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Documento BOE-A-1989-15047

Orden de 13 de marzo de 1989 por la que se amplían para el año 1989 las actividades prioritarias definidas en el Real Decreto 1462/1986, de 13 de junio, por el que se fomenta la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de productos agrarios y pesqueros.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 29 de junio de 1989, páginas 20343 a 20343 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1989-15047
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1989/03/13/(2)

TEXTO ORIGINAL

EN EL REAL DECRETO 1462/1986, DE 13 DE JUNIO, PARA LA MEJORA DE LAS CONDICIONES DE TRANSFORMACION Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS AGRARIOS Y PESQUEROS, CONTIENE EN SU ARTICULO PRIMERO UNA RELACION DE ACTIVIDADES CONSIDERADAS PRIORITARIAS A LOS EFECTOS DE PERCEPCION DE LAS AYUDAS ESTABLECIDAS EN LA CITADA DISPOSICION Y FACULTA AL MINISTRO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION PARA AMPLIAR DICHA RELACION CON OTRAS ACTIVIDADES QUE TENGAN CARACTER DE PRIORITARIAS PARA SU EJERCICIO ECONOMICO CONCRETO.

APRECIADAS NECESIDADES ESPECIFICAS DE MEJORA EN LA TRANSFORMACION Y COMERCIALIZACION DE CIERTOS SECTORES PRODUCTORES Y DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL APARTADO DEL ARTICULO PRIMERO DEL REFERIDO REAL DECRETO, DISPONGO:

ARTICULO 1. AL AMPARO DEL APARTADO DEL ARTICULO PRIMERO DEL REAL DECRETO 1462/1986, DE 13 DE JUNIO, Y A LOS EFECTOS QUE DICHO TEXTO LEGAL ESTABLECE, TENDRAN EL CARACTER DE ACTIVIDADES PRIORITARIAS DURANTE EL AÑO 1989, ADEMAS DE LAS ENUNCIADAS EN EL CITADO REAL DECRETO, LAS ACTIVIDADES QUE SE CONTIENEN EN EL ANEXO A LA PRESENTE ORDEN.

ART. 2. LAS AYUDAS ESTABLECIDAS EN EL REAL DECRETO 1462/1986, DE 13 DE JUNIO, PODRAN SER APLICADAS A LAS ACTIVIDADES EXPRESADAS EN EL APARTADO ANTERIOR PARA AQUELLAS SOLICITUDES QUE SE HAYAN FORMALIZADO O FORMALICEN ENTRE EL 1 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 1989.

LO QUE COMUNICO A V. I.

MADRID, 13 DE MARZO DE 1989.

ROMERO HERRERA

ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIAS AGRARIAS Y ALIMENTARIAS.

ANEXO

UNO. ACEITE DE OLIVA VIRGEN.

ENVASADO Y DISTRIBUCION MAYORISTAS, SIEMPRE QUE SEA REALIZADO COMO UN PROCESO INTEGRADO CON LA PROPIA ELABORACION.

PROCESOS Y/O INSTALACIONES DESTINADOS A LA ELIMINACION DE RESIDUOS CONTAMINANTES.

DOS. GRANOS, SEMILLAS, LEGUMINOSAS Y FORRAJES.

SELECCION, SECADO, ENVASADO, MOLIENDA Y ALMACENAMIENTO.

TRES.

CEREALES.

PRODUCCION DE MALTA CON DESTINO A LA ELABORACION DE CERVEZA.

FABRICACION DE EXPANDIDOS Y COPOS.

CUATRO. ALGODON BRUTO.

ALMACENES DE RECEPCION, PREVIO INFORME FAVORABLE DE LAS COMISIONES CREADAS POR ACUERDO INTERPROFESIONAL.

SALAS DE PRESECADO Y LIMPIEZA.

CINCO.

SUBPRODUCTOS DE LA PODA, LIMPIEZA FORESTAL Y DE LOS ASERRADEROS.

TRANSFORMACIONES PARA EL EMPLEO EN ALIMENTACION ANIMAL O CON FINES ENERGETICOS.

SEIS. MADERA Y CORCHO.

ASERRIO DE MADERA.

PREPARACION DEL CORCHO EN PLANTA.

TRITURADO GRANULADO Y PULVERIZADO DEL CORCHO Y DE SUS DESPERDICIOS.

SIETE. PLANTAS AROMATICAS Y MEDICINALES.

DESTILACION.

DESECADO.

OCHO. CARNE.

PRECOCINADOS DE CARNE.

DESPIECE DE CANALES DE AVE Y DE CONEJOS.

PREPARACION DE TRIPAS.

