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Documento BOE-A-2012-13835

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6193-2011, en relación con el artículo 2 de la Ley de Cantabria 2/2011, de 4 de abril, por la que se modifica la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y del Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, a la que se añade una nueva disposición adicional sexta, por posible vulneración de los artículos 149.1.6 y 149.1.18 CE en relación con los artículos 9.3, 24.1, 106.1, 117, 118 de la Constitución.

Publicado en:
«BOE» núm. 270, de 9 de noviembre de 2012, páginas 78337 a 78337 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2012-13835

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 30 de octubre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6193-2011 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Santander, en el procedimiento ordinario núm. 183-1999, en relación con el art. 2 de la Ley de Cantabria 2/2011, de 4 de abril, por la que se modifica la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y del Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, a la que se añade una nueva disposición adicional sexta, por posible vulneración de los arts. 149.1.6 y 149.1.18 CE en relación con los arts. 9.3, 24.1, 106.1, 117, 118 de la Constitución, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento ordinario núm. 183-1999, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de octubre de 2012.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 30/10/2012
  • Fecha de publicación: 09/11/2012
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA la EXTINCIÓN, por desaparición sobrevenida de su objeto, por Auto de 21 de mayo de 2013 (Ref. BOE-A-2013-5576).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 2/2011, de 4 de abril (Ref. BOE-A-2011-7635).
Materias
  • Cantabria
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Ordenación del territorio
  • Suelo
  • Urbanismo

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