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Documento BOE-A-1979-20610

Orden de 21 de agosto de 1979 sobre el coeficiente de inversión de la Banca privada.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 23 de agosto de 1979, páginas 19763 a 19763 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-1979-20610
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/08/21/(1)

TEXTO ORIGINAL

Sin perjuicio de que continúe reduciéndose paulatinamente la importancia de las operaciones especiales de financiación hasta llegar a los límites establecidos en la Orden de este Departamento de 23 de julio de 1977, resulta aconsejable, en las actuales circunstancias, atemperar dicha reducción para contribuir a una suficiente financiación de las inversiones, en el marco del programa económico aprobado por el Gobierno.

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.

El número quinto de la Orden ministerial de 23 de julio de 1977, sobre liberalización de los tipos de interés y coeficientes de inversión del sistema financiero, quedará redactado así:

«Quinto.–El coeficiente de inversión que los Bancos comerciales y mixtos están obligados a mantener con carácter de mínimo, a que se refiere el número primero de la Orden de 10 de marzo de 1976, se reducirá en 0,10 puntos cada dos meses, a partir de 1 de marzo de 1980, hasta quedar situado en el 21 por 100.»

Segundo.

Durante el período de seis meses, comprendido entre el 1 de septiembre de 1979 y el 29 de febrero de 1980, qudarán en suspenso las reducciones de dicho coeficiente de inversión, por lo que el mismo se mantendrá en el 22,50 por 100, como mínimo.

Tercero.

Se eleva en un punto los tipos de interés establecidos en los apartados 3.2.2 y 3.2.3, relativos a las restantes operaciones computables en el coeficiente de inversión de la Banca, comprendidas en el número primero de la Orden de 23 de julio de 1977 de este Ministerio de Economía.

Esta elevación solamente se aplicará a las operaciones que se formalicen a partir del 1 de septiembre de 1979, por lo que en ningún caso afectarán a las operaciones formalizadas con anterioridad a dicha fecha.

Cuarto.

Se autoriza al Banco de España para establecer las normas complementarias para resolver las dudas que suscite la aplicación de esta Orden.

Quinto.

Queda derogada la Orden de este Ministerio de 24 de octubre de 1977, sobre coeficiente de invrsión de la Banca privada.

Sexto.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de agosto de 1979.

LEAL MALDONADO

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 21/08/1979
  • Fecha de publicación: 23/08/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 23/08/1979
  • Fecha de derogación: 19/01/1981
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Banca
  • Créditos
  • Inversiones

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