 

e

Cantidad

C

«R» si:<OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO. Imagen de otro documento de acompañamiento> no está presente en el grupo de datos de <OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO>

No se aplica en los demás casos

(véanse las casillas 4 y 4f)

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n..15,3

 

f

Código de la unidad de medida

C

«R» si:<OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO. Imagen de otro documento de acompañamiento> no está presente en el grupo de datos de <OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO>

No se aplica en los demás casos

(véanse las casillas 4 y 4f)

[Véase la lista de códigos 12 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

n..2

 

g

Peso bruto

O

 

El peso bruto debe ser igual o mayor que el peso neto.

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n..15,2

 

h

Peso neto

O

 

El peso bruto debe ser igual o mayor que el peso neto.

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n..15,2

4.3

MEDIO DE TRANSPORTE

C

«R» si:<OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO. Imagen de otro documento de acompañamiento> no está presente en el grupo de datos de <OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO>

No se aplica en los demás casos

(véanse las casillas 4 y 4f)

 

 

 

a

Nombre del operador

R

 

 

an..182

 

b

Nombre de la calle

R

 

 

an..65

 

c

Número de la calle

O

 

 

an..11

 

d

País del transportista

R

 

Indicar un «código de país» enumerado en la lista de códigos 4 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009, pero que no figure en la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009, y a excepción del «código de país»«GR».

a2

 

e

Código postal

R

 

 

an..10

 

f

Localidad

R

 

 

an..50

 

g

Código del modo de transporte

R

 

Indicar el modo de transporte mediante los códigos que figuran en la lista de códigos 7 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009.

n..2

 

h

ACO_Información complementaria

C

«R» si <MEDIO DE TRANSPORTE. Código del modo de transporte> es «Otro»

No se aplica en los demás casos

(véase la casilla 4.3 g)

 

an..999

 

i

ACO_Información complementaria_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

j

Registro

R

 

 

an..35

 

k

País de registro

R

 

Indicar un «código de país» enumerado en la lista de códigos 4 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009, pero que no figure en la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009, y a excepción del «código de país»«GR».

a2

5

INFORME DE CONTROL

R

 

 

 

 

a

Fecha del control

R

 

 

Fecha

 

b

Lugar del control

R

 

 

an..350

 

c

Lugar del control_LNG

R

 

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

d

Tipo de control

R

 

Los valores posibles son:

1

=

Control físico

2

=

Control documental

n1

 

e

Motivo del control

R

 

Los valores posibles son:

0

=

Otro motivo

1

=

Control aleatorio

2

=

Incidencia señalada

3

=

Solicitud de asistencia recibida

4

=

Solicitud de otra oficina

5

=

Alerta recibida

n1

 

f

Referencia de origen complementaria

O

 

 

an..350

 

g

Referencia de origen complementaria_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

h

Identidad del agente de control

R

 

 

an..350

 

i

Identidad del agente de control_LNG

R

 

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

j

Conclusión global del control

R

 

Los valores posibles son:

1

=

Satisfactorio

2

=

Detectadas discrepancias menores

3

=

Interrupción recomendada

4

=

Intención de reclamar en virtud del artículo 10 de la Directiva 2008/118/CE del Consejo

5

=

Disminución admisible detectada, en relación con el artículo 7, apartado 4, de la Directiva 2008/118/CE del Consejo

n1

 

k

Control a la llegada requerido

R

 

Los valores posibles son:

0

=

No o falso

1

=

Sí o verdadero

n1

 

l

Indicador

R

 

Los valores posibles son:

0

=

No o falso

1

=

Sí o verdadero

n1

 

m

Observaciones

O

 

 

an..350

 

n

Observaciones_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

5.1

MEDIDAS DE CONTROL APLICADAS

R

 

 

99x

 

a

Medidas de control aplicadas

R

 

Los valores posibles son:

0

=

Otras medidas de control

1

=

Paquetes contados comprobados

2

=

Descargado

3

=

Paquetes abiertos

4

=

Copia en papel anotada de documentos (ej. SAAD)

5

=

Recuento

6

=

Muestreo

7

=

Control administrativo

8

=

Mercancías pesadas/medidas

9

=

Control aleatorio

10

=

Control de los registros

11

=

Comparación de los documentos presentados con e-AD

n..2

 

b

Otras medidas de control

C

«R» si <Medidas de control aplicadas> es «0»

No se aplica en los demás casos

(véase el código de las medidas de control aplicadas en la casilla 5.1 a)

