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Documento BOE-A-2012-3340

Corrección de errores del Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 9 de marzo de 2012, páginas 22073 a 22074 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2012-3340
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2012/02/17/401/corrigendum/20120309

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el Real Decreto 342/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 42, de 18 de febrero de 2012, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 14554, segunda línea, donde dice: «… Real Decreto 1823/2011, de 23 de diciembre, por el que…», debe decir: «Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que…».

En la página 14556, en el artículo 2.4, donde dice: «4. Para el asesoramiento jurídico de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente existirá una Abogacía del Estado, integrada orgánicamente en la del departamento.», debe decir: «4. Para el asesoramiento jurídico de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente existirá una Abogacía del Estado, integrada orgánicamente en la del departamento prevista en el artículo 12.5.a) del presente real decreto.».

En la página 14558, en el artículo 3.1.q), donde dice: «q) Ejercer las funciones que le atribuye el Real Decreto 1494/2011, de 24 de octubre, en relación con el Fondo Español de Carbono para una Economía Sostenible.», debe decir: «q) Ejercer las funciones que le atribuye el Real Decreto 1494/2011, de 24 de octubre, en relación con el Fondo de Carbono para una Economía Sostenible.».

En la página 14562, en el artículo 6.2.a), última línea, donde dice: «… Consejo Nacional del Agua, previsto en el artículo 13 del Real Decreto 927/1988, de 29 de julio.», debe decir: «… Consejo Nacional del Agua, previsto en el artículo 9 del Real Decreto 1383/2009, de 28 de agosto, por el que se determina la composición, estructura orgánica y funcionamiento del Consejo Nacional del Agua.».

En la página 14563, en el artículo 7.1, tercer párrafo, donde dice: «El Secretario General de Agricultura y Alimentación preside el Consejo para el Medio Rural.», debe decir: «El Secretario General de Agricultura y Alimentación preside el Consejo para el Medio Rural, al que queda adscrito dicho órgano colegiado».

En la página 14564, en el artículo 8.2.b) donde dice: «b) La Subdirección General de Cultivos Herbáceos e Industriales, que ejerce las competencias indicadas en los párrafos a), b), d), j) y l) del apartado anterior en el ámbito de cereales, oleaginosas, productos proteicos, agroenergéticos, industriales y forestales.», debe decir: «b) La Subdirección General de Cultivos Herbáceos e Industriales, que ejerce las competencias indicadas en los párrafos a), b), j) y l) del apartado anterior en el ámbito de cereales, oleaginosas, productos proteicos, agroenergéticos, industriales y forestales.».

En la página 14565, en el artículo 9.1.d) donde dice: «d) Coordinar y gestionar el funcionamiento de las redes de alerta veterinaria, fitosanitaria y de alimentación animal, incluidas las actuaciones en frontera respecto de terceros países, y su integración en los sistemas de alerta comunitarios e internacionales.», debe decir: «d) Coordinar y gestionar el funcionamiento de las redes de alerta veterinaria, fitosanitaria así como la coordinación de la red de alerta de alimentación animal, incluidas las actuaciones en frontera respecto de terceros países, y su integración en los sistemas de alerta comunitarios e internacionales.».

En la página 14565, en el artículo 9.1.e) donde dice: «e) Desarrollar las competencias del departamento en materia de sanidad vegetal y animal, y de control oficial de la producción agraria, destinadas a garantizar la salud animal, la sanidad vegetal, forestal y el control de los piensos.», debe decir: «e) Desarrollar las competencias del departamento en materia de sanidad vegetal y animal, y de control oficial de la producción agraria, destinadas a garantizar la salud animal, la sanidad vegetal y forestal.».

En la página 14576, disposición adicional primera, apartado 1, donde dice: «1. Quedan suprimidos los siguientes organismos autónomos:», debe decir: «1. Quedan suprimidos, con efectos a partir del día de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, los siguientes organismos autónomos:».

En la página 14576, disposición adicional primera 2.a), donde dice: «a) Por la Dirección General de la Industria Alimentaria, que asumirá las funciones relativas a campañas de promoción de los productos de la pesca y de la acuicultura, conforme se expresa en el artículo 11, apartado 1, letra g) de este real decreto.», debe decir: «a) Por la Dirección General de la Industria Alimentaria, que asumirá las funciones relativas a campañas de promoción de los productos de la pesca y de la acuicultura, así como la participación en ferias y exposiciones nacionales e internacionales, conforme se expresa en el artículo 11, apartado 1, letras g) y h) de este real decreto.».

En la página 14576, disposición adicional primera.2.b), última línea, donde dice: «… conforme a la redacción dada en la disposición adicional segunda de este real decreto.», debe decir: «… conforme a la redacción dada en la disposición final tercera de este real decreto.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 09/03/2012
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 895/2017, de 6 de octubre (Ref. BOE-A-2017-11984).
  • Fecha de derogación: 21/10/2017
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero (Ref. BOE-A-2012-2397).
Materias
  • Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
  • Organización de la Administración del Estado
  • Secretaría de Estado de Medio Ambiente

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