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Documento DOUE-L-2019-81617

Decisión (PESC) 2019/1789 del Consejo de 24 de octubre de 2019 por la que se modifica la Decisión 2010/573/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra los dirigentes de la región del Trans-Dniéster de la República de Moldavia.

Publicado en:
«DOUE» núm. 272, de 25 de octubre de 2019, páginas 150 a 151 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2019-81617

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 27 de septiembre de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/573/PESC (1) relativa a la adopción de medidas restrictivas contra los dirigentes de la región del Trans-Dniéster de la República de Moldavia.

(2) En la Decisión 2010/573/PESC debe incluirse una disposición que especifique que el Consejo y el Alto Representante podrán tratar datos personales en el ejercicio de sus funciones en virtud de dicha Decisión.

(3) Sobre la base de una revisión de la Decisión 2010/573/PESC, las medidas restrictivas contra los dirigentes de la región del Trans-Dniéster de la República de Moldavia deben prorrogarse hasta el 31 de octubre de 2020. Transcurridos seis meses, el Consejo efectuará una revisión de la situación con respecto a las medidas restrictivas.

(4) Procede, por lo tanto, modificar la Decisión 2010/573/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2010/573/PESC se modifica como sigue:

1) Se inserta el artículo siguiente:

«Artículo 2 bis

1.   El Consejo y el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, “Alto Representante”) podrán tratar datos personales en el ejercicio de sus funciones en virtud de la presente Decisión, en particular:

a) por lo que respecta al Consejo, a los fines de la elaboración e incorporación de modificaciones del anexo;

b) por lo que respecta al Alto Representante, a los fines de la elaboración de modificaciones del anexo.

2.   El Consejo y el Alto Representante podrán tratar, en su caso, los datos pertinentes relativos a los delitos cometidos por las personas físicas incluidas en la lista, a las condenas penales de dichas personas o a las medidas de seguridad referentes a ellas, solamente en la medida en que sea necesario para la elaboración del anexo.

3.   A los efectos de la presente Decisión, se designa al Consejo y al Alto Representante «responsables del tratamiento» con arreglo al artículo 3, punto 8, del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo  (*1) , a fin de garantizar que las personas físicas afectadas puedan ejercer sus derechos en virtud de dicho Reglamento.

 

(*1)  Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).».;"

2) En el artículo 4, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:

«2.   La presente Decisión será aplicable hasta el 31 de octubre de 2020. Estará sujeta a revisión continua. Será prorrogada o modificada, en su caso, si el Consejo considera que no se han cumplido sus objetivos.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Luxemburgo, el 24 de octubre de 2019.

Por el Consejo

La Presidenta

A.-K. PEKONEN

 

 

(1)  Decisión 2010/573/PESC del Consejo, de 27 de septiembre de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra los dirigentes de la región del Trans-Dniéster de la República de Moldavia (DO L 253 de 28.9.2010, p. 54).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 2 y 4 de la Decisión 2010/573, de 27 de septiembre (Ref. DOUE-L-2010-81765).
Materias
  • Delitos
  • Ficheros con datos personales
  • Moldavia
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones

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