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Documento BOE-B-2020-32609

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 1 de octubre de 2020, páginas 43532 a 43532 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-32609

TEXTO

Don Xavier García Bonet, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto: Concurso consecutivo: 1433/2020. Sección: 4.

NIG: 0801947120208015501.

Fecha del auto de declaración: 15 de septiembre de 2020.

Clase de concurso: Consecutivo (sin masa).

Entidad concursada: Don Juan Romacho Pérez, con 39355983Q.

Administradores concursales: Se ha designado como administrador concursal: Doña Ana María Rossell Garau.

Dirección postal: Calle Bisbe Sivilla, 50-52, 3.º 3.ª, 08022- Barcelona.

Dirección electrónica: anarossell@icab.cat

Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación: Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Se tiene por presentado las alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones.

Se tiene por presentado el Informe del art. 292 LC por lo que las impugnaciones al mismo deberan presentarse dentro del plazo previsto para la comunicación de créditos.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https//www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 22 de septiembre de 2020.- El Letrado de la Admnistración de Justicia, Xavier García Bonet.

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