 

an..350

 

c

Otras medidas de control_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

5.2

PRUEBAS PERTINENTES

C

«R» si el <Motivo del control> es «2»

«O» en los demás casos

(véase el motivo del control en la casilla 5e)

 

9x

 

a

Autoridad expedidora

O

 

 

an..35

 

b

Autoridad expedidora_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

c

Código de tipo de prueba

R

 

(véase la lista de códigos 6 del anexo II)

n..2

 

d

Complemento de tipo de prueba

C

«R» si el <Código de tipo de prueba> es «Otro»

No se aplica en los demás casos

(véase el código del tipo de prueba en la casilla 5.2c)

 

an..350

 

e

Complemento de tipo de prueba_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

f

Referencia de la prueba

O

 

 

an..350

 

g

Referencia de la prueba_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

h

Imagen de la prueba

O

 

 

 

5.3

MOTIVO DE LA INSATISFACCIÓN

O

 

 

9x

 

a

Código del motivo de la insatisfacción

R

 

(véase la lista de códigos 12 del anexo II)

n..2

 

b

Información complementaria

C

«R» si el <Código del motivo de la insatisfacción> es «Otro»

No se aplica en los demás casos

(Véanse los códigos del motivo de la insatisfacción en la casilla 5.3 a)

 

an..350

 

c

Información complementaria_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

5.4

DETALLES DEL TRANSPORTE

O

 

 

99x

 

a

Código de la unidad de transporte

R

 

[véase la lista de códigos 7 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

n..2

 

b

Identificación de las unidades de transporte

C

«R» si el <Código de la unidad de transporte> no es «instalaciones fijas de transporte»

No se aplica en los demás casos

(véase el código de la unidad de transporte en la casilla 5.4 a)

 

an..35

 

c

Identificación del precinto comercial

O

 

 

an..35

 

d

Información relativa al precinto

O

 

 

an..350

 

e

Información relativa al precinto_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

f

Información complementaria

O

 

 

an..350

 

g

Información complementaria_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

5.5

Cuerpo del INFORME DE CONTROL

O

 

 

99x

 

a

Referencia única del producto en el documento

C

«R» si está presente el grupo de datos <e-AD DE UN MOVIMIENTO DE PRODUCTOS SUJETOS A IMPUESTOS ESPECIALES>

No se aplica en los demás casos

Este valor se refiere a la <Referencia única del producto en el documento> del documento e-AD del e-AD asociado y debe ser único en el mensaje.

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n..3

 

b

Descripción de la mercancía

C

«O» si está presente el grupo de datos <OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO>

No se aplica en los demás casos

an..55

 

c

Código NC

C

«R» si está presente el grupo de datos <OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO>

No se aplica en los demás casos

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n8

 

d

Código adicional

C

«O» si está presente el grupo de datos <OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO>

No se aplica en los demás casos

an..35

 

e

Indicador de cantidad en exceso o en defecto

O

 

Los valores posibles son:

S

=

Defecto

E

=

Exceso

a1

 

f

Cantidad en exceso o defecto observada

C

«R» si se facilita un <Indicador de cantidad por exceso o por defecto >

No se aplica en los demás casos

(véase el indicador de defecto o exceso en la casilla 5.5e)

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n..15,3

 

g

Observaciones

O

 

 

an..350

 

h

Observaciones_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

5.5.1

MOTIVO DE LA INSATISFACCIÓN

O

 

 

9x

 

a

Código del motivo de la insatisfacción

R

 

(véase la lista de códigos 12 del anexo II)

n..2

 

b

Información complementaria

C

«R» si el <Código del motivo de la insatisfacción> es «Otro»

«O» en los demás casos

(Véase el indicador del motivo de la insatisfacción en la casilla 5.5.1a)

 

an..350

 

c

Información complementaria_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

Cuadro 12

(mencionado en el artículo 14)

Informe de incidencias

A

B

C

D

E

F

G

1

ATRIBUTOS

R

 

 

 

 

a

Tipo de mensaje

R

 

Los valores posibles son:

1

=

Escrito inicial

3

=

Documento validado

n1

 

b

Fecha y hora de validación del informe de incidencias

C

«R» tras una validación positiva

No se aplica en los demás casos

Fecha Hora

2

ENCABEZAMIENTO DEL INFORME DE INCIDENCIAS

R

 

 

 

 

a

Número del informe de incidencias

C

«R» si el <Tipo de mensaje> es «3»

No se aplica en los demás casos

(véase el tipo de mensaje de la casilla 1a)

