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Documento BOE-B-2016-65633

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 20 de diciembre de 2016, páginas 80175 a 80176 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-65633

TEXTO

Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Letrado de la Administración de Justicia sustituto del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 814/2016, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Francesc Xavier Usart Monserrat, acordando la apertura de liquidación y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de Asunto.- Concurso consecutivo 814/2016, Sección C4.

Número de identificación general del procedimiento.- 08019 - 47 - 1 - 2016 - 8007054.

Concursado.- Francesc Xavier Usart Monserrat, con cédula de identificación fiscal número 33862498N.

Tipo de concurso.- Consecutivo.

Fecha del Auto de Declaración y de apertura de la liquidación.- 7 de noviembre de 2016.

Administrador concursal.- Luis Ojeda Arnal, con domicilio en la calle Sant Antoni María Claret, 71, primero primera, 08015 Barcelona, correo electrónico ojeda@economistes.com, teléfono 934569517 y fax 934503790.

Facultades del concursado.- Intervenidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al articulo 85 de la Ley Concursal.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso en que se haya optado por esa forma de comunicación, del titulo o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Plan de liquidación.- Se requiere a la Administración Concursal para que, en el plazo de un mes desde su aceptación, junto con el informe del artículo 75 de la Ley Concursal presente el plan de liquidación, manifestando asimismo los posibles efectos resolutorios de los contratos.

En caso de solapamiento de plazos estése a lo dispuesto en el artículo 74.2.2 de la Ley Concursal.

Barcelona, 14 de noviembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia sustituto.

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