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Documento BOE-A-2022-3901

Resolución de 8 de marzo de 2022, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se conceden los Premios Reina Letizia 2021, de Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2022, páginas 29650 a 29651 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2022-3901

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 2 de septiembre de 2021, del Real Patronato sobre Discapacidad, se convocaron los Premios Reina Letizia 2021, de Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad, tiene como finalidad el reconocimiento de una labor continuada, llevada a cabo durante un periodo de tiempo no inferior a cinco años, por la que puedan acreditarse logros extraordinarios en el conocimiento, la difusión, la toma de conciencia, el despliegue y la aplicación efectiva de la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecha en Nueva York el 13 de diciembre de 2006, y ratificada por España con fecha 23 de noviembre de 2007.

El artículo 10 de la Orden DSA/437/2021, de 29 de abril, por la que se establecen las bases para la concesión de los Premios Reina Letizia, dispone que el jurado de cada una de las categorías, valorará las candidaturas y emitirá un informe, en el que se concretará el resultado de la valoración y la propuesta de concesión del premio, remitiéndolo al órgano instructor, quien formulará la propuesta de resolución, que remitirá al órgano competente para la resolución.

En consecuencia,

El Secretario General, vista la propuesta formulada por el órgano instructor del expediente, el informe del Jurado de los Premios, ha resuelto:

Primero.

Otorgar los Premios Reina Letizia 2021 de Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad a la siguiente candidatura, según las categorías establecidas en el apartado 2 de la Resolución de 2 de septiembre de 2021, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se convocan los Premios:

Fundación CERMI Mujeres: No Estás Sola, trabajando por los derechos de las mujeres y niñas con discapacidad y por la erradicación de la esterilización no consentida.

El jurado motiva su fallo en que la Fundación CERMI Mujeres se ha erigido en una organización fundamental en nuestra sociedad impulsada por mujeres con discapacidad en la defensa de los derechos de las mujeres y las niñas con discapacidad; en una referencia básica en la lucha contra la discriminación que sufren las mujeres con discapacidad, aunando las perspectivas de género del feminismo y de los derechos de las personas con discapacidad, pero también articulando todas las diferencias y la diversidad de la discapacidad. Así mismo, con el premio se reconoce el muy relevante trabajo que la Fundación CERMI-Mujeres ha desarrollado para la aprobación de la Ley Orgánica 2/2020, de 16 de diciembre, de modificación del Código Penal, para la erradicación de la esterilización forzada o no consentida de personas con discapacidad incapacitadas judicialmente. Finalmente, con el premio también se quiere destacar la labor pionera de la Fundación en el apoyo a las mujeres con discapacidad, durante la pandemia debida a la COVID-19, con el desarrollo del proyecto «No estás sola».

A propuesta del Jurado concede una mención especial a la candidatura de don Óscar Moral Ortega por su labor larga y continuada trayectoria en la defensa de los derechos de las mujeres y niñas con discapacidad, su liderazgo y empoderamiento, su capacidad de congregar afectos y la generosa dedicación que siempre ha realizado de su tiempo y esfuerzos para la mejora de los derechos de las personas con discapacidad.

Segundo.

Proceder a publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.5 de la Orden DSA/437/2021, de 29 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra la misma, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, contado a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Secretaría General del Real Patronato sobre Discapacidad.

También podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de publicación de la resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 8 de marzo de 2022.–El Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad, Ignacio Álvarez Peralta.

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