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Documento BOE-A-2021-4269

Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social, y el proceso selectivo para la estabilización del empleo temporal en la Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 2021, páginas 31285 a 31310 (26 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2021-4269

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 2 de abril), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2019 y en el Real Decreto 954/2018, de 27 de julio por el que se aprueba la oferta de empleo público de estabilización correspondiente a la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2017 y se aprueba la oferta de empleo público de estabilización para el personal de la Administración de Justicia para 2018.

Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar dos procesos selectivos para el ingreso en la Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social, encomendando la gestión a la Subsecretaría del Ministerio de Inclusión, Seguridad Sociales y Migraciones.

Ambas convocatorias son independientes y se regirán por las mismas bases.

Las presentes convocatorias tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020 por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, y se desarrollarán de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (Boletín Oficial del Estado del 22 de julio) por las que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso a cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará, entre otras, en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es, en el portal del Ministerio de Sanidad (http://www.mscbs.gob.es), en la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (http://www.mitramiss.gob.es) y en la página web de la Seguridad Social (http://www.seg-social.es).

1. Descripción de las plazas

1.1 Se convocan dos procesos selectivos por el sistema general de acceso libre para cubrir 13 plazas de la Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social, Código 6449, comprendidas en el Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo y 139 plazas de la citada Escala comprendidas en el Real Decreto 954/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público de estabilización.

1.2 Para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, y que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se reservará 1 plaza de las convocadas por el Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, y 10 plazas de las convocadas por el Real Decreto 954/2018, de 27 de julio.

En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en los citados cupos, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad; en el Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2019 y en el Real Decreto 954/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público de estabilización, las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas no se podrán acumular al turno general.

1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.

2. Procesos selectivos

2.1 Los procesos selectivos se realizarán mediante el sistema de oposición, para los aspirantes que se presenten a las plazas afectadas por el Real Decreto 211/2019 con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.A.; y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten a las plazas afectadas por el Real Decreto 954/2018, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.B.

Los procesos incluirán la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, tanto los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, como los que hayan superado las fases de oposición y concurso, en cada caso, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

2.2 El carácter independiente de ambos procesos selectivos determina la imposibilidad de acumulación de eventuales plazas vacantes en cualquiera de ellos.

3. Desarrollo de los procesos selectivos

3.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo apellido comience por la letra «B», de conformidad con lo previsto en la Resolución de 21 de julio de 2020, de la Secretaría de Estado de Función Pública (Boletín Oficial del Estado del 24).

3.2 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará una resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas las listas de admitidos y excluidos de ambos procesos. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», se indicará la relación de aspirantes excluidos, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos, así como el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.

3.3 Una vez comenzados los procesos selectivos, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán en los locales donde se haya celebrado el ejercicio anterior, en la sede del Tribunal calificador señalada en la base 5.8, y en las direcciones de Internet señaladas en la base 10, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.

3.4 Según lo establecido en el Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del año 2019, el primer ejercicio de la fase de oposición de ambos procesos selectivos tendrá que celebrarse en el plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria. La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición de los procesos selectivos es de doce meses.

3.5 El desarrollo de los dos procesos selectivos podrá ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, período de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera. Igualmente podrá ser coincidente con las fechas de celebración de otros procesos selectivos.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas a estos procesos selectivos.

4. Programa

El programa que ha de regir los procesos selectivos es el que figura como anexo II de esta convocatoria.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador, común a ambos procesos selectivos, es el que figura como anexo III de esta convocatoria. Para aquellos ejercicios que requieran la inmediata corrección, la composición diaria del Tribunal podrá ser de tres miembros, designados por el Presidente. Las competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la calificación de los ejercicios.

5.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

5.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.

5.4 Si en cualquier momento del procedimiento el Tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al órgano convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta circunstancia, para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.

5.5 El Tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad (Boletín Oficial del Estado del 17 de diciembre), adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas de los procesos selectivos en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

5.6 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

5.7 El Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, de 27 de julio, y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. En el caso de que el Tribunal acuerde parámetros para la calificación de un ejercicio, en desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria, aquellos se difundirán con anterioridad a la realización del ejercicio. Igualmente, en las actas del Tribunal deberá quedar constancia del desglose de las puntuaciones otorgadas y de su cálculo, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de los ejercicios en esta convocatoria.

El Tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas.

5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Calle Paseo de la Castellana, 63; 28003 Madrid; dirección de correo electrónico: procesosselectivos@inclusion.gob.es.

6. Requisitos de los aspirantes

Además de los requisitos enumerados en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado o Grado en Medicina, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.

Los candidatos deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los requisitos exigidos.

Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

7. Acceso de personas con discapacidad

7.1 Quienes opten a la plaza reservada para las personas con discapacidad deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en los procesos selectivos.

7.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas de los procesos selectivos. Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria. Igualmente, deberán aportar el dictamen técnico facultativo previsto en el punto 8.10.a) de estas bases específicas.

7.3 El Tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, adoptará las medidas oportunas, que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas de los procesos selectivos en igualdad de condiciones que el resto de participantes, y aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

7.4 Las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que superen algún ejercicio con una puntuación superior al 60 por ciento de la calificación máxima prevista, podrán solicitar al tribunal calificador de los procesos selectivos, la conservación de la nota obtenida para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios sean análogos.

7.5 Los candidatos que deseen conservar la calificación de la convocatoria inmediatamente anterior deberán indicarlo expresamente en el momento de la inscripción en la convocatoria, en el impreso 790 de Solicitud de admisión a pruebas selectivas en la administración pública y liquidación de la tasa de derechos de examen, de acuerdo con las instrucciones para cumplimentar la solicitud, recogidas en el Anexo IV de la presente convocatoria.

8. Solicitudes

8.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar electrónicamente la solicitud de admisión a pruebas selectivas en el modelo oficial 790, al que se accede a través del Punto de Acceso General en la URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips.

8.2 Los interesados dispondrán de un plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para presentar su solicitud (modelo 790) cumplimentada electrónicamente en la forma establecida en las bases 8.3 y 8.4. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

8.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 3.14 del Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, y en el apartado decimocuarto.2 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, de bases comunes, la presentación de las solicitudes se realizará preferentemente por vía electrónica en la forma siguiente:

Los interesados realizarán su inscripción online a través de la aplicación de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips).

Para ello, seleccionarán el cuerpo y la forma de acceso que corresponda y pulsarán el botón «Inscribirse». A continuación, en la opción «Realice su inscripción online» deberá pulsar el botón «Ciudadano», luego debe seleccionar el medio de identificación elegido pulsando el botón «Acceder», es imprescindible disponer de certificado electrónico o estar registrado en el sistema cl@ve para identificarse y realizar la inscripción.

