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Documento BOE-A-1989-1101

Corrección de errores de la Resolución de 30 de noviembre de 1988, de la Dirección General de Recaudación, por la que se dictan normas para la recaudación ejecutiva de los derechos de Organismos autónomos de la Administración del Estado que deban nutrir su propio presupuesto de ingresos.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 17 de enero de 1989, páginas 1222 a 1222 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1989-1101
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1988/11/30/(1)/corrigendum/19890117

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la mencionada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 296, de fecha 10 de diciembre de 1988, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la norma tercera, punto 1, segundo párrafo, donde dice: «...confeccionarán una relación certificada de deudas en descubierto y un resumen...», debe decir: «...confeccionarán una «relación certificada de deudas en descubierto» y un resumen...».

En la norma tercera, punto 2, primer párrafo, donde dice: «Los títulos ejecutivos o relaciones certificadas de deudas en descubierto se remitirán...», debe decir «Los títulos ejecutivos o «relaciones certificadas de deudas en descubierto» se remitirán...».

En la norma cuarta, apartado a), donde dice: «a) Resumen del cargo provisional en el que se especificará:», debe decir «a) «Resumen del cargo provisional» en el que se especificará:».

En el mismo apartado anterior, párrafo tercero, donde dice: «...corresponda a la relación certificada de deudas en descubierto», debe decir: «...corresponda a la «relación certificada de deudas en descubierto.»».

En la norma cuarta, apartado b), donde dice: «b) Relación certificada de deudas en descubierto: Se enviará...», debe decir, «b) «Relación certificada de deudas en descubierto»: Se enviará...».

En la base cuarta, apartado «Identificación del deudor», donde dice: «Código del municipio del domicilio conocido del deudor, según la tabla del Instituto Nacional de Estadística» debe decir: «Código del municipio del domicilio conocido del deudor.»

En la base quinta, último párrafo, donde dice: «...en los títulos devueltos, y podrán remitirlos nuevamente...» debe decir: «...en los títulos devueltos, y podrá remitidos nuevamente....».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 17/01/1989
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Resolución de 16 de febrero de 2021 (Ref. BOE-A-2021-2899).
  • Fecha de derogación: 25/02/2021
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 30 de noviembre de 1988 (Ref. BOE-A-1988-28188).
Materias
  • Administraciones de Hacienda
  • Delegaciones de Hacienda
  • Hacienda Pública
  • Organismos autónomos
  • Recaudación

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