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Documento BOE-B-2016-32711

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 7 de julio de 2016, páginas 40088 a 40088 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-32711

TEXTO

Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, Edificio C, decimosegunda planta.

Número de Asunto.- Concurso voluntario 335/2016 séptima

Tipo de Concurso.- Voluntario

Entidad Instante del Concurso y Número de Identificación Fiscal.- Antonio Aliaga Ochandio Número de Identificación Fiscal 43697623S

Fecha del Auto de Declaración.- 2 de mayo de 2016

Administradores Concursales.- Don Marc Bernabéu Antón, con Número de Identificación Fiscal 38537550S domiciliada en Barcelona, Travessera de Gràcia, 71 quinto, segunda, número de teléfono 93.414.74.47 como abogado, con correo electrónico aliagaconcursal@gmail.com

Forma de Personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Régimen de Intervenidas las Facultades de la Concursada

Llamamiento a los Acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de Un Mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Dado en Barcelona, 11 de mayo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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