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Documento BOE-A-2018-16302

Resolución de 28 de septiembre de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Blas de Lezo.

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 29 de noviembre de 2018, páginas 116562 a 116563 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2018-16302

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Blas de Lezo resultan los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Miguel Ángel Gimeno Álvarez, don Antonio Andrés Ríos Martín y don José González-Cela Cominges según consta en la escritura pública, otorgada ante el Notario de Alcorcón, don Antonio J. Florit de Carranza, el 13 de diciembre de 2017, con el número 3.833 de protocolo, subsanada por otra otorgada ante el mismo Notario el 21 de agosto de 2018, con el número 3.015 de protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Sagasta, n.º 8, 1.ª planta, de Madrid, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta y seis mil novecientos euros (36.900 €) correspondiente al valor de la colección histórico-artística compuesta por un total de diecisiete piezas relativas a la vida de la figura histórica de don Blas de Lezo según tasación efectuada por experto en coleccionismo militar.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Promover el conocimiento, con la máxima difusión posible, de la figura histórica de don Blas de Lezo y de otros grandes héroes de España, con especial hincapié en su repercusión histórica y en los valores que representan. Crear lazos de unión, colaboración y entendimiento con fin de preservar la cultura hispánica y los valores y tradiciones que esta representa en todo Hispanoamérica.

Quinto. Patronato.

Patronos: Don Miguel Ángel Gimeno Álvarez, don Antonio Andrés Ríos Martín y don José González-Cela Cominges.

Cargos:

Presidente: Don Miguel Ángel Gimeno Álvarez.

Vicepresidente: Don Antonio Andrés Ríos Martín.

Tesorero: Don José González-Cela Cominges.

Secretario no Patrono: Don Gaspar Fernández Reina.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 19 de febrero de 2018.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Blas de Lezo, su Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 28 de septiembre de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado, Pedro José Garrido Chamorro.

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