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Documento BOE-B-2020-21253

Extracto de la Resolución de tres de julio de 2020, de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Cádiz, por la que se anuncia convocatoria pública de subvenciones para la contratación de trabajadores desempleados preferentemente eventuales agrarios, para la ejecución de proyectos de interés general y social, de garantía de rentas o generadores de empleo estable, con cargo a los fondos del programa de fomento de empleo agrario del ejercicio 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 9 de julio de 2020, páginas 28462 a 28463 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-B-2020-21253

TEXTO

BDNS(Identif.):514106

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios.

Corporaciones Locales o entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local que gocen de capacidad técnica de gestión suficiente para la ejecución de los correspondientes proyectos.

Segundo. Objeto.

El objeto de la convocatoria es subvencionar, conforme a la distribución de fondos por municipios, los costes salariales y las cotizaciones empresariales de los trabajadores desempleados, preferentemente eventuales agrarios, contratados por las Corporaciones Locales, para la ejecución de proyectos de interés general y social de garantía de rentas y generadores de empleo estable que cumplan los requisitos generales establecidos en el art 4 del Real Decreto 939/1997. Los proyectos de garantía de rentas, cuya finalidad sea garantizar un complemento de renta a través de la distribución del empleo disponible deberán cumplir, además, los requisitos específicos establecidos en el art.6 del Real Decreto 939/1997.Los proyectos generadores de empleo estable, a través de la distribución del empleo disponible, tendrán por objeto, además, propiciar la inserción laboral de los trabajadores en actividades emergentes del sector agrario tales como actuaciones agroforestales, actuaciones sobre el medio ambiente, u otras actividades desarrolladas sobre la base de los recursos endógenos del territorio. Deberán cumplir, además el requisito especifico establecido en el art. 7 del Real Decreto 939/1997.

Tercero: Bases reguladoras.

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE del 18 de noviembre).

- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (BOE del 25 de julio).

- Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, por el que se regula la afectación al programa de fomento de empleo agrario, de créditos para inversiones de las administraciones públicas en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en zonas rurales deprimidas (BOE del 24 de junio).

- Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación profesional ocupacional (BOE de 7 de abril).

- Orden de 26 de octubre de 1998, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito de colaboración con las Corporaciones Locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social. (BOE del 21 de noviembre).

- Orden de TAS/816/2005, de 21 de marzo, por la que se adecuan al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones las normas reguladoras de subvenciones que se concedan por el Servicio Público de Empleo estatal en los ámbitos del Empleo y Formación Profesional Ocupacional (BOE del 1 de abril).

- Resolución de 30 de marzo de 1999, del Instituto Nacional de Empleo, por la que desarrolla la Orden de 26 de octubre de 1998 (BOE de 13 de abril).

- Resolución de 12 de abril de 2004, del Servicio Público de Empleo Estatal, sobre el procedimiento de reintegro de subvenciones concedidas por el Organismo y las actuaciones administrativas derivadas de la recaudación en periodo voluntario de los ingresos de derecho público de naturaleza no tributaria derivados de los reintegros (BOE de 13 de mayo).

Cuarto. Cuantía: 17.474.104,36 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Sexto. Otros datos: La tramitación electrónica será obligatoria de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las solicitudes, en el modelo normalizado que figura en la convocatoria como Anexo I y acompañadas de la documentación que se relaciona en el Anexo III, se dirigirán a la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Cádiz, y se presentarán en formato electrónico en el Registro Electrónico de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es), accesible de la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (https://sede.sepe.gob.es), o a través del sistema integrado de Registro GEISER u ORVE.

Cádiz, 3 de julio de 2020.- Directora Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal, María de los Ángeles Álvarez Fidalgo.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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