La presentación electrónica permitirá lo siguiente:

− La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.

− Anexar, en su caso, documentos escaneados a su solicitud.

− El pago electrónico de tasas.

− El registro electrónico de la solicitud.

Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran los justificantes del pago y registro de la inscripción.

El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 2 de abril), por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el número de referencia completo (NRC) emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.

En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, de conformidad con lo previsto en las bases 7.2, 8.7 y 8.10, ésta podrá adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica.

Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la cumplimentación sustitutoria en papel en los términos indicados a continuación.

8.4 Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790, a través del punto de acceso general http://administracion.gob.es/PAG/ips. Una vez cumplimentados en la citada página todos los datos solicitados de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del mismo sobre la opción «generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de tres copias («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»). Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas las fotocopias). Para efectuar el pago de esta tasa, se presentará el original de la solicitud impresa cumplimentado en la forma descrita en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, habrá que presentar el formulario de solicitud en el Registro General del Ministerio de Sanidad, paseo del Prado, 18-20, 28014 Madrid), o en la forma establecida en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad en el extranjero a la cuenta corriente restringida de recaudación código SWIFT BBVAESMM; IBAN ES29 0182 2370 4102 00000822 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, siendo por cuenta del aspirante los gastos y comisiones bancarias que se originen por dicha transferencia.

8.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

8.6 De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales, a continuación se recoge la información básica al respecto:

– Responsable: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; Calle Paseo de la Castellana, 63, 28003 Madrid. Correo: rrhhins@inclusion.gob.es;Delegado de Protección de Datos: Jaime Cruz Rojo.

– Finalidad: Gestión de procesos selectivos de personal funcionario.

– Legitimación: artículo 8 de la citada Ley.

– Destinatarios: los datos de identidad de los aspirantes (nombre, apellidos y los últimos caracteres del NIF) serán publicados en la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y en el Punto de Acceso General www.administracion.gob.es.

– Derechos: los interesados tienen derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y de oposición mediante los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

8.7 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas.

b) La personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional tomando como referencia el ejercicio inmediatamente anterior correspondiente a la aprobación de la oferta de empleo público en la que se incluyan las plazas convocadas.

Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente ejercicio inmediatamente anterior al de la aprobación de la oferta de empleo público en la que se incluyan las plazas convocadas y, en su caso, del certificado del nivel de renta.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre (Boletín Oficial del Estado del 19 de noviembre), de protección de la Familia Numerosa. De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 por cien de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 por ciento los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia del correspondiente título actualizado, que deberá ser adjuntado a la solicitud.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

8.8 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

8.9 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en los procesos selectivos.

8.10 Los aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos deberán presentar la siguiente documentación adicional:

a) Los aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones o ajustes razonables de tiempos y medios para la realización de los ejercicios y pruebas de los procesos selectivos deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

b) Los aspirantes incluidos en los párrafos a), b) y c) de la base décima 1.2 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, deberán acompañar a su solicitud los documentos que acrediten las condiciones que aleguen sobre su nacionalidad.

c) Aquellos aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles en organismos internacionales presentarán los certificados y documentos previstos en la base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.

9. Embarazo de riesgo o parto

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar los procesos selectivos a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado los procesos selectivos.

10. Relaciones con el ciudadano

A lo largo de los procesos selectivos, se irá publicando en las páginas web del punto de acceso general (https://administracion.gob.es) y del Ministerio de Sanidad (http://www.mscbs.gob.es) y en la página web de la Seguridad Social (http:// www.seg-social.es) toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del mismo.

En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.

11. Selección de personal funcionario interino

Con objeto de reducir los plazos de incorporación de personal funcionario interino y hacer efectiva la aplicación de los principios de mérito y capacidad en la selección de ese personal, el órgano calificador de estos procesos selectivos, a la finalización del mismo, podrá elaborar una relación de posibles candidatos para el nombramiento como funcionarios interinos, con la duración, características y funcionamiento que establezca el órgano convocante, de conformidad con lo establecido en el apartado 19 del artículo 3 de Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo y el apartado vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.

12. Norma final

A estas pruebas selectivas les será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en lo que no se oponga a la anterior norma, el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el resto de la normativa vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaría de Sanidad, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Madrid, 9 de marzo de 2021.–El Subsecretario de Sanidad, P.D. (Orden SND/1308/2020 de 31 de diciembre), la Subdirectora General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios, Silvia Sancho Martín.

ANEXO I.A
Descripción del proceso selectivo

1. Fase de oposición

La oposición estará formada por los siguientes ejercicios, todos ellos de carácter eliminatorio:

Primer ejercicio. Consistirá en la contestación por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, a un cuestionario de 120 preguntas, más diez de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. El ejercicio será preparado por el Tribunal, y versará sobre el contenido del programa que se publica como Anexo II a esta convocatoria. Como mínimo el 25 por ciento de las preguntas deberán referirse a temas de la parte primera del programa.

En este ejercicio se valorarán hasta un máximo de ciento veinte preguntas, que se puntuarán de la forma siguiente: cada contestación correcta valdrá 1; se restará 0,25 por cada una de las respuestas incorrectas, se dejarán de valorar las preguntas no respondidas y de las operaciones anteriores se obtendrá la puntuación de cada participante en el ejercicio.

Para este ejercicio el tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para su superación. La puntuación mínima que se establezca resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven del baremo que fije el tribunal.

Las plantillas correctoras de este ejercicio se harán públicas en el plazo máximo de tres días a contar desde la finalización del mismo.

Quienes superen el primer ejercicio con una puntuación superior al 60% de la calificación máxima prevista, podrán conservar la nota para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación del ejercicio sean análogos, salvo actualización normativa.

Segundo ejercicio. Consistirá en una prueba de idioma escrita, a realizar en un tiempo máximo de una hora, sobre el idioma extranjero seleccionado por el aspirante en su instancia de participación, entre el francés o el inglés.

Se otorgará una calificación de «apto» o «no apto». Siendo necesaria la calificación de apto para concurrir al resto de los ejercicios.

Tercer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito en un tiempo máximo de 3 horas dos temas de entre cuatro extraídos por sorteo único pertenecientes a la parte tercera de las que se compone el temario de la oposición a elegir por cada opositor. Cada opositor procederá a la lectura pública de su ejercicio finalizada la cual, el Tribunal podrá realizar preguntas sobre el contenido de los temas que haya desarrollado el opositor, durante un tiempo máximo de quince minutos. Se valorarán los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como la forma de presentación y exposición.

Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo

Cuarto ejercicio. Consistirá en la resolución por escrito, durante un tiempo máximo de una hora y media, de uno o más supuestos de valoración de incapacidad. Cada opositor procederá a la lectura pública de su ejercicio, finalizada la cual, el Tribunal podrá formular preguntas sobre los extremos relacionados con su ejercicio durante un tiempo máximo de quince minutos. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada.

Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

En el tercer y cuarto ejercicios cuando por la mayoría del Tribunal se apreciara una actuación notoriamente insuficiente en el desarrollo del ejercicio por parte del opositor, podrá decidir que el aspirante abandone la prueba, aun cuando no haya agotado el tiempo concedido para la realización del ejercicio.

El Tribunal podrá contar con asesores especialistas en valoración de todos o alguno de los ejercicios de la oposición.

En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el Tribunal, que podrá disponer en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, se estará a lo establecido en el Real Decreto de la Oferta de Empleo Público del año 2019.

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios primero, tercero y cuarto.

No podrá superar esta fase un número mayor de aspirantes que el de plazas convocadas. En caso de empate de puntuación, se dirimirá el desempate por los puntos obtenidos en el tercer, el cuarto y el primer ejercicio, de la fase de oposición.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de organismos internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.

Finalizada la fase de oposición, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación. Dichos aspirantes aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

2. Curso selectivo

El curso selectivo tendrá un carácter teórico-práctico y consistirá en un periodo formativo de una duración de un mes, a celebrar en la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, así como en las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de Seguridad Social, destinado a adquirir conocimientos y habilidades en materia de administración, gestión y evaluación de los servicios sanitarios así como en la valoración de la incapacidad de los beneficiarios del sistema de prestaciones económicas de la Seguridad Social.

El curso selectivo deberá contemplar formación en materia de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y en materia de violencia de género, tal y como recoge el artículo 61 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.

La Subsecretaría del Departamento designará al director o directora del curso selectivo. Al final de dicho curso, y por parte de la Dirección del mismo, se emitirá el informe para cada uno de los aspirantes en el que se valorará su rendimiento considerando la asistencia y adquisición de conocimientos, teniendo en cuenta el informe de las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de Seguridad Social donde el aspirante haya realizado la parte práctica. El informe del director o directora del curso selectivo se elevará al órgano convocante declarando a los aspirantes «aptos» o «no aptos». Los aspirantes que no obtengan la calificación de «aptos» perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera.

3. Calificación final

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntaciones obtenidas en la fase de oposición por aquellos aspirantes calificados «aptos» en el curso selectivo.

ANEXO I.B
Descripción del proceso selectivo

1. Fase de oposición

La oposición estará formada por los siguientes ejercicios, todos ellos de carácter eliminatorio:

Primer ejercicio. Consistirá en la contestación por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, a un cuestionario de 120 preguntas, más diez de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. El ejercicio será preparado por el Tribunal, y versará sobre el contenido del programa que se publica como Anexo II a esta convocatoria. Como mínimo el 25 por ciento de las preguntas deberán referirse a temas de la parte primera del programa.

En este ejercicio se valorarán hasta un máximo de ciento veinte preguntas, que se puntuarán de la forma siguiente: cada contestación correcta valdrá 1; se restará 0,25 por cada una de las respuestas incorrectas, se dejarán de valorar las preguntas no respondidas y de las operaciones anteriores se obtendrá la puntuación de cada participante en el ejercicio.

Para este ejercicio el tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para su superación. La puntuación mínima que se establezca resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven del baremo que fije el tribunal.

Las plantillas correctoras de este ejercicio se harán públicas en el plazo máximo de tres días a contar desde la finalización del mismo.

Quienes superen el primer ejercicio con una puntuación superior al 60% de la calificación máxima prevista, podrán conservar la nota para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación del ejercicio sean análogos, salvo actualización normativa.

Segundo ejercicio. Consistirá en una prueba de idioma escrita, a realizar en un tiempo máximo de una hora, sobre el idioma extranjero seleccionado por el aspirante en su instancia de participación, entre el francés o el inglés.

Se otorgará una calificación de «apto» o «no apto». Siendo necesaria la calificación de apto para concurrir al resto de los ejercicios.

Tercer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito en un tiempo máximo de 3 horas, dos temas de entre cuatro extraídos por sorteo único pertenecientes a la parte tercera de las que se compone el temario de la oposición a elegir por cada opositor. Cada opositor procederá a la lectura pública de su ejercicio finalizada la cual, el Tribunal podrá realizar preguntas sobre el contenido de los temas que haya desarrollado el opositor, durante un tiempo máximo de quince minutos. Se valorarán los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como la forma de presentación y exposición.

Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo

Cuarto ejercicio. Consistirá en la resolución por escrito, durante un tiempo máximo de una hora y media, de uno o más supuestos de valoración de incapacidad. Cada opositor procederá a la lectura pública de su ejercicio, finalizada la cual, el Tribunal podrá formular preguntas sobre los extremos relacionados con su ejercicio durante un tiempo máximo de quince minutos. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada.

Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

En el tercer y cuarto ejercicios cuando por la mayoría del Tribunal se apreciara una actuación notoriamente insuficiente en el desarrollo del ejercicio por parte del opositor, podrá decidir que el aspirante abandone la prueba, aun cuando no haya agotado el tiempo concedido para la realización del ejercicio.

El Tribunal podrá contar con asesores especialistas en valoración de todos o alguno de los ejercicios de la oposición.

En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el Tribunal, que podrá disponer en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, se estará a lo establecido en el Real Decreto 954/2018, de 27 de julio por el que se aprueba la oferta de empleo público de estabilización correspondiente a la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2017 y se aprueba la oferta de empleo público de estabilización para el personal de la Administración de Justicia para 2018.

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios primero, tercero y cuarto.

No podrá superar esta fase un número mayor de aspirantes que el de plazas convocadas. En caso de empate de puntuación, se dirimirá el desempate por los puntos obtenidos en el tercer, el cuarto y el primer ejercicio, de la fase de oposición.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de organismos internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.

2. Fase de concurso

Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la relación de aprobados de la fase de oposición, para presentar el certificado de méritos profesionales, que deberá ser expedido por los servicios de personal del Ministerio y Organismo donde presten o hayan prestado sus servicios y en el que consten los méritos a valorar en la fase de concurso, de conformidad con lo previsto en la base decimoctava de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22); así como la presentación de fotocopia o certificación académica compulsada de la titulación a valorar para la acreditación de los méritos académicos.

La fase de concurso no tiene carácter eliminatorio. Las valoraciones estarán referidas a la fecha de publicación de la convocatoria.

