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Documento BOE-A-1989-18112

Circular 2/1989, de 26 de julio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre normas contables aplicables a las Sociedades y Agencias de Valores.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 29 de julio de 1989, páginas 24353 a 24366 (14 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Referencia:
BOE-A-1989-18112
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/cir/1989/07/26/2

TEXTO ORIGINAL

LA ORDEN DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA DE 26 DE JULIO DE 1989 HABILITA A LA COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES PARA DICTAR LAS NORMAS CONTABLES Y LOS MODELOS DE BALANCE Y CUENTA DE RESULTADOS A QUE DEBERAN AJUSTARSE LAS SOCIEDADES Y AGENCIAS DE VALORES, ASI COMO LA FRECUENCIA Y EL DETALLE CON QUE LOS CORRESPONDIENTES DATOS DEBERAN SER SUMINISTRADOS A LA COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES O HACERSE PUBLICOS CON CARACTER GENERAL. MEDIANTE LA PRESENTE CIRCULAR QUE NO ASPIRA A UNA REGULACION EXHAUSTIVA DE ESTAS MATERIAS NI PRETENDE DURAR EN TODOS SUS ASPECTOS MAS DE LO QUE PERMITA EL CONTRASTE CON LA EXPERIENCIA DURANTE LA PRIMERA EPOCA DE FUNCIONAMIENTO DE LAS NUEVAS SOCIEDADES O AGENCIAS DE VALORES SE ABORDAN EN BASE A DICHA HABILITACION CUANTAS CUESTIONES ES PRECISO REGLAMENTAR PARA ASEGURAR UNA CONTABILIDAD HOMOGENEA Y AJUSTADA A LAS PECULIARIDADES DE TALES ENTIDADES Y UN ADECUADO GRADO DE SUPERVISION DE LAS MISMAS.

EN SU VIRTUD, EL CONSEJO DE LA COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES, EN SU REUNION DEL DIA 26 DE JULIO DE 1989, HA DISPUESTO:

ESTADO A.1

APLICACION DEL BENEFICIO DEL EJERCICIO

(MILLONES DE PESETAS)

21,6.11.0,5.0,5

SALDOS DISPONIBLES:

BENEFICIO NETO DEL EJERCICIO

REMANENTES DEL EJERCICIO ANTERIOR

SUMA

APLICACION:

RESERVAS

FONDOS ESPECIALES

DIVIDENDO

OTROS FINES

REMANTENTE

SUMA

MADRID, 26 DE JULIO DE 1989. EL PRESIDENTE DEL CONSEJO.

ANÁLISIS

  • Rango: Circular
  • Fecha de disposición: 26/07/1989
  • Fecha de publicación: 29/07/1989
  • Fecha de entrada en vigor: 30/07/1989
  • Fecha de derogación: 01/01/1991
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA por Circular 5/1990, de 28 de noviembre (Ref. BOE-A-1990-29496).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, estableciendo Coeficientes de Solvencia y Liquidez de Sociedades y Agencias de Valores: Circular 3/1989, de 2 de agosto (Ref. BOE-A-1989-18997).
Referencias anteriores
Materias
  • Agencias de valores
  • Comisión Nacional del Mercado de Valores
  • Contabilidad
  • Sociedades de Valores
  • Títulos valores

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