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Documento BOE-B-2019-29739

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2019, páginas 37227 a 37227 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-29739

TEXTO

María José Hompanera González, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 10 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 803/2019 Sección: D.

NIG: 0801947120198008559.

Fecha del auto de declaración. 19 de junio de 2019.

Clase de concurso. Voluntario.

Persona concursada. Ana María González Escrich provista del D.N.I. 37333440R y con domicilio en calle Cadernera número 26, de Mediona, Urbanización Font del Bosch, 08773 Barcelona.

Administradores concursales. Se nombra a Carlos Conesa Navarro, con DNI 46554877W con domicilio en calle Diputación 106,1º,1ª, de Barcelona, teléfono 934536143 y dirección electrónica;carlosconesa@icab.cat

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (artículo 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Habiéndose acompañado el plan de liquidación con la solicitud del concurso, se da traslado por plazo de diez días a los acreedores personados, a fin de que puedan formular alegaciones al mismo. En el mismo plazo los acreedores podrán manifestarse,en su caso, sobre la concurrencia para la apertura de la Sección Sexta.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 20 de junio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María José Hompanera González.

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