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Documento BOE-B-2019-4483

CASTELLÓN DE LA PLANA

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2019, páginas 5609 a 5609 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-4483

TEXTO

Edicto.

D. Jorge González Rodríguez, Letrado Titular de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón,

Por el presente hago saber: Diligencia de Ordenación del Letrado Titular de la Administración de Justicia D. Jorge González Rodríguez.

En Castellón de la Plana/Castellón, a veintiuno de enero de dos mil diecinueve.

1.º Publicado, erróneamente, edicto en el Boletín Oficial del Estado el día 31 de diciembre de 2018, n.º 315, página 78370 de extracto de declaración de concurso, y siendo que dicho extracto de la declaración de concurso ya fue publicado en el Boletín Oficial del Estado número 91, de fecha 15 de abril de 2014, se deja sin efecto la publicación efectuada en el diario del día 31 de diciembre de 2018.

2.º En su lugar, se pone en conocimiento que por Auto de fecha 5 de diciembre de 2018, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado (CON), n.º 000573/13, NIG 12040-66-2-2013-0000639, relativo a la mercantil Gres Cid, S.L, se ha autorizado la renuncia de D. José Luis Ballester Barrera, como Administrador concursal y el nombramiento como nuevo Administrador concursal de Gres Cid, S.L., con las consiguientes facultades a D. Juan Bautista Sapena Bolufer, con domicilio en la avenida Reino de Valencia, n.º 51, piso 6.º, puerta 11, de Valencia, CP 46005, y correo electrónico: juan.sapena@coev.com

3.º De la presente diligencia se da cuenta al Juez.

Se hace saber que contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Reposición ante el Letrado de la Administración de Justicia que la dictó, por escrito y en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida. Si no se cumplen los requisitos indicados, no se admitirá a trámite el recurso. Se hace constar que para recurrir la presente resolución no es necesario consignación de depósito.

Asímismo se le hace saber que en caso de que la presente resolución contenga datos de carácter personal de la contraparte o de terceros su tratamiento, utilización, o uso desautorizado puede suponer una infracción de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Castellón, 21 de enero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, D. Jorge González Rodríguez.

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