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Documento BOE-B-2018-24370

RIPOLL

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 28 de abril de 2018, páginas 31556 a 31556 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2018-24370

TEXTO

Edicto.

Doña Sara Fernández Campos, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado Primera Instancia 1 Ripoll, hago saber:

Número de asunto: Concurso consecutivo 323/2017 Sección. ci.

NIG: 17147-42-1-2018-8072947.

Fecha del auto de declaración de concurso. 22 de marzo de 2018.

Clase de Concurso. Voluntario y Abreviado.

Entidad concursada. ALFONSO GONZALEZ BARCELÓ, con DNI 43625223L y domicilio en la calle Isaac Albéniz, 6 de Camprodon.

Administradores Concursales. JUDIT FAJULA PAYET de profesión Economista Forense, con dirección postal sita en calle Carles Esteve de Rich, 2 de Jafre (Girona) y dirección electrónica: asesoría@grn.es

Régimen de las facultades del concursado. el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (L.C.), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en ctra. de Barcelona, 35 de Ripoll.

Forma de personación. para comparecer en el procedimiento, interponer recursos, plantear incidentes o impugnar actos de administración, los acreedores y los demás legitimados actuarán representados por Procurador y asistidos de Letrado. Sin necesidad de comparecer en forma, podrán, en su caso, comunicar créditos y formular alegaciones, así como asistir e intervenir en la junta (art.184.3 L.C.). La personación se debe realizar en esta Oficina Judicial.

Ripoll, 24 de abril de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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