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Documento BOE-B-2017-27485

SOLSONA

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 6 de mayo de 2017, páginas 32815 a 32815 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2017-27485

TEXTO

EDICTO

Vicente Gómez Leal, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia de Solsona 1, dicto de conformidad con los artículos 21 y 23 de la Ley 22/2013 de 9 de julio, Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado

Juzgado: de Primera Instancia de Solsona.

Número de asunto: concurso abreviado 238/16, sección F.

NIG: 25207-42-1-2016-8133396.

Fecha del auto de declaración: 29 de julio de 2016 y auto de aclaración y subsanación posterior de fecha 21 de noviembre de 2016.

Clase de concurso: Voluntario.

Entidad concursada: Antonio Cuspinera Ruiz, con DNI 35.086.047-F y domicilio Masia Tonicoll, s/n, 25286 Pinell del Solsones (Lleida).

Administradores concursales: Jaume Liñan Carrera, de profesión abogado.

Dirección postal: C/ Gaspar de Portolà, 1, 25600 Balaguer (Lleida).

Teléfono: 973448847.

Dirección electrónica: jaumelinyan@advocatslleida.org

Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas las facultades de administración y disposición de su patrimonio que lo ha de ejercer el administrador concursal.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la ley concursal (LC), en le plazo de un mes a contar desde la publicación.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado ( art. 184,3 LC) la personación se debe realizar en este Juzgado.

Solsona, 7 de abril de 2017.- Letrado de la administración de justicia.

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