(véase la lista de códigos 2 del anexo II)

an16

 

b

Referencia del Estado miembro de presentación del informe de incidencias

C

«R» si el <Tipo de mensaje> es «1» o «3» y si el Estado miembro de presentación es distinto del Estado miembro de la incidencia

«O» si el <Tipo de mensaje> es «1» o «3» y si el Estado miembro de presentación es el Estado miembro de la incidencia

No se aplica en los demás casos

(véase el tipo de mensaje de la casilla 1a)

El formato de la <Referencia del Estado miembro de presentación del informe de incidencias> es:

2 caracteres alfabéticos: Identificador del Estado miembro de presentación del informe de incidencias

seguido de un código único, asignado a escala nacional

an..35

 

c

ARC

R

 

[véase la lista de códigos 2 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an21

 

d

Número de secuencia

R

 

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n..2

3

OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO

C

Uno de los grupos de datos <e-AD DE UN MOVIMIENTO DE PRODUCTOS SUJETOS A IMPUESTOS ESPECIALES> u <OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO> debe estar presente

 

 

 

a

Tipo de otro documento de acompañamiento

R

 

Los valores posibles son:

0

=

Otro

2

=

SAAD

n1

 

b

Breve descripción de otro documento de acompañamiento

C

«R» si el <Tipo de otro documento de acompañamiento> es «Otro»

No se aplica en los demás casos

 

an..350

 

c

Breve descripción de otro documento de acompañamiento_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

 

a2

 

d

Número de otro documento de acompañamiento

R

 

 

an..350

 

e

Fecha de otro documento de acompañamiento

R

 

 

Fecha

 

f

Imagen de otro documento de acompañamiento

O

 

 

 

 

g

Estado miembro de expedición

R

 

Un Estado miembro identificado mediante un código de Estado miembro de la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009

a2

 

h

Estado miembro de destino

R

 

Un Estado miembro identificado mediante un código de Estado miembro de la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009

a2

3.1

OPERADOR Persona participante en el movimiento

O

 

 

9x

 

a

Número de impuesto especial del operador

C

Al menos uno de los siguientes atributos deberá estar presente:

<Número de impuesto especial del operador>

<Identificación del operador>

<Nombre del operador>

Un identificador existente (número de impuesto especial)<Número de impuesto especial del operador> en el conjunto <AUTORIZACIÓN DE OPERADOR> o <Referencia de la autorización temporal> en el conjunto <AUTORIZACIÓN TEMPORAL>.

[véase la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (UE) n.o 612/2013]

an13

 

b

Identificación del operador

C

Al menos uno de los siguientes atributos deberá estar presente:

<Número de impuesto especial del operador>

<Identificación del operador>

<Nombre del operador>

Número de IVA o cualquier otro número de identificación nacional

an16

 

c

Nombre del operador

C

Al menos uno de los siguientes atributos deberá estar presente:

<Número de impuesto especial del operador>

<Identificación del operador>

<Nombre del operador>

an..182

 

d

Tipo de operador

O

 

Los valores posibles son los siguientes:

1

=

Expedidor

2

=

Destinatario

3

=

Representante fiscal

4

=

Vendedor

5

=

Persona responsable

6

=

Cliente particular

n..2

 

e

Código del Estado miembro

C

«R» si se proporciona el <Nombre del operador> Y no se proporcionan el <Número de impuesto especial del operador> ni la <Identificación del operador>.

No se aplica en los demás casos

[véase la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

a2

 

f

Nombre de la calle

O

 

 

an..65

 

g

Número de la calle

O

 

 

an..11

 

h

Código postal

O

 

 

an..10

 

j

NAD_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

k

Número de teléfono

O

 

 

an..35

 

l

Número de fax

O

 

 

an..35

 

m

Dirección de correo electrónico

O

 

 

an..70

3.2

ARTÍCULO DE MERCANCÍAS

O

 

 

999x

 

a

Descripción de la mercancía

O

 

 

an..55

 

b

Código NC

C

«R» si <OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO. Imagen de otro documento de acompañamiento> no está presente en el grupo de datos de <OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO>

No se aplica en los demás casos (véanse las casillas 3 y 3f)

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n8

 

c

Descripción comercial de la mercancía

O

 

 

an..999

 

d

Código adicional

O

 

 

an..35

 

e

Cantidad

C

«R» si:<OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO. Imagen de otro documento de acompañamiento> no está presente en el grupo de datos de <OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO>

No se aplica en los demás casos

(véanse las casillas 3 y 3f)

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n..15,3

 

f

Código de la unidad de medida

C

«R» si:<OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO. Imagen de otro documento de acompañamiento> no está presente en el grupo de datos de <OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO>

No se aplica en los demás casos

(véanse las casillas 3 y 3f)

[Véase la lista de códigos 12 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

n..2

 

g

Peso bruto

O

 

El peso bruto debe ser igual o mayor que el peso neto.

