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Documento BOE-B-2015-893

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 2015, páginas 1261 a 1261 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-893

TEXTO

Edicto

D. JOSÉ LUIS GUTIÉRREZ MARTÍN, Secretario Judicial de Xdo. do Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

1º.-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000353/2014-C- y NIG n.º 36038 47 1 2014 0000569 se ha dictado en fecha 4 de diciembre del 2014 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Graneles del Noroeste, S.A., con C.I.F. número A- 36.285.229 y domicilio social en Plaza de Galicia número 5, 3.º B. Villagarcia de Arosa. Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al Folio 75 del Libro 1.953 de Sociedades, inscripción 1.ª de la Hoja número PO-19.435

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a ADDITIO GROUP, S.L.P., y en su nombre la abogada doña CRISTINA ALONSO SUÁREZ, con despacho profesional en calle Triñans, núm. 78, 15.938 de Boiro (A Coruña), y dirección de correo electrónico: concursal@additiogroup.com, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el articulo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de Un Mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Finalmente, se ha acordado la apertura de la fase de liquidación por petición de la concursada, así como la disolución de la entidad concursada, Graneles del Noroeste, S.A. y el cese de los administradores sociales, que son sustituidos por la administración concursal. Se han declarado vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones.

Pontevedra, 11 de diciembre de 2014.- El/La Secretario/a Judicial.

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