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Documento BOE-B-2016-43763

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 21 de septiembre de 2016, páginas 54232 a 54232 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-43763

TEXTO

D. Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Administración de Justicia sustituto del Juzgado Mercantil n.º 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 605/2016, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Estudio Técnico y Control Analítico, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto.- Concurso voluntario 605/2016 Sección C4.

NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2016-8005045.

Entidad concursada.- Estudio Técnico y Control Analítico, S.L., con CIF n.º B63470850 y domicilio en calle Girona, n.º 107, Sabadell (Barcelona).

Tipo de concurso.- Voluntario.

Fecha del auto de declaración.- 1 de septiembre de 2016.

Administrador Concursal.- Emilio Segura Fernández, con domicilio profesional en calle Roger de Llúria, n.º 93, 1º-1ª, 08009 Barcelona, n.º de teléfono 932099683, n.º de fax 932429102 y dirección electrónica: concursal@segurae.es

Facultades del concursado.- Suspendidas.

Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 9 de septiembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia sustituto.

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