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Documento BOE-A-1979-21198

Real Decreto 2055/1979, de 3 de agosto, por el que se crea el Centro de Promoción de las Artes Plásticas e Investigación de nuevas formas expresivas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 30 de agosto de 1979, páginas 20347 a 20347 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1979-21198
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1979/08/03/2055

TEXTO ORIGINAL

Una de las innovaciones de mayor interés introducidas por el Real Decreto dos mil doscientos cincuenta y ocho/mil novecientos setenta y siete, de veintisiete de agosto, que estableció la estructura orgánica y funciones del Ministerio de Cultura, fue la creación del Centro de Investigación de Nuevas Formas Expresivas, dependiente de la Dirección General de Difusión Cultural y que posteriormente, por Real Decreto ciento treinta y dos/mil novecientos setenta y ocho, de trece de enero, quedaría adscrito a la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.

El Centro quedó, sin embargo, a la espera de una estructuración más detallada que le proporcionase contenido formal y una clara delimitación de fines.

La posterior reestructuración del Ministerio de Cultura, llevada a cabo por los Reales Decretos novecientos treinta y cuatro/mil novecientos setenta y nueve, de veintisiete de abril, y mil doscientos noventa y ocho/mil novecientos setenta y nueve, de primero de junio, con la supresión de la Dirección General de Difusión Cultural y la creación consiguiente del Servicio de Promoción de las Artes Plásticas de la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos, recomienda unificar cuantas gestiones se dirigen a la promoción de estas actividades, tanto en lo que significan apoyo a la obra en marcha como a tanteos y ensayos de carácter experimental. Inspirado en estas consideraciones, el presente Real Decreto integra estas actividades, anteriormente dispersas, en un nuevo Centro de Promoción de las Artes Plásticas e Investigación de nuevas formas expresivas que incorpora el fruto de las experiencias del anterior Centro.

En su virtud, con la aprobación de la Presidencia del Gobierno, a propuesta del Ministro de Cultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día tres de agosto de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se crea el Centro de Promoción de las Artes Plásticas e Investigación de nuevas formas expresivas dependiente de la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.

Artículo 2.

El Director del Centro tendrá categoría de Subdirector general.

Artículo 3.

El Servicio de Promoción de las Artes Plásticas, creado por Real Decreto mil doscientos noventa y ocho/mil novecientos setenta y nueve, de primero de junio, estructurado por Orden de cinco de junio de mil novecientos setenta y nueve, quedará encuadrado en el citado Centro.

Artículo 4.

Serán funciones específicas del Centro de Promoción de las Artes Plásticas e Investigación de nuevas formas expresivas las siguientes:

– La promoción de las artes plásticas en todos sus aspectos, especialmente mediante la concesión de becas y ayudas, bien de tipo individual como colectivo.

– La difusión de las artes plásticas promoviendo la celebración de exposiciones, congresos, simposios, bienales, ferias o cualesquiera otras manifestaciones culturales de similar naturaleza.

– El fomento de proyectos, estudios, planes e investigaciones de formas expresivas, bien realizando directamente los mismos o a través de la concesión de ayudas económicas con este fin.

– Coadyuvar a la defensa y protección de los intereses de los artistas plásticos.

Disposición derogatoria.

Queda derogado el artículo tercero del Real Decreto ciento treinta y dos/mil novecientos setenta y ocho, de trece de enero, suprimiéndose en consecuencia el Centro de Investigación de Nuevas Formas Expresivas adscrito a la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.

Dado en Palma de Mallorca a tres de agosto de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Cultura,

MANUEL CLAVERO AREVALO

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 03/08/1979
  • Fecha de publicación: 30/08/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 19/09/1979
  • Fecha de derogación: 02/08/1980
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 1601/1980, de 18 de julio (Ref. BOE-A-1980-16523).
Referencias anteriores
Materias
  • Dirección General del Patrimonio Artístico Archivos y Museos
  • Ministerio de Cultura

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