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Documento BOE-B-2019-18772

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 2019, páginas 23281 a 23281 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-18772

TEXTO

EDICTO

D. José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil Número 1 de Pontevedra, por el presente, Hago Saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000110 /2019-C- y NIG n.º 36038 47 1 2018 0000427 se ha dictado en fecha 15 de Abril del 2019 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor CRECE LABORA, S.L., con C.I.F. B 94085164 y domicilio social en Lugar de Cruceiro n.º 13, Salcedo, Pontevedra. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, al Tomo y Libro 3887, Folio 20, Sección 8.ª, Hoja po-55140.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal. Se ha designado, como Administración Concursal a la abogado Noelia Casais Sesto, con despacho profesional en calle General Gutierrez Mellado, n.º 17, 1.º E, 36001 de Pontevedra, con teléfono 986 69 11 85. Dirección de correo electrónico: crecelaboraconcurso@gmail.com, para que los acreedores, a su elección, efectuen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Se ha acordado la apertura de la fase de liquidación del concurso por petición de la concursada, con disolución de la entidad concursada CRECE LABORA, S.L, así como el cese de los administradores miembros del consejo rector, que serán sustituidos por la Administración Concursal, así como de los interventores. Se han declarado vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

5º.-Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.

Pontevedra, 23 de abril de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martín.

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