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n..15,2

 

h

Peso neto

O

 

El peso bruto debe ser igual o mayor que el peso neto.

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n..15,2

3.3

MEDIO DE TRANSPORTE

C

«R» si:<OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO. Imagen de otro documento de acompañamiento> no está presente en el grupo de datos de <OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO>

No se aplica en los demás casos

(véanse las casillas 3 y 3f)

 

 

 

a

Nombre del operador

R

 

 

an..182

 

b

Nombre de la calle

R

 

 

an..65

 

c

Número de la calle

O

 

 

an..11

 

d

País del transportista

R

 

Indicar un «código de país» enumerado en la lista de códigos 4 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009, pero que no figure en la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009, y a excepción del «código de país»«GR».

a2

 

e

Código postal

R

 

 

an..10

 

f

Localidad

R

 

 

an..50

 

g

Código del modo de transporte

R

 

Indicar el modo de transporte mediante los códigos que figuran en la lista de códigos 7 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009.

n..2

 

h

ACO_Información complementaria

C

«R» si <MEDIO DE TRANSPORTE.Código del modo de transporte es «Otro»

No se aplica en los demás casos

(véase la casilla 3.3 g)

 

an..999

 

i

ACO_Información complementaria_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

j

Registro

R

 

 

an..35

 

k

País de registro

R

 

Indicar un «código de país» enumerado en la lista de códigos 4 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009, pero que no figure en la lista de códigos 3 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009, y a excepción del «código de país»«GR».

a2

4

INFORME DE INCIDENCIAS

R

 

 

 

 

a

Fecha de la incidencia

R

 

 

Fecha

 

b

Lugar de la incidencia

R

 

 

an..350

 

c

Lugar de la incidencia_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

d

Identificación del agente de los impuestos especiales

O

 

 

an..35

 

e

Persona que presenta el informe

R

 

 

an..35

 

f

Código de la persona que presenta el informe

R

 

(véase la lista de códigos 10 del anexo II)

n..2

 

g

Complemento de la persona que presenta el informe

C

«R» si el <Código de la persona que presenta el informe> es «Otro»

«O» en los demás casos

(véase el código de la persona que presenta el informe en la casilla 4f)

 

an..350

 

h

Complemento de la persona que presenta el informe_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

i

Cambio en la organización del transporte

O

 

Los valores posibles son:

1

=

Expedidor

2

=

Destinatario

3

=

Propietario de los productos

4

=

Otro

n1

 

j

Observaciones

O

 

 

an..350

 

k

Observaciones_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

5

PRUEBA DE UNA INCIDENCIA

O

 

 

9x

 

a

Autoridad expedidora

O

 

 

an..35

 

b

Autoridad expedidora_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

c

Código de tipo de prueba

R

 

(véase la lista de códigos 6 del anexo II)

n..2

 

d

Complemento de tipo de prueba

C

«R» si el <Código de tipo de prueba> es «Otro»

No se aplica en los demás casos

(véase el código del tipo de prueba en la casilla 5c)

 

an..350

 

e

Complemento de tipo de prueba_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

2

 

f

Referencia de la prueba

R

 

 

an..350

 

g

Referencia de la prueba_LNG

R

 

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

h

Imagen de la prueba

O

 

 

 

6

OPERADOR Nuevo organizador del transporte

C

No se aplicará si <Cambio en la organización del transporte> es «1», «2» o no se utiliza,

«R» en los demás casos

(véase cambio en la organización del transporte en la casilla 4i)

 

 

 

a

Número de IVA

O

 

 

an..14

 

b

Nombre del operador

R

 

 

an..182

 

c

Nombre de la calle

R

 

 

an..65

 

d

Número de la calle

O

 

 

an..11

 

e

Código postal

R

 

 

an..10

 

f

Localidad

R

 

 

an..50

 

g

NAD_LNG

R

 

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

7

OPERADOR Nuevo transportista

O

 

 

 

 

a

Número de IVA

O

 

 

an..14

 

b

Nombre del operador

R

 

 

an..182

 

c

Nombre de la calle

R

 

