Está Vd. en

Documento BOE-B-2020-4564

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 3 de febrero de 2020, páginas 5995 a 5995 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-4564

TEXTO

Doña Ana Isabel de Marino Gómez de Sandoval, Letrado de la administración de Justicia de Juzgado de Primera instancia número 1 de Valladolid, por el presente, hago saber:

1.° Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 0000798/2019 y NIG número 47186 42 1 2019 0012640, se ha dictado en fecha 25-09-2019 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Francisco Javier Martín Seisdedos, con DNI número 34982270Y, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Padre Benito Menni, número 6, piso 3 puerta E, de Valladolid.

2.° Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del deudor que ejercerá la administración concursal.

3.° Se ha designado, como administrador concursal al letrado don Juan Francisco Llanos Acuña, con DNI 12237116N con domicilio postal en calle Correos número 9, 1°, Valladolid y dirección electrónica: franciscollanos@arcoiure.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

4.° Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

5.° Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal.

6.° Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC)

Valladolid, 3 de octubre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Ana Isabel de Marino Gómez de Sandoval.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid