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Documento BOE-A-1998-2033

Orden del 13 de enero de 1998 por la que se autoriza el precio público, susceptible de ser percibido por la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la adquisición del «Boletin Oficial de la Propiedad Industrial» en CD-ROM.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 1998, páginas 3156 a 3156 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1998-2033
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1998/01/13/(2)

TEXTO ORIGINAL

La Oficina Española de Patentes y Marcas edita en la actualidad el "Boletín Oficial de la Propiedad Industrial" en los soportes de papel, microficha y cinta magnética. La evolución de las tecnologías del sector aconseja la introducción de un nuevo soporte, el CD-ROM, que facilitaría a sus usuarios tanto el acceso a las informaciones publicadas como el almacenamiento de los ejemplares.

Por otro lado, es necesario tener en cuenta que la Oficina Española de Patentes y Marcas mantiene convenios de intercambio con numerosas Oficinas de Propiedad Industrial de otros países, así como otros organismos públicos españoles, por lo que es necesario que la Orden considere esta realidad. Es, asimismo, necesario prever que la distribución del producto puede ser realizado por empresas especializadas.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, dispongo:

Primero.-Se autoriza la siguiente tarifa que, en concepto de precio público, podrá percibir el organismo autónomo Oficina Española de Patentes y Marcas por la actividad que se indica a continuación:

Adquisición del "Boletín Oficial de la Propiedad Industrial" en CD-ROM.

Suscripción anual: 150.000 pesetas.

A dicho precio se le aplicará el IVA previsto en la legislación vigente.

Segundo.-En el caso de que la Oficina Española de Patentes y Marcas establezca convenios con otros organismos públicos, en virtud de los cuales se fijen mecanismos de cooperación y/o intercambio que afecten al producto, se estará a lo acordado en dichos convenios. En el caso de acuerdo externos se aplicarán los precios resultantes de los convenios y acuerdos correspondientes.

Tercero.-En el caso de que el producto sea distribuido por empresas o entidades especializadas, la Oficina Española de Patentes y Marcas aplicará un descuento del 30 por 100 sobre el precio fijado en la presente Orden.

Cuarto.-En el caso de que la Oficina Española de Patentes y Marcas tenga almacenados excedentes de ediciones atrasadas se podrán distribuir en forma gratuita para realizar acciones de difusión y promoción del producto.

Quinto.-Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 13 de enero de 1998.

PIQUÉ I CAMPS

Ilmo. Sr. Subsecretario de este Departamento.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 13/01/1998
  • Fecha de publicación: 29/01/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 30/01/1998
  • Fecha de derogación: 24/02/1999
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 26 de la Ley 8/1989, de 13 de abril (Ref. BOE-A-1989-8508).
Materias
  • Oficina Española de Patentes y Marcas
  • Precios
  • Publicaciones oficiales

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