Esta fase tendrá una valoración máxima de 20 puntos para aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición, de acuerdo con el siguiente baremo:

1. Méritos profesionales, que supondrán el 90% (18 puntos) de la puntuación de la fase de concurso:

– Servicios prestados en el Cuerpo o Escala de la Administración General del Estado al que se desea acceder. La puntuación será de 0,15 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 18 puntos que se alcanzará con 10 años de servicio.

– Servicios prestados en otros Cuerpos o Escalas adscritos a la Administración General del Estado. La puntuación será de 0,06 puntos por mes de servicio hasta un máximo de 7,20 puntos que se alcanzará con 10 años de servicio.

– Servicios prestados en Cuerpos o Escalas de otras Administraciones Públicas. La puntuación será de 0,03 puntos por mes de servicio hasta un máximo de 3,60 puntos que se alcanzará con 10 años de servicio.

– Servicios prestados en órganos constitucionales y resto del sector público. La puntuación será de 0,015 puntos por mes de servicio hasta un máximo de 1,80 puntos que se alcanzará con 10 años de servicio.

2. Méritos académicos, que supondrán el 10% (2 puntos) de la valoración de la fase de concurso:

– Por la posesión de titulaciones académicas oficiales de nivel superior a la requerida para el acceso al Cuerpo o Escala correspondiente, o haber superado alguno de los ejercicios para el acceso a dicho Cuerpo o Escala: la puntuación será de 0,5 puntos, y se alcanzará cumpliendo uno de ambos requisitos.

– Por los cursos de formación recibidos o impartidos en los últimos 10 años, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo o de los Planes para la Formación Continua del personal de las Administraciones Públicas. La puntuación será de 0,15 puntos por cada curso con un máximo de 1,5 puntos en este apartado.

La lista que contenga la valoración de los méritos de la fase de concurso se hará pública una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición y comprenderá a los aspirantes que superen la misma.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición. La puntuación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición. En caso de empate de puntuación, se dirimirá el desempate por los puntos obtenidos en el cuarto ejercicio, el tercero y el primer ejercicio, por este orden.

Finalizada la fase de concurso-oposición, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación. Dichos aspirantes aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

3. Curso selectivo

El curso selectivo tendrá un carácter teórico-práctico y consistirá en un periodo formativo de una duración de un mes, a celebrar en la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, así como en las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de Seguridad Social, destinado a adquirir conocimientos y habilidades en materia de administración, gestión y evaluación de los servicios sanitarios así como en la valoración de la incapacidad de los beneficiarios del sistema de prestaciones económicas de la Seguridad Social.

El curso selectivo deberá contemplar formación en materia de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y en materia de violencia de género, tal y como recoge el artículo 61 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Resolución de 29 de diciembre de 2020 de la Secretaría General de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.

La Subsecretaría del Departamento designará al director o directora del curso selectivo. Al final de dicho curso, y por parte de la Dirección del mismo, se emitirá el informe para cada uno de los aspirantes en el que se valorará su rendimiento considerando la asistencia y adquisición de conocimientos, teniendo en cuenta el informe de las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de Seguridad Social donde el aspirante haya realizado la parte práctica. El informe del director o directora del curso selectivo se elevará al órgano convocante declarando a los aspirantes «aptos» o «no aptos». Los aspirantes que no obtengan la calificación de «aptos» perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera.

4. Calificación final

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntaciones obtenidas en la fase de oposición y de concurso por aquellos aspirantes calificados «aptos» en el curso selectivo.

ANEXO II
Programa

Parte primera

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características, estructura, principios y valores fundamentales. Los derechos fundamentales y su especial protección.

Tema 2. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo. El Consejo de Estado.

Tema 3. La Corona: atribuciones y competencias. Sucesión y regencia. El Refrendo.

Tema 4. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.

Tema 5. El Gobierno: Composición, designación y funciones. La Ley del Gobierno. Los Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario.

Tema 6. La Administración Pública en la Constitución Española: Principios Constitucionales. La organización territorial del Estado. La Administración General del Estado y su organización periférica. La Administración Local y las Comunidades Autónomas. Las Ciudades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas Administraciones Públicas.

Tema 7. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. La Ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza del Ley: Decreto-Ley y Decreto Legislativo. El Reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del Derecho Administrativo.

Tema 8. La Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): Disposiciones generales. De los interesados en el procedimiento. De la actividad de las Administraciones Públicas.

Tema 9. La Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (II): De los actos administrativos. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. De la revisión de los actos en vía administrativa.

Tema 10. La Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público (I): Disposiciones generales. Principios de la potestad sancionadora. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Funcionamiento electrónico del sector público. Los convenios.

Tema 11. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (II): La Administración General del Estado. Organización administrativa. Los Ministerios y su estructura interna. Órganos territoriales. La Administración General del Estado en el exterior.

Tema 12. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (III): Organización y funcionamiento del sector público institucional. Los organismos públicos estatales. Las autoridades administrativas independientes del ámbito estatal. Las sociedades mercantiles estatales. Los consorcios. Las fundaciones del sector público estatal. Los fondos carentes de personalidad jurídica del sector público estatal.

Tema 13. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (IV): Relaciones interadministrativas. Principios generales. Deber de colaboración. Relaciones de cooperación. Relaciones electrónicas entre las Administraciones.

Tema 14. La gobernanza pública y el gobierno abierto. Concepto y principios informadores del gobierno abierto: colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de gobierno abierto en España. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Real Decreto 919/2014, de 31 de octubre, por el que se aprueba su estatuto. Funciones.

Tema 15. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Los contratos en el sector público: concepto, tipos, principios, características y elementos. Adjudicación y ejecución.

Tema 16. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Real Decreto Legislativo 5/2015: el Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública. Incompatibilidades.

Tema 17. Políticas sociales: Igualdad de Género. Normativa vigente. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Política de integración de las personas con discapacidad. Normativa vigente.

Tema 18. El derecho del trabajo. El Estatuto de los Trabajadores. El contrato de trabajo. Los convenios colectivos. La jurisdicción social.

Tema 19. La Unión Europea: antecedentes. Objetivos y naturaleza jurídica. Los tratados originarios y modificativos. Las instituciones de la Unión Europea. El Derecho Comunitario. Fuentes. Derecho originario. Las relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estado miembros.

Tema 20. La libre circulación de trabajadores. La libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. Política Exterior y de Seguridad Común de la Unión Europea.

Tema 21. Los Organismos Internacionales. La ONU y sus oficinas especializadas. La Organización Internacional del Trabajo. La Organización Mundial de la Salud. El Reglamento Sanitario Internacional.

Tema 22. La configuración constitucional de la sanidad en España: el derecho a la protección de la salud. El aseguramiento sanitario. La Ley General de Sanidad. El Sistema Nacional de Salud. El Ministerio de Sanidad. Los Organismos Autónomos.

