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Documento BOE-B-2019-5583

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2019, páginas 7052 a 7052 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-5583

TEXTO

Don Xavier García Bonet, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al Auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de Asunto. Concurso consecutivo 1548/2018. Sección: B.

NIG: 0801947120188014306.

Fecha del Auto de declaración. 12 de noviembre de 2018.

Clase de Concurso: CONSECUTIVO.

Entidad Concursada. Rafael Contreras Fenoy, con NIF 39141194R y con domicilio en la calle Alexander Bell, n.º 24-1.º, puerta 1.ª (08224 Barcelona).

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal:

Administración Concursal: Economista, ALBERT DE BUEN FARRES, con DNI n.º 35043757Z con domicilio profesional en c/Balmes, 90, pral. 1.º Barcelona (08008) y correo electrónico adebuenf@hotmail.com y teléfono n.º 629.30.23.25.

Régimen de facultades del concursado. SUSPENDIDAS.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC) en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina Judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, (Edificio C) – Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Solicitada la conclusión por insuficiencia de masa activa e informado favorablemente sobre la concurrencia de los requisitos establecidos legalmente para la exoneración del pasivo insatisfecho, dese traslado a los acreedores por CINCO DÍAS a contar al de la publicación en el "BOE" para que manifiesten lo que a su derecho convenga.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.com.

Barcelona, 1 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

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