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Documento BOE-B-2019-1606

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 2019, páginas 2126 a 2126 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-1606

TEXTO

EDICTO

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número Uno de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Primero.- Que en Sección Primera Declaración Concurso 391/2018 seguido en este Órgano judicial se ha dictado en fecha 24 de septiembre de 2018 auto de declaración de concurso de la entidad Mármoles Padrón, S.A., CIF.: A-15113558, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Lugar de Marono, s/n, Parroquia de Herbón, Padrón, 15.915 A Coruña.

Segundo.- Se ha acordado determinar que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursal.

Tercero.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

Cuarto.- La identidad de la Administración Concursal es la siguiente: Doña Cristina Esparis Ferreiro, que se identifica con el DNI 44.814.339-A, abogado con domicilio profesional en Plaza Roxa, número 7, Primero C, Santiago de Compostela, teléfono 981591828-699727099, Fax 981591828; correo electrónico: c.esparis@icasantiago.org

Quinto.- Que los acreedores e interesado que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador/a y abogado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

A Coruña, 14 de enero de 2019.- El Letrado de la Adminsitración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

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