 

an..65

 

d

Número de la calle

O

 

 

an..11

 

e

Código postal

R

 

 

an..10

 

f

Localidad

R

 

 

an..50

 

g

NAD_LNG

R

 

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

8

DETALLES DEL TRANSPORTE

O

 

 

99x

 

a

Código de la unidad de transporte

R

 

[véase la lista de códigos 7 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

n..2

 

b

Identificación de las unidades de transporte

C

No se aplica si el <Código de la unidad de transporte> es «instalaciones fijas de transporte»

«R» en los demás casos

(véase el código de la unidad de transporte en la casilla 8 a)

 

an..35

 

c

Identificación del precinto comercial

O

 

 

an..35

 

d

Información relativa al precinto

O

 

 

an..350

 

e

Información relativa al precinto_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

f

Información complementaria

O

 

 

an..350

 

g

Información complementaria_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

9

Cuerpo DEL INFORME DE INCIDENCIAS

C

«O» si se utiliza <OPERADOR Nuevo organizador del transporte> u <OPERADOR Nuevo transportista> o <DETALLES DEL TRANSPORTE>

«R» en los demás casos

(véanse OPERADOR Nuevo organizador del transporte en 6, OPERADOR Nuevo transportista en 7 y DETALLES DEL TRANSPORTE en 8)

 

99x

 

a

Código de tipo de incidencia

R

 

(véase la lista de códigos 14 del anexo II)

n..2

 

b

Información asociada

C

«R» si el <Código de tipo de incidencia> es «0»

«O» en los demás casos

(véase el código de tipo de incidencia en la casilla 9 a)

 

an..350

 

c

Información asociada_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

d

Referencia única del producto en el documento

C

«R» si está presente el grupo de datos <e-AD DE UN MOVIMIENTO DE PRODUCTOS SUJETOS A IMPUESTOS ESPECIALES>

No se aplica en los demás casos

Este valor se refiere a la <Referencia única del producto en el documento> del documento e-AD del e-AD asociado y debe ser único en el mensaje.

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n..3

 

e

Descripción de la mercancía

C

«O» si está presente el grupo de datos <OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO>

No se aplica en los demás casos

 

an..55

 

f

Código NC

C

«R» si está presente el grupo de datos <OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO>

No se aplica en los demás casos

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n8

 

g

Código adicional

C

«O» si está presente el grupo de datos <OTRO DOCUMENTO DE ACOMPAÑAMIENTO>

No se aplica en los demás casos

 

an..35

 

h

Indicador de cantidad en exceso o en defecto

C

Para 9h y 9i:

«R» si se facilita <Referencia única del producto en el documento > o <Descripción de la mercancía> o < Código NC > o < Código adicional >

No se aplica en los demás casos

(véanse la referencia única del producto en el documento en la casilla 9d, la descripción de la mercancía en la casilla 9e, el código NC en la casilla 9f y el código adicional en la casilla 9g)

Los valores posibles son:

S

=

Defecto

E

=

Exceso

a1

 

i

Cantidad en exceso o en defecto observada

C

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n..15,3

 

Cuadro 14

(mencionados en el artículo 13)

Alerta o rechazo de un e-AD

A

B

C

D

E

F

G

1

ATRIBUTOS

R

 

 

 

 

a

Fecha y hora de validación de la alerta o del rechazo

C

«R» si se valida el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

 

Fecha Hora

2

e-AD DE UN MOVIMIENTO DE PRODUCTOS SUJETOS A IMPUESTOS ESPECIALES

R

 

 

 

 

a

ARC

R

 

Indicar el ARC del e-AD

[véase la lista de códigos 2 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an21

 

b

Número de secuencia

R

 

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n..2

3

OPERADOR destinatario

C

«R», excepto para el tipo de mensaje «2 — Presentación para exportación con despacho local» o para el código de tipo de destino 8

 

 

 

a

Identificación del operador

C

«R» si el <Código de tipo de destino> está en:

«Destino-Depósito fiscal»

«Destino-Destinatario registrado»

«Destino-Destinatario registrado ocasional»

«Destino-Entrega directa»

«O» si el <Código de tipo de destino> es «Destino-Exportación»

No se aplica en los demás casos

Los valores posibles de <Identificación del operador> se describen en el cuadro siguiente:

an..16

Código de tipo de destino

OPERADOR DESTINATARIO. Identificación del operador

OPERADOR Lugar de entrega. Identificación del operador

1 -

Destino-Depósito fiscal

Número de impuesto especial (1)