Tema 23. Las competencias sanitarias del Estado. La Sanidad Exterior. Las relaciones sanitarias internacionales. Otras competencias del Estado en materia sanitaria. La coordinación general sanitaria. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. La Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud.

Tema 24. Las competencias sanitarias de las Comunidades Autónomas. Las leyes de ordenación sanitaria. La financiación sanitaria: los fondos específicos y de compensación interterritorial.

Tema 25. Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. La formación pregraduada y postgraduada. La formación continuada y el desarrollo profesional.

Tema 26. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Principios de la protección de datos. Derechos de las personas. Autoridades de protección de datos.

Tema 27. La estadística. La variabilidad en las ciencias biológicas. Conceptos de población y muestra. Tipos y métodos de muestreo. La probabilidad. Distribución normal, binomial y de Poisson.

Tema 28. Estadística descriptiva. Variables continuas y discretas. Distribución de frecuencias. Representación gráfica. Medidas de centralización y de dispersión.

Tema 29. Estadística analítica. La inferencia estadística. Métodos de estimación. El contraste de hipótesis y el valor de «p». La distribución Chi-cuadrado. La correlación lineal. La regresión lineal.

Tema 30. Epidemiología. Fuentes de información. Las variables en epidemiología. Causalidad. Los errores en los estudios epidemiológicos. Identificación y control de sesgos. Tipos de estudios epidemiológicos. Características principales de los estudios transversales, de cohortes, casos-control, experimentales y cuasi experimentales.

Tema 31. Epidemiología clínica. Incidencia, prevalencia y mortalidad. El ensayo clínico. Medida del nivel de salud: indicadores e índice de salud. Encuestas de salud.

Tema 32. Demografía sanitaria. Fuentes de información demográficos. Demografía estática. Estructura de las poblaciones. Demografía dinámica: principales índices y tasas. El tiempo en demografía.

Tema 33. Evaluación de pruebas diagnósticas. Concepto de sensibilidad, especificidad y valor predictivo.

Tema 34. Sistemas de información sanitaria. Estadísticas asistenciales y registros de declaración. La vigilancia epidemiológica.

Tema 35. Economía sanitaria. Características del mercado de los productos sanitarios. El sector sanitario español: coexistencia de lo público y lo privado en la provisión de servicios sanitarios.

Tema 36. La autorización y clasificación de centros, servicios y establecimientos sanitarios: normativa legal. La acreditación de instituciones sanitarias. Experiencia nacional e internacional.

Tema 37. La prestación farmacéutica del sistema de Seguridad Social: regulación y características. Evaluación y control de la prestación farmacéutica: La Inspección de farmacia.

Tema 38. La legislación sobre productos farmacéuticos. El Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. Legislación complementaria. Las competencias de las Comunidades Autónomas en la materia. Los genéricos.

Tema 39. La historia clínica. Legislación. Problemas éticos y jurídicos en la elaboración y manejo de la historia clínica y en los documentos derivados de ella La clasificación y codificación de enfermedades. Los sistemas de registro sanitario asistencial

Tema 40. El consentimiento informado en la actuación médica. Concepto y trascendencia. Requisitos y excepciones en la prestación del consentimiento. Legislación española.

Tema 41. Los derechos del ciudadano en el ámbito de la salud. Declaraciones Internacionales. Ley 41/2002 básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

Tema 42. Responsabilidad profesional del Médico y sus clases. Elementos constitutivos de la responsabilidad médica.

Tema 43. El secreto profesional del Médico: concepto, fundamento y antecedentes históricos. Legislación sobre documentación clínica y sobre protección de datos de carácter personal. El secreto médico en el campo de la Medicina Evaluadora

Tema 44. La ética en medicina. Los códigos deontológicos de las profesiones sanitarias. Los Comités Nacionales de Ética, Asistenciales y de Investigación. La objeción de conciencia en el ámbito médico-sanitario. Reproducción humana asistida.

Tema 45. El Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud. Personal estatutario sanitario. Personal estatutario de gestión y servicios. Régimen disciplinario y procedimiento sancionador.

Tema 46. La atención primaria de la salud. Organización de la atención primaria. El médico de atención primaria como gestor del presupuesto y unidad de gasto del sistema.

Tema 47. La atención especializada. Estructuras jerarquizadas en atención especializada. La coordinación de los niveles asistenciales.

Tema 48. El hospital. Organización funcional. Gestión hospitalaria. Registros hospitalarios. Indicadores de actividad y rendimiento. Los sistemas de clasificación de pacientes y el coste por proceso.

Tema 49. La seguridad hospitalaria. La protección del personal contra incendios y frente a radiaciones ionizantes. La gestión de residuos radioactivos, químicos y biológicos.

Tema 50. La emergencia médica y la asistencia urgente. La organización de la asistencia urgente. La movilización de recursos sanitarios en situaciones catastróficas. Planificación nacional e internacional.

Tema 51. La hemodonación y los bancos de sangre. Plan Nacional de Hemoterapia. Medidas especiales contra el SIDA y otros procesos de transmisión hemática.

Tema 52. Las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud: evolución y disposiciones reguladoras. Órganos de participación Interterritorial en materia de prestaciones. Actualización de prestaciones. Estudio especial de las prestaciones sanitarias: prestación ortoprotésica, prestaciones con productos dietéticos, prestaciones con técnicas de terapia respiratoria a domicilio. El transporte sanitario.

Tema 53. Evaluación y control de la asistencia sanitaria prestada con medios ajenos. Evaluación y control de los centros y servicios concertados. Los reintegros de gastos y las reclamaciones del usuario.

Tema 54. Factores condicionantes y determinantes de la salud. La planificación sanitaria. El diseño de las políticas sanitarias. Los programas de salud y su evaluación. Salud y equidad.

Tema 55. La calidad sanitaria. Métodos de evaluación sanitaria. Análisis de resultados. La opinión del usuario. Normativa de la acreditación de instituciones sanitarias.

Tema 56. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2030: Antecedentes y situación actual. El «Plan de Acción para la implementación de la Agenda 2030 en España» y las materias relacionadas con las competencias del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el Plan de Acción.

Parte segunda

Tema 1. El modelo de Seguridad Social en la Constitución Española. El texto refundido de la Ley General de Seguridad Social de 2015: estructura, contenido y vigencia.

Tema 2. Acción protectora de la Seguridad Social. Contenido y clasificación de las prestaciones. Caracteres generales. Requisitos generales del derecho a las prestaciones.

Tema 3. Campo de aplicación y estructura del sistema español de Seguridad Social. Extranjeros. Régimen General y Regímenes especiales. Sistemas especiales.

