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Documento BOE-B-2019-35322

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 19 de agosto de 2019, páginas 45314 a 45314 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-35322

TEXTO

Edicto

D. Xavier García Bonet, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1251/2019 Sección: B.

NIG: 0801947120198012484

Fecha del auto de declaración. 10/7/19.

Clase de concurso. Voluntario.

Entidad concursada. Francisco Javier Langa García, con DNI 36512521K.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal:

FERRÁN GISPERT ROMÁN con DNI 78035856-F con despacho sito en la calle Balmes, 76, 2-2.ª de Barcelona 08007 y email: ferrangispert@icab.cat y teléfono 93.323.10.70

Régimen de las facultades del concursado. suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Se tiene por presentado Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de diez días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5.ª

Se tiene por presentado por parte del mediados concursal el Informe del art. 75 LC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 95 LC: En tal sentido, la administración concursal comunicará telemáticamente el informe a los acreedores de cuya dirección electrónica tenga conocimiento.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 31 de julio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

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