ADAPTACION DE MATADEROS, SALAS DE DESPIECE E INDUSTRIAS CARNICAS A LA LEGISLACION DE INTERCAMBIOS INTRACOMUNITARIOS DE CARNES Y PRODUCTOS CARNICOS.

MERCADOS Y LONJAS DE GANADO EN ORIGEN.

NUEVE. PESCADO.

ELABORACION DE PRODUCTOS CONGELADOS Y PRECOCINADOS.

INSTALACION O AMPLIACION EN MERCADOS MAYORISTAS EN DESTINO A UNIDADES COMERCIALES VINCULADAS A UNA CLARA REPERCUSION FAVORABLE EN EL SECTOR PRODUCTOR. ELABORACION DE CONSERVAS Y DE SEMICONSERVAS DE PESCADO.

PREPARACION Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS DE ACUICULTURA Y DE PISCICULTURA.

ACONDICIONAMIENTO HIGIENICO-SANITARIO DE LAS INSTALACIONES.

APROVECHAMIENTO DE SUBPRODUCTOS EN INSTALACION NO AUTONOMA.

DIEZ. PIENSOS COMPUESTOS.

REESTRUCTURACION DEL SECTOR, SIN AUMENTO DE CAPACIDAD, EN TERRITORIOS INSULARES.

IMPLANTACION DE BIENES DE EQUIPO ESPECIFICAMENTE NECESARIOS PARA LA UTILIZACION DE NUEVAS MATERIAS PRIMAS Y SIN INCREMENTO DE LA CAPACIDAD TOTAL DE PRODUCCION DE LA FABRICA.

INTRODUCCION DE MEJORAS EN LA FABRICA QUE LA SITUEN EN UN NIVEL TECNOLOGICO SUPERIOR AL NIVEL MEDIO DEL SECTOR Y SIN AUMENTO DE SU CAPACIDAD TOTAL DE PRODUCCION.

INSTALACION DE NUEVA INDUSTRIA QUE SUSTITUYA A OTRA EN FUNCIONAMIENTO DE LA MISMA EMPRESA Y SIN AUMENTO DE CAPACIDAD.

ONCE. LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS.

INSTALACION DE LABORATORIOS PARA EL CONTROL DE LA CALIDAD DEL PRODUCTO TERMINADO.

INSTALACION DE CENTROS DE PASTERIZACION DE LECHE. MODERNIZACION DE INSTALACIONES PARA LA OBTENCION DE LECHES ESTERILIZADA Y U.H.T., SIN INCREMENTO DE CAPACIDAD DE UTILIZACION DE LECHE.

PRODUCCION DE LECHES ACIDIFICADAS Y AROMATIZADAS.

FRACCIONAMIENTO (ESPESAMIENTO) DE LACTOSUEROS PARA SU UTILIZACION EN LA ALIMENTACION ANIMAL.

DOCE. TURRONES Y MAZAPANES.

MEJORA DE LA PRODUCTIVIDAD Y CALIDAD EN LOS PROCESOS INDUSTRIALES DE ELABORACION DE TURRONES Y MAZAPANES.

TRECE. VINOS.

ENVASADO Y COMERCIALIZACION DE VINOS, SIEMPRE QUE SEA REALIZADO CON UN PROCESO INTEGRADO CON LA PROPIA ELABORACION.

CATORCE. OTROS.

MEZCLAS DE PRODUCTOS, VEGETALES O ANIMALES, SECOS O DESHIDRATADOS, TROCEADOS, MOLIDOS O GRANULADOS, CON DESTINO A ALIMENTACION HUMANA.

PASTELERIA INDUSTRIAL.

FABRICACION DE BOMBONES Y CHOCOLATES.

FABRICACION DE CARAMELOS.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 13/03/1989
  • Fecha de publicación: 29/06/1989
  • Aplicable las ayudas a las Solicitudes que se Formalicen desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 1989.
  • Fecha de derogación: 05/11/2017
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre (Ref. BOE-A-2017-12663).
Referencias anteriores
  • AMPLÍA la relación establecida en el art. 1 del Real Decreto 1462/1986, de 13 de junio (Ref. BOE-A-1986-19094).
Materias
  • Aceites vegetales
  • Algodón
  • Alimentos para animales
  • Aves
  • Carnes
  • Cereales
  • Chacinería
  • Chocolate
  • Conejos
  • Confitería y pastelería
  • Conservas
  • Corcho
  • Cultivos marinos
  • Leche
  • Leguminosas
  • Madera
  • Mataderos
  • Pescado
  • Piensos
  • Piscicultura
  • Plantas
  • Plantas medicinales
  • Productos lácteos
  • Semillas
  • Vinos

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