Tema 4. Régimen económico-financiero de la Seguridad Social. Fuentes de financiación. Sistema financiero de la Seguridad Social. El Fondo de Reserva de la Seguridad Social. Inversiones. El patrimonio de la Seguridad Social.

Tema 5. Normas sobre inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social. Procedimiento y efectos. El Convenio Especial en el Sistema de la Seguridad Social. Situaciones asimiladas al alta.

Tema 6. La protección contributiva por jubilación. Tipos de jubilación. La jubilación ordinaria: requisitos y cuantía. Incompatibilidades, suspensión y extinción. La jubilación anticipada: tipos, requisitos y cuantía. La jubilación flexible: requisitos y cuantía. La jubilación parcial: requisitos y cuantía. Pensión de jubilación y envejecimiento activo.

Tema 7. La protección por muerte y supervivencia: sujetos y hechos causantes. Clases de prestaciones. Requisitos para el derecho y cuantía económica del auxilio por defunción, de la pensión de viudedad, de la prestación temporal de viudedad, de la pensión de orfandad y de las prestaciones en favor de familiares. Extinción.

Tema 8. La protección a la familia. Normativa vigente. Beneficiarios, prestaciones y gestión de las mismas en modalidad contributiva y no contributiva. Conceptos básicos de las prestaciones por cuidado de menores afectados por cáncer u otras enfermedades graves, seguro escolar, síndrome del aceite tóxico, afectados por actos violentos y delitos de terrorismo, inválidos y mutilados de guerra.

Tema 9. Las prestaciones de jubilación e invalidez no contributivas de la Seguridad Social. Clases, beneficiarios y condiciones de reconocimiento.

Tema 10. La Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado, de la Administración de Justicia y de las Fuerzas Armadas. Particularidades.

Tema 11. La protección por desempleo. Tipos de prestaciones. Requisitos y contenidos de las mismas.

Tema 12. La Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras. Las modificaciones producidas por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Excedencia por cuidado de familiares. Protección de la maternidad y paternidad. Situaciones protegidas. Riesgo durante el embarazo. Riesgo durante la lactancia. Permiso por maternidad y paternidad. Subsidio de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

Tema 13. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones: estructura orgánica y competencias. Órganos de dirección y tutela de la Seguridad Social. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social. El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Tema 14. El Instituto Nacional de la Seguridad Social: configuración legal y funciones. Órganos de dirección y gestión. Estructura orgánica y competencias de los servicios centrales y periféricos. Órganos de participación en el control y vigilancia de la gestión.

Tema 15. La Tesorería General de la Seguridad Social: naturaleza, organización y funciones. La Gerencia de Informática: naturaleza, organización y funciones.

Tema 16. La colaboración en la gestión. Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social: constitución, competencias y ámbito de actuación. La colaboración de las empresas: modalidades.

Tema 17. La dimensión internacional de la Seguridad Social: las Leyes Sociales internacionales y comunitarias. Convenios de la Organización Internacional del Trabajo y del Consejo de Europa ratificados por España. Convenios bilaterales. Derecho Comunitario de la Seguridad Social. Especial referencia a los Reglamentos 883/2004 y 987/2009.

Tema 18. La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. Los servicios de prevención. La participación del trabajador. El Reglamento de los servicios de prevención. La vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados del trabajo. Los reconocimientos de admisión y periódicos. Trabajador especialmente sensible.

Tema 19. La ergonomía: métodos de valoración. El análisis de tareas y puestos de trabajo. La psicología en el ámbito de las organizaciones. La orientación profesional. El profesiograma.

Tema 20. Higiene industrial. Identificación de riesgos. Evaluación y control de riesgos. Control de las exposiciones. Límites de exposición profesional.

Tema 21. Seguridad en el trabajo. Prevención de riesgos laborales. Normas de seguridad en el trabajo.

Tema 22. Valoración profesional. Profesión habitual, puestos de trabajo, tareas. Profesiograma y fisiograma. La Guía de valoración profesional del INSS.

Tema 23. El Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social. La Inspección de Servicios Sanitarios en el Sistema Nacional de Salud. La inspección médica en el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Tema 24. La incapacidad temporal: concepto. Prestaciones. Requisitos. Beneficiarios. Duración. Cuantía de las prestaciones. Causas de denegación, suspensión o pérdida de la prestación económica.

Tema 25. Gestión y control de la Incapacidad temporal. Actuaciones de las Entidades implicadas en el seguimiento y control de la prestación. Los estándares de duración. Especial referencia a Los Tiempos Estándar y los Tiempos Óptimos en Incapacidad Temporal del Instituto Nacional de la Seguridad Social

Tema 26. La incapacidad permanente: concepto, clases y grados. Prestaciones económicas y recuperadoras. Beneficiarios, nacimiento, duración y extinción del derecho.

Tema 27. Procedimiento para el reconocimiento de las prestaciones por Incapacidad permanente. Los equipos de valoración de Incapacidades: creación, composición y funciones. Revisión de la incapacidad permanente.

Tema 28. Las contingencias profesionales. Concepto de accidente de trabajo. Declaración, prestaciones, peculiaridades. Las secuelas de los accidentes de trabajo. Tipos y prestaciones. Lesiones permanentes no invalidantes.

Tema 29. El accidente de trabajo: etiología. Los componentes del riesgo: máquina, trabajador, ambiente laboral, organizativo, humano: caracteres de cada factor. Los medios de protección y señalización. La falta de medidas como causa de penalización.

Tema 30. La enfermedad profesional: concepto, declaración, requisitos. La lista de enfermedades profesionales del Real Decreto 1299/2006, de 10 noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro. Los sistemas CEPROSS y PANOTRATSS.

Tema 31. Valoración médica del daño corporal (I): concepto de daño. Nexo de causalidad. Estado anterior. Concausas. Valoración de la influencia de los factores económicos y sociales.

Tema 32. Valoración médica del daño corporal (II): tablas y baremos de valoración. El método empírico. Informe médico de los daños corporales en los ámbitos penal, civil y laboral. Otros documentos médico-legales generados por los daños a las personas.

Tema 33. El concepto de Discapacidad. Clasificación internacional del funcionamiento, la discapacidad y la salud de la Organización Mundial de la Salud. La valoración de la Discapacidad en España: el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Actuación de los equipos multidisciplinares de valoración y orientación.

Tema 34. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. Disposiciones generales. Las prestaciones del Sistema. El baremo de dependencia.

Tema 35. La valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en los accidentes de circulación. El seguro obligatorio de viajeros. La responsabilidad civil y su resarcimiento; valoración de secuelas e indemnizaciones.

Tema 36. Los requerimientos físicos para determinadas profesiones. Los permisos de conducción de vehículos a motor. El permiso de vuelo. El permiso de armas.

