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Documento BOE-A-1978-16982

Corrección de errores de la Orden de 28 de abril de 1978 por la que se aprueba el Estatuto de Personal del Instituto Nacional de Previsión.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 1 de julio de 1978, páginas 15678 a 15678 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1978-16982

TEXTO ORIGINAL

Advertida la presencia de varios errores en el texto de la Orden de 28 de abril de 1978 por la que se aprueba el Estatuto de Personal del Instituto Nacional de Previsión, e inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 129, de fecha 31 de mayo de 1978, a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:

Artículo 1, donde dice: «... la prestación de servicios existentes...», debe decir: «... la prestación de servicios existente...».

Artículo 3, apartado VII, 12 y 13, donde dice: «12. Proponer a la Mutualidad de la Previsión, por conducto de la Delegación General, las posibles modificaciones de su Reglamento.

Para el mejor cumplimiento de sus funciones, podrá recabar de las citadas Comisiones la información que considere precisa.

13. Conocer las actas de las Comisiones Asesoras de Personal», debe decir: «12. Proponer a la Mutualidad de la Previsión, por conducto de la Delegación General, las posibles modificaciones de su Reglamento.

13. Conocer las actas de las Comisiones Asesoras de Personal. Para mejor cumplimiento de sus funciones, podrá recabar de las citadas Comisiones la información que considere precisa.».

Artículo 4, donde dice: «Dos representantes del Cuerpo Técnico, Escalas a extinguir.», debe decir: «Dos representantes del Cuerpo Técnico, Escala a extinguir.».

Artículo 8. I.ª, donde dice: «... en cualquiera Centros...», debe decir: «... en cualesquiera Centros...».

Articulo 10. El segundo párrafo de este articulo debe ser trasladado al final del mismo, pasando a ser, por tanto, el tercero y último.

Artículo 11, 2, donde dice: «...dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que se haya dado general publicidad de la convocatoria.», debe decir: «... dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que se haya dado general publicidad de la convocatoria mediante su fijación en los tablones de anuncios de dichas dependencias ».

Articulo 11, 6, donde dice: «... Junta de Personal, proclamará...», debe decir: «... Junta de Personal y Vocales representantes del personal en el Consejo de Administración, proclamará...».

Artículo 16, 1, c), donde dice: «... se proveerá con funcionarios...», debe decir: «... se proveerán con funcionarios...».

Capítulo III, donde dice: «Capítulo III, Sección 1 «—Selección», debe decir: «Capítulo III, Selección, adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Sección l.«—Selección».

Artículo 18, II, 2, b), donde dice: «Escala de Operadores de Ordenador:...», debe decir: «Escala de Operadores de Ordenadores:...».

Artículo 29, b), donde dice: «... cuyo ingreso se exigirá..., debe decir: «... cuyo ingreso se exija...».

Artículo 30, A), donde dice: «...de las Asesorías Jurídicas y Matemáticas...», debe decir: «... de las Asesorías Jurídica y Matemática...».

Artículo 30, B), g), donde dice: «... Inspección de Servicios...», debe decir: «... Inspectores do Servicios...».

Artículo 31, 1, i), donde dice: «Jefes y Subjefes de Unidad Social,...», debe decir: «Jefes y Subjefes de Unidad de Servicio Social...».

Artículo 34, 1, donde dice: «... cargo intermedio pasará a percibir los complementos...», debe decir: «... cargo intermedio pasarán a percibir los complementos...».

Artículo 43, 5, donde dice: «... no percibirán remuneración...», debe decir: «... no percibirá remuneración...».

Artículo 43, 6, donde dice: «... de oposición libre en otros...», debe decir: «... de oposición en otros...».

Artículo 46, 2, donde dice: «... cobrarán de las Fuerzas Armadas», debe decir: «... cobraren de las Fuerzas Armadas ».

Artículo 49, donde dice: «... excedencias voluntarias,...», debe decir: «... excedencias voluntaria,...».

Artículo 62, 6, donde dice: «... y no podrá...», debe decir: «... y podrá...».

Artículo 64, 2, donde dice: «... del haber base percibido...», debe decir: «... del sueldo inicial percibido...».

Artículo 64, 4, donde dice: «... el estado aplicable...», debe decir: «... el Estatuto aplicable...».

Artículo 66, 2, donde dice: «... gratificaciones extraordinarias.», debe decir: «... pagas extraordinarias.».

Artículo 76, donde dice: «... Ayudantes Técnicos Sanitarios y Visitadores...», debe decir: «... Ayudantes Técnicos Sanitarios Visitador...», y donde dice: «... ejercicio de la respectiva profesión.», debe decir: «... ejercicio libre de la respectiva profesión ».

Artículo 79, 4, j), donde dice: «... la relación de actos contrarios...», debe decir: «... la realización de actos contrarios...».

Artículo 83, 1, donde dice: «... gave y muy grave...», debe decir: «...grave y muy grave...».

Artículo 96, donde dice: «... derecho de examen...», debe decir: «... derechos de examen...».

Articulo 98, 2, b), dónele dice: «...de su padre a partes iguales », debe decir: «... de su padre o madre a partes iguales.».

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Octava, 2, donde dice: «... comprenderá cada una de ellas la mitad del total de los funcionarios...», debe decir: «... comprenderá cada una de ellas la parte que corresponda del total de los funcionarios...».

Décima, 1, donde dice: «Un tercio de las vacantes se cubrirá por funcionarios...», debe decir: «Un tercio de las vacantes se cubrirá por oposición restringida entre funcionarios...».

Decimotercera, donde dice: «... en las Escalas de Programadores...», debe decir: «... en la Escala de Programadores...».

Decimotercera, 1, donde dice: «... entre funcionarios que acrediten...», debe decir: «... entre funcionarios de la Escala de Operadores de Ordenadores del Cuerpo de Informática y del Cuerpo Administrativo que acrediten...».

Decimocuarta, 1, b), donde dice: «...el título de Bachiller Elemental o Equivalente...», debe decir; «... el título de Bachiller Elemental o equivalente...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 01/07/1978
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden de 28 de abril de 1978 (Ref. BOE-A-1978-13946).
Materias
  • Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
  • Instituto Nacional de Previsión
  • Seguridad Social

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