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Documento BOE-B-2020-4844

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2020, páginas 6315 a 6315 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-4844

TEXTO

Mª José Hompanera González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 174/2020 Sección: C

NIG: 0801947120208001406

Fecha del auto de declaración. 24 de enero de 2020.

Clase de concurso. Voluntario.

Entidad concursada. Manuel Ronda Baena, con DNI 37.794.456-M.

Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal a Anna Rossell Garau. con DNI 43044154E y domicilio profesional en calle Bisbe Sivilla nº 50-52, 3º 3ª de Barcelona 08022, teléfono 669.463.906 y correo electrónico anarossell@icab.cat

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C)- Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Se tiene por presentado Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular observaciones.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 75 LC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 95 LC.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https//www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 29 de enero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Mª José Hompanera González.

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