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Documento BOE-B-2019-27090

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 2019, páginas 33734 a 33734 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-27090

TEXTO

Edicto de Declaración de Concurso

Doña Alicia de la Torre Duñaiturria, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado (artículo 23 y 24 Ley Concursal):

Número De Asunto: 632/2019 – sección A

Fecha Del Auto De Declaración: 12 de abril de 2019, complementado por Auto de fecha 25 de abril de 2019.

Clase De Concurso: voluntario ordinario.

Entidad Concursada: Biospirit, Sociedad Limitada.

Cif de la Concursada: B-17651613.

Domicilio Social de la Concursada: Carrer Can Sala, sin número, Código Postal 17153 de Sant Martí de Llémena (Girona).

Administrador Concursal: Giroconsultors Mercantil i Concursal, S.L.P.

-Dirección postal: Gran Via Jaume I, número 1, Codigo Postal 17001 de Girona.

-Dirección electrónica: concursal@giroconsultors.com

Régimen de las facultades del Concursado: La concursada mercantil tiene Suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio y Cesados sus administradores o liquidadores, quedando sustituidos éstos por la Administración Concursal.

Llamamiento a los Acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la Administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de Un Mes posterior a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial Del Estado.

Personación en las Actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil número 1 de Girona (Avenida Ramón Folch número 4-6 de Girona).

Asimismo, se hace saber que en el Auto de declaración de concurso, se ha acordado la inmediata Apertura de la Fase de Liquidación, ordenándose la disolución de la sociedad mercantil y el cese de los administradores o liquidadores de la concursada, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.

Girona, 30 de abril de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Alicia de la Torre Duñaiturria.

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