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Documento BOE-B-2016-45046

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 232, de 26 de septiembre de 2016, páginas 55742 a 55742 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2016-45046

TEXTO

EDICTO

D. Wenceslao Plaza Carrero, Letrado de la Administración de Justicia, en sustitución del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente,

Hago saber: Que por auto de fecha 06.09.2016 en el procedimiento con número de autos 000440/2016 y N.I.G. 03065-66-2-2016-0000402, se ha declarado en CONCURSO ABREVIADO Voluntario al deudor POMARES VÁZQUEZ, S.L., con domicilio en Avenida Dolores,s/nº Elche (Alicante) y CIF nº B-03085586, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, representada por la Procuradora Dª ROSA BRUFAL ESCOBAR.

Facultades del concursado: Suspendidas

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado D.ª CRISTINA ALONSO SUÁREZ, colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona con domicilio postal para notificaciones: calle Velarde, 53, 03203 Elche (Alicante); dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: calonso@abatha.global; y domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el Artículo 85 de la Ley Concursal: calle Velarde, nº 53, 03203 Elche (Alicante).

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el deudor, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil. Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 12 de septiembre de 2016.- Letrado de la Admininistración de Justicia.

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