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Documento BOE-B-2020-28859

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 9 de septiembre de 2020, páginas 38774 a 38774 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-28859

TEXTO

Don José Vela Pérez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 3, de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto: Concurso consecutivo 2921/2019. Sección: C4.

NIG: 0801947120198026688.

Fecha del auto de declaración: 22/6/2020.

Clase de concurso: Voluntario.

Entidad Concursada: Doña Natividad Puig Arrebola, con DNI núm. 43412416P, y dirección en Sant Andreu de Llavaneras, 08392 Barcelona, calle Iglesia Antigua, 2, 1.º, 1.ª.

Administradores concursales: Se ha designado como administrador concursal: Doña Ana María Rossell Garau, abogada. Dirección postal: calle Bisbe Sivilla 50-52, 3.º, 3.ª, 08022 - Barcelona. Dirección electrónica: anarossell@icab.cat

Régimen de las facultades del concurso: Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

Dentro del plazo de comunicación de los créditos, los acreedores también podrán alegar lo que a su derecho convenga respecto a la petición de la renuncia a la continuación del concurso por la deudora; transcurrido el plazo, quedarán los autos para resolver sobre la renuncia o, en caso de oposición, previa tramitación del correspondiente incidente.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 12, Barcelona.

Forma de personación: Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 23 de junio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Vela Pérez.

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