Referencia del depósito fiscal (número de impuesto especial) (2)

2 -

Destino-Destinatario registrado

Número de impuesto especial (3)

Cualquier identificación (4)

3 -

Destino-Destinatario registrado ocasional

Referencia de la autorización temporal (5)

Cualquier identificación (6)

4 -

Destino-Entrega directa

Número de impuesto especial (7)

(Sin objeto)

5 -

Destino-Destinatario exento

(Sin objeto)

Cualquier identificación (8)

6 -

Destino-Exportación

Número de IVA (optativo)

(El grupo de datos<OPERADOR Lugar de entrega> no existe)

8 -

Destino desconocido

(Sin objeto)

(Sin objeto)

(1)

El tipo de operador del destinatario es «depositario autorizado». Un identificador existente < Número de impuesto especial del operador > en el conjunto < AUTORIZACIÓN DE OPERADOR >;

(2)

Un identificador <Referencia del depósito fiscal> existente en el conjunto <DEPÓSITO TEMPORAL>.

(3)

El tipo de operador del destinatario es «destinatario registrado». Un identificador < Número de impuesto especial del operador > existente en el conjunto < AUTORIZACIÓN DE OPERADOR >;

(4)

Para el lugar de entrega, se entiende por «cualquier identificación»: un número de IVA o cualquier otro identificador; es opcional.

(5)

Una <Referencia de la autorización temporal> existente en el conjunto <AUTORIZACIÓN TEMPORAL>;

(6)

Para el lugar de entrega, se entiende por «cualquier identificación»: un número de IVA o cualquier otro identificador; es opcional.

(7)

El tipo de operador del destinatario es «depositario autorizado» o «destinatario registrado». Un identificador < Número de impuesto especial del operador > existente en el conjunto < AUTORIZACIÓN DE OPERADOR >;

(8)

Para el lugar de entrega, se entiende por «cualquier identificación»: un número de IVA o cualquier otro identificador; es opcional.

[véanse la lista de códigos 1 y la lista de códigos 2 del anexo II del Reglamento (UE) n.o 612/2013, si procede]

 

b

Número EORI

C

«O» si el <Código de tipo de destino> es «Destino-Exportación»

No se aplica en los demás casos

Proporcionar el número EORI de la persona responsable de la presentación de la declaración de exportación conforme a lo establecido en el artículo 21, apartado 5, de la Directiva 2008/118/CE.

an..17

 

c

Nombre del operador

R

 

 

an..182

 

d

Nombre de la calle

R

 

 

an..65

 

e

Número de la calle

O

 

 

an..11

 

f

Código postal

R

 

 

an..10

 

g

Localidad

R

 

 

an..50

 

h

NAD_LNG

R

 

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

4

OFICINA DE DESTINO

R

 

 

 

 

a

Número de referencia de la oficina

R

 

[véase la lista de códigos 5 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an8

5

ALERTA

R

 

 

 

 

a

Fecha de la alerta

R

 

 

Fecha

 

b

Indicador de rechazo del e-AD

R

 

El formato booleano es digital: «0» o «1» («0» = No o falso; «1» = Sí o verdadero)

n1

6

Código del MOTIVO DE ALERTA O RECHAZO DEL E-AD

C

«R» si el <Indicador de rechazo del e-AD> es verdadero

«O» en los demás casos

 

9x

 

a

Código del motivo de alerta o rechazo del e-AD

R

 

(véase la lista de códigos 5 del anexo II)

n..2

 

b

Información complementaria

C

«R» si el <Código del motivo de alerta o rechazo del e-AD> es «Otro»

«O» en los demás casos

(véase el código del motivo de alerta o rechazo del e-AD en la casilla 6 a)

 

an..350

 

c

Información complementaria_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

Cuadro 15

(mencionado en el artículo 6 bis)

Solicitud de Cierre Manual

A

B

C

D

E

F

G

1

ATRIBUTO

R

 

 

 

 

a

ARC

R

 

Indicar el ARC del e-AD.

