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Documento BOE-B-2016-56229

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 11 de noviembre de 2016, páginas 69126 a 69126 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-56229

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso y liquidación

Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, nº 111, Edificio C, 12ª planta.

Número de Asunto.- Concurso voluntario 423/2016 8

Tipo de Concurso- voluntario

Entidad Instante del Concurso y CIF.- EDICIONES QUERFO, S.A. A08164774

Fecha del Auto de Declaración y Liquidación.- 20 de julio de 2016

Administradores Concúrsales.- Pernabertran y Asociados que designa a Xavi Perna Bertrán, con domicilio profesional en Trav. de Gracia, 18- 20, 5°,3ª 08021 Barcelona, y correo electrónico administracionconcursal@perna-asociados

Forma de Personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Régimen de Suspensión las Facultades de la Concursada

Llamamiento a los Acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos regístrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia Administrado de justicia a Catalunya - Administración de Justicia en Cataluña en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona a, 18 de octubre de 2016.- El Letrado de la Admón. de Justicia.

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