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Documento BOE-B-2019-48751

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 15 de noviembre de 2019, páginas 62725 a 62725 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-48751

TEXTO

Xavier García Bonet, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaració de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 2556/2019 Sección: C

NIG 0801947120198026995

Fecha del auto de declaración 7 de noviembre de 2019.

Clase de concurso. Voluntario.

Entidad concursada. Maria Pilar Turch Cedo, con DNI 39882388C.

Administrador concursal. Se ha designado como Administrador concursal a FERMI ARIAS MARTÍNEZ, con DNI 38501151-W y domicilio profesional en calle Hercegovina nº33, bajos de Barcelona 08006. Teléfono 931 878 585 y fax nº 932 090 801 y correo electrónico info@admicoconcursal.com

Régimen de las facultades del concursado. SUSPENDIDAS.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina Judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Se tiene por presentado Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de sección 5ª.

Se tiene por presntado por parte del mediador concursal el Informe del art. 75 LC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 95 LC. En tal sentido, la Administración concursal comunicará telemáticamente el informe a los acreedores de cuya dirección electrónica se tenga conocimiento.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 11 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

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