[véase la lista de códigos 2 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an21

 

b

Número de secuencia

R

 

Indicar el número de secuencia del e-AD.

n..2

 

c

Código del motivo de la solicitud de cierre manual

R

 

(véase la lista de códigos 16 del anexo II)

n1

 

d

Complemento del motivo del cierre manual

C

«R» si el <Código del motivo de la solicitud de cierre manual> es «Otro»

«O» en los demás casos

 

an..999

 

e

Complemento del motivo del cierre manual _LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos.

a2

2

JUSTIFICANTES

O

 

 

9x

 

a

Breve descripción del justificante

C

«R» si el <Tipo de justificante> es «Otro»

No se aplica en los demás casos

 

an..999

 

b

Breve descripción del justificante_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos.

a2

 

c

Referencia del justificante

C

Al menos uno de estos tres campos deberá estar presente:

<Tipo de justificante>

<Referencia del justificante>

<Imagen del documento>

(véanse la imagen del documento en la casilla 2e y el tipo de justificante en la casilla 2f)

 

an..999

 

d

Referencia del justificante_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

e

Imagen del documento

C

Al menos uno de estos tres campos deberá estar presente:

<Tipo de justificante>

<Referencia del justificante>

<Imagen del documento>

(véanse la referencia del justificante en la casilla 2c y el tipo de justificange en la casilla 2f)

 

 

 

f

Tipo de justificante

C

Al menos uno de estos tres campos deberá estar presente:

<Tipo de justificante>

<Referencia del justificante>

<Imagen del documento>

(véanse la referencia del justificante en la casilla 2c y la imagen del documento en la casilla 2e)

(véase la lista de códigos 15 del anexo II)

n..4

3

Cuerpo del CIERRE MANUAL

O

 

 

999X

 

a

Referencia única del producto en el documento

R

 

Este valor se refiere a la <Referencia única del producto en el documento> del documento [Cuerpo del] e-AD del e-AD asociado y debe ser único en el mensaje.

El valor de este elemento de datos debe ser mayor que cero.

n..3

 

b

Indicador de cantidad en exceso o en defecto

O

 

Los valores posibles son:

S

=

Defecto

E

=

Exceso

a1

 

c

Cantidad en exceso o en defecto observada

C

«R» si se facilita un <Indicador de cantidad en exceso o en defecto >

No se aplica en los demás casos

(véase el indicador de defecto o exceso en la casilla 3b)

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n..15,3

 

d

Código del producto sujeto a impuestos especiales

O

 

[véase la lista de códigos 11 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an4

 

e

Cantidad rechazada

O

 

El valor de este elemento de datos debe ser mayor que cero.

n..15,3

 

f

Información complementaria

O

 

 

an..350

 

g

Información complementaria_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos.

a2

 

Cuadro 16

(mencionado en el artículo 14 bis)

Respuesta al Cierre Manual

A

B

C

D

E

F

G

1

ATRIBUTO

R

 

 

 

 

a

ARC

R

 

Indicar el ARC del e-AD.

[véase la lista de códigos 2 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an21

 

b

Número de secuencia

R

 

Indicar el número de secuencia del e-AD.

n..2

 

c

Fecha de llegada de productos sujetos a impuestos especiales

O

 

Fecha en que finaliza el movimiento, de conformidad con el artículo 20, apartado 2, de la Directiva 2008/118/CE.

Fecha

 

d

Conclusión global de la recepción

O

 

Los valores posibles son:

1

=

Recepción aceptada y satisfactoria,

2

=

Recepción aceptada aunque insatisfactoria,

3

=

Recepción rechazada,

4

=

Recepción rechazada parcialmente,

21

=

Salida aceptada y satisfactoria,

22

=

Salida aceptada aunque insatisfactoria,

23

=

Salida rechazada.

n..2

 

e

Información complementaria

O

 

 

an..350

 

f

Información complementaria_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

g

Código del motivo de la solicitud de cierre manual

R

 

(véase la lista de códigos 16 del anexo II)

n1

 

h

Complemento del motivo del cierre manual

C

«R» si el <Código del motivo de la solicitud de cierre manual> es «Otro»

«O» en los demás casos

 

an..999

 

i

Complemento del motivo del cierre manual_ LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

j

Solicitud de cierre manual aceptada

R

 

El formato booleano es digital: «0» o «1» («0» = No o falso; «1» = Sí o verdadero)

n1

 

k

Código de motivo de rechazo del cierre manual

C

«R» si < Solicitud de cierre manual aceptada> es «0»

No se aplica en los demás casos

(véase la lista de códigos 17 del anexo II)

n1

 

l

Complemento del rechazo del cierre manual

C

«R» si el <Código de motivo de rechazo del cierre manual> es «Otro»

«O» en los demás casos

 

an..999

 

m

Complemento del rechazo del cierre manual LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

2

JUSTIFICANTES

O

 

 

9x

 

a

Breve descripción del justificante

C

«R» si el <Tipo de justificante> es «Otro»

