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Documento BOE-A-2019-2822

Resolución de 20 de diciembre de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Pro Bono España.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 2019, páginas 19280 a 19283 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2019-2822

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Pro Bono España resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La fundación anteriormente citada fue constituida por las siguientes entidades: Fundación Garrigues, Abogados y Asesores Tributarios, J&A Garrigues, S.L.P., Fundación Cuatrecasas, Clifford Chance, S.L.P., Allen&Overy LLP, Pérez-Llorca Abogados, S.L. y Cía. S.COM.P., DLA Pipper Spain, S.L., Roca Junyent, S.L.P., Ramón y Cajal Abogados, S.L.P., Ashurst LLP, Rousaud Costas Duran, S.L.P., Asociación Lean Abogados, Sagardoy Abogados, S.L.P., Rasla, S.A.P., Andersen Tax&Legal Iberia, S.L.P., Estudio Jurídico Ejaso, S.L., MA Abogados Estudio Jurídico, S.LO.P., Latham&Watkins LLP, Eversheds Sutherland Nicea, S.L.P., Iurisdiagonal, S.L.P. (Toda&Nel-Lo Abogados), Watson, Farley&Williams Spain, S.L.U., Analistas de Relaciones IndustriaLes, S.L., De Castro, Estudio de Abogados, S.L.P., Elzaburu, S.L.P., Competencia y Regulación Lexmarket, S.L. (Huerta&Solana), Dentons Europe Abogados, S.L.U., Kink&Wood Mallesons, S.A.P. y Bussines Law Partners Europa, S.L. en virtud de escritura otorgada ante el notario de Madrid don Andrés Domínguez Nafria el 28 de junio de 2018 con el número 2502 de protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedo establecido en la calle de Alcalá, número 89, 4.º derecha, de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: treinta y seis mil ochocientos cuarenta y tres euros y ochenta y tres céntimos (36.843,83 euros). La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada e ingresada según se acredita con la correspondiente certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Promover y desarrollar la actividad jurídica pro bono en España, actividad que consiste en facilitar el acceso a los servicios profesionales de asesoramiento y asistencia jurídica especializada a entidades o colectividades de personas, que por razones económicas y de otra índole, tengan dificultades para acceder a dichos servicios. El desarrollo de la actividad de la Fundación no interferirá en la prestación obligatoria del servicio de asistencia jurídica gratuita por parte de los Colegios de Abogados en los términos previstos en la Ley 1/1996, de 10 de enero, sino que la complementará o apoyará cuando resulte necesario en el marco de la relación de colaboración que exista entre los Colegios de Abogados y la Fundación.

Quinto. Patronato.

Fundación Garrigues, Abogados y Asesores Tributarios, J&A Garrigues, S.L.P., Fundación Cuatrecasas, Clifford Chance, S.L.P., Allen&Overy LLP, Perez-Llorca Abogados, S.L. y Cía. S.COM.P, DLA Pipper Spain, S.L., Roca Junyent, S.L.P., Ramón y Cajal Abogados, S.L.P., Ashurst LLP, Rousaud Costas Duran, S.L.P., Asociación Lean Abogados, Sagardoy Abogados, S.L.P., Rasla, S.A.P., Andersen Tax&Legal Iberia, S.L.P., Estudio Jurídico Ejaso, S.L., MA Abogados Estudio Jurídico, S.LO.P., Latham&Watkins LLP, Eversheds Sutherland Nicea, S.L.P., Iurisdiagonal, S.L.P. (Toda&Nel-Lo Abogados), Watson, Farley&Williams Spain, S.L.U., Analistas de Relaciones Industriales, S.L., De Castro, Estudio de Abogados, S.L.P., Elzaburu, S.L.P., Competencia y Regulación Lexmarket, S.L. (Huerta&Solana), Dentons Europe Abogados, S.L.U., Kink&Wood Mallesons, S.A.P. y Bussines Law Partners Europa, S.L.

Personas físicas representantes:

Fundación Garrigues, Abogados y Asesores Tributarios y J&A Garrigues, S.L.P. representada por doña María Ángeles Pérez de Ayala Becerril.

Fundación Cuatrecasas representada por don Valentín García González como titular y doña Diana Rivera García como suplente.