Parte tercera

Tema 1. Las enfermedades y las lesiones de la columna cervical. Principales síndromes cervicales. Estudio especial de la patología del disco intervertebral y del esguince cervical. La valoración de la incapacidad temporal y permanente.

Tema 2. Las enfermedades y lesiones de la columna dorsal y lumbar. Hiperostosis anquilosante. Enfermedad de Scheuermann. Las escoliosis. Las espondilólisis y espondilolistesis. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. La valoración de la incapacidad temporal y permanente.

Tema 3. Las enfermedades de la columna lumbar y sacra. La lumbalgia. La patología del disco intervertebral. Las secuelas neurológicas por compromiso radicular y del canal medular. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. La valoración de la incapacidad temporal y permanente.

Tema 4. Las enfermedades y lesiones del hombro y la cintura escapular. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. La valoración de la incapacidad temporal y permanente.

Tema 5. Las enfermedades y lesiones del codo y el antebrazo. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. La valoración de la incapacidad temporal y permanente.

Tema 6. Fisiología de los diferentes agarres/empuñaduras: diferentes presas, sus componentes articulares, musculares y neurológicos. Uso de las presas.

Tema 7. Las enfermedades y lesiones de la muñeca y la mano. La mano traumática, reumática, aponeurótica, vascular y neurológica. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. La valoración de la incapacidad temporal y permanente.

Tema 8. Las enfermedades y lesiones de la cadera y muslo. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. Estudio especial de las prótesis de cadera. La valoración de la incapacidad temporal y permanente.

Tema 9. Las enfermedades y lesiones de la rodilla y la pierna. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. Estudio especial de las prótesis de rodilla. La valoración de la incapacidad temporal y permanente.

Tema 10. Las enfermedades y lesiones del tobillo y el pie. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. La valoración de la Incapacidad temporal y permanente.

Tema 11. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las mutilaciones de las extremidades. Patología del muñón. Las prótesis y ortesis. Los reimplantes y adaptaciones.

Tema 12. Valoración de la marcha. Principales tipos de marcha anormal. Valoración de la postura. Principales alteraciones de la postura.

Tema 13. Estudio general de las enfermedades reumáticas inflamatorias. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. La valoración de la incapacidad temporal y permanente.

Tema 14. Estudio especial de las periartritis crónicas, con y sin afectación sistémica. La artritis reumatoide y la espondilitis anquilopoyética. Artropatía lúpica y psoriásica. Artropatías por microcristales.

Tema 15. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en la fibromialgia, el síndrome de fatiga crónica, la sensibilidad química múltiple y la electrosensibilidad.

Tema 16. La valoración de la Incapacidad temporal y permanente en las enfermedades reumatológicas degenerativas. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 17. Las enfermedades y lesiones maxilofaciales. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional. La valoración de la incapacidad temporal y permanente.

Tema 18. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades degenerativas del sistema nervioso central. Demencias. Estudio especial de la Enfermedad de Alzheimer. Enfermedades de las neuronas motoras. Criterios de diagnóstico y valoración funcional

Tema 19. La valoración de la incapacidad temporal y permanente de la epilepsia y la patología extrapiramidal. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 20. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades vasculares cerebrales. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 21. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades desmielinizantes. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 22. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades que cursan con movimientos involuntarios anormales. Estudio especial de la enfermedad de Parkinson. Criterios diagnósticos y valoración funcional.

Tema 23. La valoración de la incapacidad temporal y permanente de los traumatismos craneoencefálicos. Métodos y criterios diagnósticos y valoración funcional.

Tema 24. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en los tumores cerebrales. Métodos y criterios de diagnóstico, pronóstico y valoración funcional.

Tema 25. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones de la médula espinal y el sistema nervioso periférico. Estudio especial de la miastenia gravis. Métodos y criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 26. Conceptos generales del diagnóstico psiquiátrico. La entrevista psiquiátrica. Las principales clasificaciones de los trastornos psiquiátricos: Clasificación Internacional de Enfermedades de la Organización Mundial de la Salud (CIE) y de la Asociación Psiquiátrica Americana (DSM).

Tema 27. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en los trastornos de ansiedad, obsesivo-compulsivos, de adaptación, disociativos y somatomorfos. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 28. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en los trastornos psicóticos: Esquizofrenia, trastornos esquizotípicos y trastornos de ideas delirantes. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 29. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en los trastornos del humor: trastorno depresivo y bipolar. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en los trastornos de la personalidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 30. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones del oído. Estudio especial de las hipoacusias y de los trastornos del equilibrio. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 31. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades de la laringe y fosas nasales. El paciente laringuectomizado y los trastornos del lenguaje como causa de incapacidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 32. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones del aparato visual. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 33. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones de la piel. Criterios de diagnóstico y valoración funcional. Psoriasis. Manifestaciones dermatológicas de las enfermedades sistémicas. Estudio especial de las cicatrices patológicas.

Tema 34. Estudio de las dermatopatías profesionales. Dermatitis alérgica. Eczema de contacto. Urticaria. Angioedema. El cáncer cutáneo de origen profesional.

Tema 35. La valoración de la Incapacidad temporal y permanente en las enfermedades no profesionales del sistema respiratorio (I). La historia clínico-laboral neumológica. Estudio especial de enfermedad pulmonar obstructiva crónica, el enfisema y el asma. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 36. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades no profesionales del sistema respiratorio (II). Estudio especial del síndrome de la apnea-hipopnea del sueño (SAHS) y las neoplasias de pulmón. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 37. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades profesionales del sistema respiratorio (I). Las neumoconiosis. Estudio especial de la silicosis y la asbestosis. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 38. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades profesionales del sistema respiratorio (II). Estudio especial del asma profesional. Otras Neumopatías no neumoconióticas como origen de fibrosis pulmonar o Irritantes de las vías aéreas. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 39. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades cardiológicas (I). La historia clínico-laboral cardiológica. Estudio especial de la cardiopatía isquémica. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 40. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades cardiológicas (II). Estudio especial de las miocardiopatías. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 41. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades cardiológicas (III). Estudio especial de las valvulopatías y las prótesis valvulares. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 42. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades cardiológicas (IV). Estudio especial de las arritmias. Las enfermedades de los grandes vasos y la hipertensión arterial como causa de incapacidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 43. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones vasculares (I). Estudio especial de la patología arterial periférica. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 44. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades y lesiones vasculares (II). Estudio especial de la patología venosa periférica y las enfermedades del sistema linfático como causa de incapacidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 45. La valoración de la Incapacidad temporal y permanente en las enfermedades endocrinológicas (I). La historia clínico-laboral endocrinológica. Estudio especial de las alteraciones del tiroides, paratiroides, hipófisis y suprarrenales como causa de incapacidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 46. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades endocrinológicas (II). Estudio especial de la diabetes como causa de incapacidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 47. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades hematológicas. Estudio especial de las leucemias y los linfomas. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 48. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades del aparato digestivo. Estudio especial de la enfermedad inflamatoria intestinal. El paciente colostomizado como causa de incapacidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 49. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades del hígado y las vías billares. Estudio especial de la hepatitis y la cirrosis. Las pancreatitis. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 50. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades del sistema genitourinario (I). Estudio especial de la incontinencia urinaria y de la patología prostática no neoplásica. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 51. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades del sistema genitourinario (II). Estudio especial de la patología oncológica de vías urinarias, próstata y vejiga.