No se aplica en los demás casos

 

an..999

 

b

Breve descripción del justificante_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

c

Referencia del justificante

C

Al menos uno de estos tres campos deberá estar presente:

<Tipo de justificante>

<Referencia del justificante>

<Imagen del documento>

(véanse la imagen del documento en la casilla 2e y el tipo de justificante en la casilla 2f)

 

an..999

 

d

Referencia del justificante_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2

 

e

Imagen del documento

C

Al menos uno de estos tres campos deberá estar presente:

<Tipo de justificante>

<Referencia del justificante>

<Imagen del documento>

(véase la referencia del justificante en la casilla 2c y la imagen del documento en la casilla 2f)

 

 

 

f

Tipo de justificante

C

Al menos uno de estos tres campos deberá estar presente:

<Tipo de justificante>

<Referencia del justificante>

<Imagen del documento>

(véase la referencia del justificante en la casilla 2c y la imagen del documento en la casilla 2e)

(véase la lista de códigos 15 del anexo II)

n..4

3

Cuerpo del CIERRE MANUAL

O

 

 

999X

 

a

Referencia única del producto en el documento

R

 

Este valor se refiere a la <Referencia única del producto en el documento> del documento e-AD del e-AD asociado y debe ser único en el mensaje.

El valor de este elemento de datos debe ser mayor que cero.

n..3

 

b

Indicador de cantidad en exceso o en defecto

O

 

Los valores posibles son:

S

=

Defecto

E

=

Exceso

a1

 

c

Cantidad en exceso o en defecto observada

C

«R» si se facilita un <Indicador de cantidad en exceso o en defecto >

No se aplica en los demás casos

(véase el indicador de defecto o exceso en la casilla 3b)

El valor del elemento de dato debe ser superior a cero.

n..15,3

 

d

Código del producto sujeto a impuestos especiales

O

 

[véase la lista de códigos 11 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009]

an4

 

e

Cantidad rechazada

O

 

El valor de este elemento de datos debe ser mayor que cero.

n..15,3

 

f

Información complementaria

O

 

 

an..350

 

g

Información complementaria_LNG

C

«R» si se utiliza el campo de texto correspondiente

No se aplica en los demás casos

Indicar el código de lengua que figura en la lista de códigos 1 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 684/2009 para determinar la lengua utilizada en este grupo de datos

a2»

ANEXO II

El anexo II del Reglamento (CE) n.o 2016/323 queda modificado como sigue:

(1)

En la lista de códigos 4 (Motivos de rechazo), en la fila 8, la entrada «Descripción» se sustituye por el texto siguiente:

«El Estado miembro requerido no puede, por motivos jurídicos, facilitar este tipo de información»

(2)

En la lista de códigos 15 (Tipo de documento), después de la fila 18, se inserta la nueva fila siguiente:

<CÓDIGO TARIC>

Cualquier código TARIC utilizado en la «casilla 44» del DUA

(3)

Se inserta la nueva lista de códigos 16 (Motivos de la solicitud de cierre manual):

Lista de códigos 16: Motivos de la solicitud de cierre manual

Código

Descripción

0

Otro

1

Exportación cerrada pero IE518 no disponible

2

Destinatario ya no conectado al EMCS

3

Destinatario excluido

4

Salida confirmada pero sin presentación del IE829 (IE818 fuera de la secuencia)

5

No existe movimiento, pero ya no es posible la anulación.

6

Expedición de múltiples e-AD para un único movimiento

7

El e-AD no cubre el movimiento real

8

Notificación equivocada de la recepción

9

Rechazo equivocado de un e-AD

(4)

Se inserta la nueva lista de códigos 17 (Motivos de rechazo del cierre manual):

Lista de códigos 17: Motivos de rechazo del cierre manual

Código

Descripción

0

Otro

1

Las pruebas aportadas no justifican el cierre manual

2

El motivo de la solicitud no justifica el cierre manual

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 13/12/2019
  • Fecha de publicación: 27/12/2019
  • Fecha de entrada en vigor: 16/01/2020
  • Aplicable desde el 13 de febrero de 2020.
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/reg/2019/2223/spa
Referencias anteriores
  • AÑADE la sección II.bis, el art. 14bis y MODIFICA los anexos I y II del Reglamento 2016/323, de 24 de febrero (Ref. DOUE-L-2016-80448).
Materias
  • Administración electrónica
  • Cooperación aduanera
  • Formalidades aduaneras
  • Impuestos Especiales
  • Información tributaria
  • Transporte de mercancías

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