Clifford Chance, S.L.P., representada por doña Susana Añoveros Terrada como titular y don Pablo Serrano de Haro Martínez como suplente.

Allen&Overy LLP representada por doña Jimena Urretavizcaya Gil como titular y don Ignacio Hornedo Villalba como suplente.

Pérez-Llorca Abogados, S.L. y Cía. S.COM.P., representada por don Javier Carvajal García-Valdecasas.

DLA Pipper Spain, S.L. representada por doña María del Pilar Menor Sánchez como titular y doña Inés Chamorro Storms como suplente.

Roca Junyent, S.L.P., representada por don Pablo Rodríguez Abelenda como titular y doña Ana Bohórquez Rodríguez como suplente.

Ramón y Cajal Abogados, S.L.P. representada por don Pedro Ramón y Cajal Agüeras como titular y por don Ramón Fernández-Aceytuno Sáenz de Santa María como suplente.

Ashurst LLP representada por don Pedro Esther Palacios.

Rousaud Costas Duran, S.L.P., representada por don Adolf Rousaud Viñas.

Asociación Lean Abogados, representada por don Jorge de Andrés Abad como titular y don Cayetano-Carmelo Sánchez Bruton como suplente.

Sagardoy Abogados, S.L.P. representada por don Iñigo Sagardoy de Simón como titular y doña Ana María Pérez de Castillo como suplente.

Rasla, S.A.P. representada por don Tomas Barrilero García-Miñaur como titular y doña Nekane Legorburu Parra como suplente.

Andersen Tax&Legal Iberia, S.L.P. representada por don Ignacio-José Aparicio Ramos.

Estudio Jurídico Ejaso, S.L. representada por don Álvaro Hernando de Larramendi Samaniego como titular y Doña Elena Martínez-Sagrera Eguilaz como suplente.

MA Abogados Estudio Jurídico, S.LO.P. representada por doña María del Carmen Michavilla Gómez como titular y doña Mercedes Piedad Carmona Mariscal como suplente.

Latham&Watkins LLP representada por don Ignacio Domínguez Mateos como titular y doña Carmen Alonso Rodríguez como suplente.

Eversheds Sutherland Nicea, S.L.P. representada por don Juan-Eugenio Díaz Hidalgo como titular y don Rafael Arráez Amselem como suplente.

Iurisdiagonal, S.L.P. (Toda&Nel-Lo Abogados) representado por don Ricardo Nel-lo Padró como titular y don Albert Mestres Llort como suplente.

Watson, Farley&Williams Spain, S.L.U. representada por doña María Pilar García Guijarro como titular, doña Ana Lorenzo Sobrado como suplente 1.ª y don Javier Ester Palacios como suplente 2.º

Analistas de Relaciones Industriales, S.L. representada por don Manuel María de los Mozos Iglesias como titular, doña Egoitz Begoña Bilbao como suplente 1.ª y don Daniel Macho de Quevedo Gómez como suplente 2.º

De Castro, Estudio de Abogados, S.L.P. representada por don José Luis Castro Martín como titular y don Pedro de Castro Segalerva como suplente.

Elzaburu, S.L.P., representada por don Antonio Tavira Montes-Jovellar.

Competencia y Regulación Lexmarket, S.L. (Huerta&Solana), representada por don Gonzalo Solana González como titular y don Francisco Javier Huerta Trólez como suplente.

Dentons Europe Abogados, S.L.U. representada por don José María Buxeda Maisterra.

Kink&Wood Mallesons, S.A.P., representada por don Roberto Pomares Botana como titular y don Carlos Gil Iglesias como suplente.

Bussines Law Partners Europa, S.L. representada por don David Gutiérrez Swanson.

Cargos:

Presidente: De Castro, Estudio de Abogados, S.L.P. que ejercerá el cargo a través de su representante don José Luis Castro Martín.

Vicepresidente: Fundación Cuatrecasas que ejercerá el cargo a través de su representante don Valentín García González.

Secretaria no Patrono: Doña Celia Domínguez Capaz.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 21 de noviembre de 2018.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Pro Bono España Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 20 de diciembre de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado, Pedro José Garrido Chamorro.

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