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Documento BOE-B-2016-34353

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 16 de julio de 2016, páginas 42147 a 42147 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-34353

TEXTO

Edicto

Doña Margarita Marquina Castells, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.° 2 de los de Barcelona y Provincia,

Hago saber:

Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 257/2016 en el que se ha dictado con fecha 27 de mayo de 2016 auto declarando en estado de concurso a la entidad RESIDENCIAL NOU MALGRAT 2010, S.L., con CIF B64019466, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019 - 47 -1 - 2015 - 8009308.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: RESIDENCIAL NOU MALGRAT 2010, S.L. con domicilio en calle Jacinto Benavente, n.° 19, de Pineda de Mar.

Administrador concursal: D. Joan Haro Benavente, en representación de COMPASS advisers, S.L.P., con domicilio en C. Muntaner, 231, 1.º, 2.ª, Barcelona, con correo electrónico concursonoumalgrat@compassadvisers.eu

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos regístrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona a, 2 de junio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia, Margarita Marquina Castells.

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