Tema 52. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades del riñón. Estudio especial de la Insuficiencia renal y la hemodiálisis como causa de Incapacidad. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 53. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades infecciosas. Estudio especial de la infección por el virus de la inmunodeficiencia humana. Las infecciones como causa de enfermedad profesional. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 54. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las enfermedades oncológicas. La historia clínico-laboral oncológica. Criterios pronósticos y de valoración funcional. Estudio especial del cáncer de mama y el cáncer de colon y recto.

Tema 55. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en los enfermos trasplantados. Trasplante renal. Trasplante hepático, trasplante cardiaco, trasplante de médula ósea. Criterios de valoración funcional.

Tema 56. La valoración de la incapacidad temporal y permanente en las alteraciones de la caja torácica y la pared abdominal. Las lesiones costales, pleurales y diafragmáticas. Estudio especial de las hernias. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 57. Estudio de los factores de riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural como causa de interrupción de la actividad laboral a tenor de la normativa legal vigente. Criterios de valoración.

Tema 58. Las enfermedades profesionales. Normativa general de la relación trabajo-enfermedad. Las enfermedades profesionales provocadas por agentes cancerígenos. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 59. Las peculiaridades de las intoxicaciones profesionales como causa de incapacidad. Principales intoxicaciones. Vías de entrada. Los criterios de dosis máxima de exposición y de dosis biológica de exposición.

Tema 60. Las enfermedades profesionales producidas por agentes físicos como causa de incapacidad. Valoración del ruido, vibraciones, radiaciones ionizantes y traumatismos repetidos. Criterios de diagnóstico y valoración funcional.

Tema 61. La valoración de la incapacidad temporal y permanente por las enfermedades derivadas del síndrome tóxico. Los afectados. Patologías admitidas como secundarias al mismo: Métodos de diagnóstico y valoración. Determinación de la causalidad.

Tema 62. Simulación y disimulación de enfermedades y lesiones. Concepto. Temas médico-legales de simulación y disimulación de las enfermedades y de las lesiones. Diagnóstico médico-legal de la simulación y disimulación.

Tema 63. Estudio, tratamiento y valoración del dolor. Definición, epidemiología, mecanismos y vías de transmisión dolor. Tipos. Exploración. Tratamiento. Valoración.

Tema 64. Perjuicio estético. Concepto. Etiología. Tipo de perjuicio. Alteraciones estáticas o dinámicas. Estudio especial de las cicatrices. Quemaduras. Resiliencia. Importancia de la estética. Valoración del perjuicio estético.

Tema 65. La incapacidad en los trabajadores del mar. Riesgos y enfermedades más frecuentes. Peculiaridades de la valoración.

ANEXO III
Tribunal calificador

Tribunal titular

Presidente: Doña María Dolores Carbajo Sotillo. Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social.

Secretaria: Doña Juana González Herranz. Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

Vocales:

– Don Javier Sainz González. Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social.

– Doña María Pilar Soler Crespo. Cuerpo de Médicos Titulares.

– Don Jorge Antonio Puente Merchán. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.

Tribunal suplente

Presidente: Don Luis Fidel Campoy Domene. Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social.

Secretaria: Doña María José Aguado Benedí. Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social.

Vocales:

– Doña Olga María Sáenz Moreno. Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

– Don Jorge Guillermo del Diego Salas. Cuerpo de Médicos Titulares.

– Doña Alicia Rodríguez Incháurregui. Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones». En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar «Instituto Nacional de la Seguridad Social».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social», código 6449.

En el recuadro 17, «Forma de Acceso», los aspirantes consignarán conforme a las siguientes claves:

«L» Plazas afectadas por el RD 211/2019

«E» Plazas afectadas por el RD 954/2018

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Sanidad». No se cumplimentará el espacio destinado a «Código» que figura a su lado.

En el recuadro 19 se consignará la fecha del «BOE» en que se haya publicado la presente convocatoria.

En el recuadro 20 de la solicitud destinado a «Provincia de examen» se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33% que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el recuadro 22.

En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará «Título de Licenciado o Grado en Medicina».

En el recuadro 27, en la casilla «Datos A», se consignará el idioma elegido por el aspirante, entre inglés o francés. En la casilla «Datos B», los candidatos consignarán si desean conservar la nota del primer ejercicio de la convocatoria inmediatamente anterior. En la Casilla «Datos C», los candidatos que acceden por el turno de reserva por discapacidad a que se refiere la base 7 de la presente convocatoria, consignarán si desean conservar la nota de todos o alguno de los ejercicios, y en caso de que sólo deseen conservar la nota de alguno de ellos, indicarán cuál.

El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 30,79 euros para los dos procesos selectivos. El importe reducido para familias numerosas será de 15,40 euros para ambos procesos. El importe de la tasa por derechos de examen se consignará en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud.

La solicitud se dirigirá Instituto Nacional de la Seguridad Social (Subdirección General de Recursos Humanos y Materiales).

ANEXO V
Certificado de requisitos y méritos de las pruebas selectivas de acceso a la Escala de Médicos Inspectores del Cuerpos de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social. RD. 954/2018

Imagen: /datos/imagenes/disp/2021/66/4269_9010273_1.png

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 09/03/2021
  • Fecha de publicación: 18/03/2021
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PUBLICA:
    • la relación de aprobados en la fase de oposición para la estabilización del empleo temporal, por Resolución de 23 de febrero de 2022 (Ref. BOE-A-2022-3367).
    • la relación de aprobados en la fase de oposición por el sistema general de acceso libre, por Resolución de 23 de febrero de 2022 (Ref. BOE-A-2022-3366).
  • SE MODIFICA la composición del Tribunal calificador, por Resolución de 27 de mayo de 2021 (Ref. BOE-A-2021-9589).
  • SE APRUEBA la relación provisional de admitidos y excluidos y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio, por Resolución de 18 de mayo de 2021 (Ref. BOE-A-2021-8822).

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