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Documento DOUE-L-2005-80883

Reglamento (CE) nº 783/2005 de la Comisión, de 24 de mayo de 2005, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) nº 2150/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las estadísticas sobre residuos.

Publicado en:
«DOUE» núm. 131, de 25 de mayo de 2005, páginas 38 a 41 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2005-80883

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 2150/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2002, relativo a las estadísticas sobre residuos (1), y, en particular, su artículo 1, apartado 5, y su artículo 6, letra b),

Considerando lo siguiente:

(1) En virtud del artículo 6 del Reglamento (CE) no 2150/2002, se pide a la Comisión que adopte las medidas necesarias para la aplicación de dicho Reglamento.

(2) Con arreglo al artículo 6, letra b), del Reglamento (CE) no 2150/2002, la Comisión puede adaptar las especificaciones de los anexos de dicho Reglamento.

(3) El Reglamento (CE) no 574/2004 modifica la nomenclatura estadística de los anexos I y III del Reglamento (CE) no 2150/2002; ahora conviene adaptar el anexo II del Reglamento (CE) no 2150/2002 de conformidad con dicha modificación.

(4) Por consiguiente, procede modificar el Reglamento (CE) no 2150/2002 en consecuencia.

(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del programa estadístico, creado en virtud de la Decisión 89/382/CEE, Euratom del Consejo (2).

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el anexo II del Reglamento (CE) no 2150/2002, la sección 2 se sustituirá por el texto del anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 24 de mayo de 2005.

Por la Comisión

Joaquín ALMUNIA

Miembro de la Comisión

________________________________

(1) DO L 332 de 9.12.2002, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 574/2004 de la Comisión (DO L 90 de 27.3.2004, p. 15).

(2) DO L 181 de 28.6.1989, p. 47.

ANEXO

«ANEXO II

SECCIÓN 2

Categorías de residuos

La lista de categorías de residuos sobre las que deberán compilarse estadísticas, en función de cada operación de recuperación o eliminación contemplada en la sección 8, punto 2, son las siguientes:

TABLAS OMITIDAS EN PÁGINAS 39 A 41

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 24/05/2005
  • Fecha de publicación: 25/05/2005
Referencias anteriores
  • MODIFICA la sección 2 del anexo II del Reglamento 2150/2002, de 25 de noviembre (Ref. DOUE-L-2002-82232).
Materias
  • Estadística
  • Productos químicos
  • Residuos

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